El lunes, con la firma del presidente Tabaré Vázquez y todos sus ministros, el Poder Ejecutivo aprobó un decreto que establece que el Ministerio del Interior (MI) podrá tomar las medidas pertinentes “a los efectos de preservar el uso público de las calles, caminos o carreteras cuyo tránsito se pretenda obstaculizar o interrumpir por personas, vehículos u objetos de cualquier naturaleza”. La norma establece que el MI podrá pedir el auxilio de otros organismos públicos, para “garantizar el derecho a la libre circulación, el orden público y la tranquilidad”, y que debe dar cuenta a la Justicia inmediatamente. El decreto retoma como antecedente otro de 1999, que ya daba la facultad al MI de tomar acciones para impedir los cortes de rutas o caminos, pero añade que corresponde “incorporar al reglamento la facultad para el Ministerio del Interior de requerir el auxilio de otros organismos públicos para el cumplimiento de la tarea”.