“No puede ni debe el presidente de la República comprarle un avión al amigo de su asesor, pasando por encima de normas legales. No puede cambiarse un ministro de un Tribunal de Cuentas para lograr un dictamen favorable”, cuestionó el viernes el senador colorado Pedro Bordaberry durante la interpelación que le realizó en la Comisión Permanente al ministro de Defensa Nacional, Jorge Menéndez. Bordaberry se centró en la “inconveniencia” de comprar un “avión vip” para el presidente Tabaré Vázquez en momentos en que “se suben los impuestos al trabajo, a las jubilaciones, [así como] el agua, la luz, el boleto”. También cuestionó el proceso de compra, que a su entender fue un “cúmulo de irregularidades e ilicitudes”, y que según su visión estuvo destinado a favorecer al empresario del sector automotor Carlos Bustin, quien presentó su oferta por intermedio del asesor presidencial y presidente de la empresa transportista CUTCSA, Juan Salgado. Bordaberry sostuvo que el proceso licitatorio contenía cláusulas que “sólo uno podía cumplir” y que, por lo tanto, eran “cláusulas ilegales”.

Menéndez argumentó que “nunca fue el objetivo” adquirir un “avión presidencial” e insistió en que la aeronave cumplirá otras funciones, por ejemplo llevar a cabo traslados en caso de emergencias médicas y tareas de búsqueda y salvamento.

El ministro de Defensa Nacional afirmó que la aeronave permitirá una “reducción sustancial de tiempos y costos”. Sostuvo además que es “falso” que el avión se haya comprado a un precio superior al de mercado -se compró a un millón de dólares, y Bordaberry afirmó en sala que su precio no supera los 400.000 dólares-. Menéndez enumeró los aviones presidenciales que usan otros países de la región y lo que costaron, y recordó que en Uruguay sólo en una ocasión funcionó un avión presidencial, entre los años 1965 y 1969.

Con respecto al proceso de compra, Menéndez remarcó que es “irresponsable calificar de digitado y direccionado el proceso licitatorio” y reclamó que “si alguien tiene algún elemento probatorio de presunción de delito o de cualquier irregularidad, que lo aporte al lugar que corresponde”.