El informe anual de 2016 de Amnistía Internacional sostiene: “A pesar de los esfuerzos del Grupo de Trabajo por Verdad y Justicia [GTVJ], apenas hubo avances en los escasos procesos penales por los crímenes de derecho internacional y las violaciones de derechos humanos cometidos durante el período de gobierno cívico-militar, entre 1973 y 1985”. La organización destaca que el GTVJ continuó recabando testimonios, realizando exhumaciones y localizando los restos de personas desaparecidas, también pudo acceder a los archivos del cuartel de Fusileros Navales, pero muestra preocupación por la falta de reparación para las mujeres que sufrieron violencia sexual durante la dictadura.

El documento destaca la realización de juicios por crímenes de lesa humanidad en los países que formaron parte del Plan Cóndor, como Argentina. “En mayo se dictó una sentencia histórica en el caso de la Operación Cóndor [...] Reynaldo Bignone, el último presidente de facto de Argentina en esa época, fue condenado a 20 años de prisión [...] En agosto se dictó sentencia en el juicio histórico de La Perla -en relación con centros clandestinos en la provincia de Córdoba [Argentina]- y 28 responsables fueron condenados a cadena perpetua. Hubo nueve condenas de entre dos y 14 años de prisión, y seis absoluciones”. Sin embargo, no hace referencia concreta a juicios en Uruguay.

El texto tampoco menciona el fallo de la III Corte Penal de Roma sobre la causa Plan Cóndor, porque se conoció en enero de 2017. El fallo de la Justicia italiana sólo condenó a cadena perpetua al canciller de la dictadura Juan Carlos Blanco, que cumple condena en Uruguay, y absolvió a los otros 13 uruguayos acusados de participar en el Plan Cóndor. Los otros eran Jorge Tróccoli, Gregorio Álvarez (quien murió en diciembre de 2016), José Arab, José Nino Gavazzo, Juan Carlos Larcebeau, Pedro Mato, Luis Alfredo Maurente, Ricardo Medina, Ernesto Ramas, José Lima, Jorge Silveira, Ernesto Soca y Gilberto Vázquez.

La salud de la mujer

El documento señala la dificultad de acceso a la salud que tienen las mujeres de las zonas rurales, pero destaca la “drástica” reducción de la mortalidad materna.

Cita al Comité de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por su sigla en inglés), que manifestó su preocupación por la objeción de conciencia de los médicos ante la interrupción voluntaria del embarazo. “El ejercicio de la objeción de conciencia entre 455 profesionales de la medicina seguía constituyendo un gran obstáculo para el acceso de las mujeres a un aborto seguro y legal”, dice el documento. El CEDAW pidió una evaluación al gobierno para que las mujeres dispongan de los servicios de salud sexual y reproductiva a nivel nacional, “a fin de identificar las zonas insuficientemente atendidas y garantizar una financiación adecuada; le pidió también que adoptara medidas para asegurar que las mujeres tuvieran acceso a servicios de aborto y postaborto legales, y que fijara requisitos más rigurosos para impedir el uso generalizado de la objeción de conciencia en los casos de aborto”.

En mayo de 2016, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) resolvió la anulación parcial de siete artículos del decreto de reglamentación de la Ley 18.987, de Interrupción Voluntaria del Embarazo, por la presentación de un recurso por parte de 20 médicos. Como resultado, los profesionales no están obligados a concretar el procedimiento ni a participar en ninguna instancia del proceso. La ordenanza habilita a los ginecólogos a hacer una “objeción parcial”, ya que algunos especialistas estaban con contra de la interrupción del embarazo, pero no tenían inconvenientes en brindar consejos o en hacer la paraclínica; antes podían objetar en la última etapa. En virtud de una ordenanza del Ministerio de Salud, los médicos deben presentar una declaración a la dirección técnica de la institución y están obligados a informar a la paciente sobre su objeción y derivarla a otro profesional. La decisión del TCA se conoció después de que, en marzo, todos los ginecólogos de Salto presentaran objeción de conciencia. Un informe anterior de Amnistía Internacional señalaba que las mujeres de ese departamento no podían acceder “en condiciones de igualdad con las mujeres de Montevideo a un servicio garantizado en la salud pública”.

En julio, la ONU instó a Uruguay “a emprender más acciones para reducir la discriminación contra las mujeres afrodescendientes y mejorar su acceso a la educación, el empleo y la salud”.

Comunidad LGBTI

En el documento se señala que siguen siendo un problema la discriminación y la falta de atención integral en salud para las personas de la comunidad LGBTI (lesbianas, gays, bisexuales, transgénero e intersexuales), a pesar de “los esfuerzos y las políticas para mejorar la situación”. Por primera vez, en 2016 se llevó a cabo un censo de personas transgénero para entender mejor su circunstancia, y se crearon centros de salud libres de homofobia; no obstante, estas medidas no fueron suficientes. El informe destaca que en julio tuvo lugar la Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos de las personas LGBTI. Uruguay presidió el grupo de debate temático que pidió incluir a las personas LGBTI en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.