Este mes, la Junta Departamental de Montevideo aprobó finalmente el decreto que regula el etiquetado de alimentos transgénicos. Se han aprobado normativas similares, aún pendientes de implementación, en Paysandú, Maldonado y Lavalleja, pero no hay una regulación única a nivel nacional.
En diciembre del año pasado, el Partido Nacional presentó en la Comisión de Medio Ambiente de la Cámara de Senadores un proyecto de ley para regular esta materia. La iniciativa dispone que se entenderá por alimentos genéticamente modificados “aquellos productos derivados en forma total o parcial de organismos genéticamente modificados (vegetales o animales, excluyendo a los microorganismos), independientemente de que la alteración molecular o celular de tales organismos sea detectable o no”. Establece que todo alimento que contenga organismos genéticamente modificados o que hubiera sido producido a partir de organismos genéticamente modificados que superen el 1% de material genéticamente modificado respecto del organismo considerado, deberán estar identificados con “etiqueta u otra forma de identificación que por el tipo de producto haga imposible la identificación por intermedio de la primera”.
En la etiqueta se deberá incorporar la inscripción “alimento genéticamente modificado” en letras con “un tamaño no inferior a 10, sin perjuicio de la colocación del símbolo que defina la reglamentación”, seguida de la siguiente expresión: “Este alimento contiene organismos genéticamente modificados” o “este alimento ha sido elaborado con organismos genéticamente modificados”.
Se establecen sanciones por incumplimiento de estas disposiciones que incluyen apercibimientos, multas, decomiso de mercaderías y clausura temporal del establecimiento comercial o industrial hasta por 90 días, así como la suspensión de hasta un año en los registros de proveedores que posibilitan contratar con el Estado.
El proyecto ingresó recientemente en el orden del día de la Comisión de Medio Ambiente. El 6 de diciembre, la presidenta de la comisión, la senadora nacionalista Carol Aviaga, explicó que la iniciativa retoma un proyecto de legisladores frenteamplistas presentado en 2003 y lo adecua a la primera, normativa sobre etiquetado, aprobada por la Intendencia de Montevideo en 2013, que luego fue dejada sin efecto y sustituida por el decreto aprobado recientemente. “Acá no estamos diciendo que el transgénico sea bueno o malo, sino que la discusión está centrada en el derecho del consumidor a saber qué contiene el alimento que va a consumir y así poder elegir”, fundamentó la senadora del PN.
A su turno, el senador frenteamplista Daniel Garín consideró que se trata de una iniciativa “muy interesante”. “No podemos decir otra cosa que es de recibo abrir la discusión de un proyecto de esta naturaleza y eventualmente transitar caminos que nos permitan dar más respaldo, incluso con la plataforma de una ley, al etiquetado de alimentos”, sostuvo.
En la sesión siguiente de la comisión, el 13 de diciembre, la senadora del Frente Amplio Mónica Xavier expresó sus dudas sobre si “se debería aprobar una norma de alcance nacional” en materia de etiquetado. “Lo más responsable sería buscar las referencias legales que contiene el decreto, recientemente aggiornado por la Junta Departamental de Montevideo, luego proceder a su estudio y después determinar el órgano en el que efectivamente debemos tratar un tema de esta naturaleza”, evaluó Xavier, y propuso postergar el tratamiento del proyecto hasta que se haya reunido “la información necesaria”.
Aviaga dijo en esa instancia que se había encargado a la División Estudios Legislativos del Parlamento un informe para consultarle si había competencia exclusiva de los gobiernos departamentales en este tema. La respuesta de la División Estudios Legislativos, fechada el 13 de diciembre y a la que accedió la diaria, indica que el proyecto de ley a estudio de la comisión “procura proveer a los ciudadanos toda la información necesaria para desarrollar un consumo responsable, y sin ninguna duda, se trata de una actividad cuyo interés nacional es predominante”. Recuerda que en materia de salud, el artículo 44 de la Constitución confiere la facultad a la ley nacional de regular en todas las cuestiones relacionadas con la salud e higiene públicas.
“La ley nacional tiene competencia en toda cuestión relacionada con la salud e higiene pública otorgada por la Constitución; el gobierno y la administración de los departamentos deben ejercer la policía higiénica y sanitaria de las poblaciones atendiendo a la legislación nacional que rige la materia. Consideramos que la temática que nos ocupa no es de competencia exclusiva de la potestad legislativa departamental”, concluye el informe. Y añade que en caso de regulaciones contrapuestas, prima lo dispuesto en la ley nacional.
Consultados por la diaria, los senadores frenteamplistas Garín y Leonardo de León dijeron que están de acuerdo con la iniciativa presentada por el Partido Nacional y que hay “voluntad política” para comenzar con la discusión del proyecto, aunque aclararon que el Frente Amplio todavía no debatió el tema a nivel de la bancada. De León explicó que está de acuerdo con el proyecto porque “el consumidor tiene derecho a informarse sobre de lo que se alimenta”, pero opinó que la iniciativa debería remitirse a la Comisión de Salud Pública porque no se trata de un proyecto sobre medioambiente.