En abril, el Fondo de Desarrollo, en su partición correspondiente al Instituto Nacional del Cooperativismo (Fondes-Inacoop), realizará un llamado dirigido a financiar proyectos de la economía social y solidaria. El presidente del Fondes-Inacoop, Gustavo Bernini, dijo a la diaria que el organismo está manteniendo reuniones con el Instituto Cuesta Duarte del PIT-CNT y con la Confederación Uruguaya de Entidades Cooperativas (Cudecoop) para definir las características del llamado. En principio, se piensa establecer un tope por emprendimiento y subdividir los fondos según el objetivo: proyectos destinados a mejorar la competitividad y proyectos de asistencia técnica, entre otros. Más allá de este llamado, los proyectos autogestionarios que quieran ser beneficiarios de financiamiento o apoyo técnico podrán presentarse de la forma habitual, por ventanilla.

En paralelo, el organismo está próximo a concretar un nuevo contrato de fideicomiso con Conafin Afisa, en el que se logró “bajar bastante los valores de las comisiones”, destacó Bernini. Por razones de espacio, el Fondes- Inacoop se mudará a un local en la calle Sarandí y Colón y venderá su actual local de la calle San José.

Hay reglas

Por otra parte, el Poder Ejecutivo aprobó la semana pasada el reglamento de funcionamiento del Fondes-Inacoop. Ya en el comienzo del documento se puntualiza la necesidad “de una profunda reflexión acerca de los objetivos de esta herramienta” y “la revisión de los apoyos otorgados”. Sobre los préstamos entregados en el pasado por el Fondes, se señala que se ha dado “prioridad a contribuir con apoyo técnico para la supervivencia de los emprendimientos, y se está diseñando un protocolo de actuación para un seguimiento estricto y gestión de morosos que se continuará aplicando en los años venideros”.

Al igual que en la ley que institucionalizó el Fondes, el reglamento operativo indica que el fondo tendrá la finalidad de dar apoyo a “proyectos viables y sustentables”. Luego define como “cometidos generales” del Fondes la promoción y apoyo de la “profesionalización, la aplicación de las mejores prácticas de gestión empresarial, el incremento de la productividad y sustentabilidad de los emprendimientos apoyados”, y la promoción y apoyo de “las acciones de responsabilidad social empresarial, especialmente las vinculadas a la capacitación y motivación del personal”, entre otros.

Como cometidos específicos del Fondes-Inacoop se mencionan la promoción y apoyo del desarrollo “de las distintas formas de economía social y solidaria, empresas cooperativas y emprendimientos autogestionarios”.

Se entiende por emprendimiento autogestionario aquel en el que la propiedad del capital, la gestión empresarial y el trabajo son aportados por el mismo núcleo de personas, o en el que los trabajadores participan mayoritariamente en la dirección y el capital de la empresa. Adicionalmente, se establecen como requisitos para ser calificado como “autogestionario”: que los empleados dependientes no superen el 49% de los trabajadores; que los aportes de capital realizados por no trabajadores no superen el 49%; que los socios del emprendimiento sean más de cuatro. En cambio, no se ponen límites en cuanto a la forma jurídica, “mientras la misma se adecue correctamente a la operativa del emprendimiento”.

Entre las cooperativas, el reglamento señala que tendrán prioridad las de trabajo y producción, “dado su carácter productivo”. No obstante, el resto de las cooperativas pueden ser beneficiarias de apoyos del Fondes-Inacoop “cuando los proyectos que presenten sean de carácter productivo”.

Límites y evaluación de proyectos

El reglamento establece que los emprendimientos que reciben préstamos del Fondes deben comprometerse a la reinversión de utilidades y a no tomar préstamos u otorgar garantías sin autorización de la Junta Directiva del Fondes-Inacoop mientras no se haya producido el reintegro total del apoyo recibido.

Como forma de evitar que los apoyos se concentren en pocos emprendimientos, se dispone que la totalidad de los apoyos a conceder a un mismo grupo económico no podrá superar el 10% del total de los activos del Fondes-Inacoop en un año. Se establece además que podrán otorgarse hasta dos préstamos a un mismo proyecto o emprendimiento en el lapso de cinco años, y el monto total prestado no podrá superar el 15% del promedio de los activos administrados por el Fondes en los cinco años anteriores.

Para evaluar si un proyecto es “viable y sustentable”, el Fondes-Inacoop tomará en cuenta cuatro dimensiones: sostenibilidad económico-financiera; aporte a la comunidad en términos de creación de empleo, mejora de la calidad de vida o contribución al equilibrio territorial (descentralización); sustentabilidad ambiental del proyecto; e innovación en productos o en gestión. La sostenibilidad económico-financiera se analizará en función de dos variables: la “vulnerabilidad” del emprendimiento frente a eventuales escenarios adversos, y el “riesgo crediticio”, que se juzgará en función del historial de pago del emprendimiento.

El reglamento remarca que el Fondes-Inacoop “no apoyará en ninguna de sus formas a empresas ya existentes que por sus problemas de gestión, de mercado, de competencia, de costos, de productos, de endeudamiento u otros factores que hayan podido afectar su rentabilidad o su estabilidad, lo requieran”. Acota que se podrá apoyar de manera excepcional a este tipo de emprendimientos si el proyecto presentado apunta a “revertir sustancialmente dichos factores negativos, siempre que se considere que los apoyos están dirigidos a facilitar la implementación de los cambios proyectados y no serán permanentes en el tiempo”.

Finalmente, el reglamento establece el organigrama funcional del Fondes-Inacoop, que estará encabezado por la actual junta directiva. Habrá una coordinación general y luego unidades de asesoría legal, de evaluación y asesoría de proyectos, de seguimiento y apoyo de proyectos, y de administración y control de gestión, además de evaluadores y asesores contratados.