El hecho ocurrió en octubre de 2016 y el 9 de marzo el juez Darwin Rampoldi, de Rivera, resolvió el procesamiento con prisión de la joven por homicidio culposo. Según el auto de procesamiento, el 24 de octubre de ese año la mujer, de 19 años, se encontraba con dolores desde temprano, que adjudicaba a factores “gástricos e intestinales” y a “dolor de ovarios”, y tomó un laxante. Pasó la tarde y hasta la noche entrando y saliendo del baño, quejándose del dolor, mientras se encargaba de su beba de 11 meses y, ya de noche, llamó a su madre, que la encontró desvanecida en el cuarto, “bañada en sangre”. La madre llamó a su otra hija y a su yerno, que llevaron a la joven a la sala y, luego, al hospital departamental de Rivera. Dos ginecólogos la atendieron en la emergencia y un tercero en maternidad, quien, ya de mañana, determinó que la joven tenía “el cordón umbilical cortado con una anatomía correspondiente a un embarazo a término, o muy próximo a término”. Ante varias consultas sobre “dónde estaba el bebé”, la joven no respondía, “estaba como si no estuviera allí, estaba como ausente”, según declaró su madre; “allí ella me dijo que el bebé estaba en un balde envuelto en un buzo en mi baño”. La abuela de la joven lo encontró en la mañana del 25 de octubre y según la información del hospital tenía 35 semanas de gestación; la autopsia posterior dio como resultado que presentó vida extrauterina.

En el fallo el juez establece que la joven dijo permanentemente que no sabía que estaba embarazada, pero menciona varios testimonios de allegados, entre ellos su madre y su novio, que “le preguntaron en distintos momentos si estaba embarazada, lo que la imputada negaba de distintas formas”, e incluso decía que era producto de la cesárea. La joven, de 19 años, se trata de una mujer “recién adulta, con faltas de conocimiento e información de los fenómenos orgánicos previos al parto así como del parto mismo” (si bien había sido madre recientemente, lo fue por cesárea), y, según declaró la madre, fue a una “escuela para niños con dificultades”, repitió primero y segundo año de escuela y en el liceo también repitió, y “los hermanos dicen que ella es lenta”. También uno de los ginecólogos que la atendió consideró que el diálogo con la paciente “no es normal, diría que es una paciente con lentitud mental, la definimos como ‘bradipsiquismo’, baja resolución psiquiátrica o mental. Mantiene la mirada fija, en un punto, aun cuando uno está haciéndole preguntas, no dirige la mirada hacia la persona que le pregunta o lo hace con lentitud”. El juez considera estos aspectos “como relevantes, por cuanto la exigibilidad del actuar para la imputada tiene un umbral descendido dadas estas características destacadas precedentemente”.

La fiscal Mirta Morales solicitó el procesamiento con prisión de la joven por homicidio especialmente agravado por el vínculo a título de dolo eventual, pero el juez considera que el dolo, es decir, la intención en el delito, “bien puede quedar descartado con alguna de las respuestas dadas, pues, ante el llanto presente en la indagatoria, se le preguntó al respecto y manifestó ‘tengo una angustia adentro mío, pensar que podía tener un bebé y no lo tengo (LLORA)’”. En cambio, asegura que no hubo dolo pero sí negligencia, ya que hay elementos “para entender que la imputada entendió que el bebé nació en condiciones de no supervivencia, incluso manifestando que nació muerto (porque no lloró como sí lo hizo su otra hija, nacida por parto asistido -cesárea-)”. El juez considera que dando por bueno “el verdadero desconocimiento de la gravidez, una vez que el bebé nació una gama de posibilidades se abrían para actuar”; en particular, haber pedido ayuda a su madre. Por otro lado, marca la falta de control del embarazo como parte de la actitud negligente.

La organización Mujer y Salud Uruguay (MYSU) divulgó en un comunicado el fallo y exigió la inmediata liberación de la joven, que está presa en la cárcel departamental de Rivera. El colectivo cuestiona el fallo del juez, que “opta por responsabilizarla y culpabilizarla por no haber controlado su estado de salud” y que no actuó “desde el lugar de comprender las circunstancias de indefensión y vulnerabilidad y, por lo tanto, eximirla de la pena o procurar penas alternativas”. Según contó Azul Cordo, integrante de MYSU, a la diaria, la organización solicitó reuniones con el Instituto Nacional de las Mujeres y con la Comisión Asesora en Salud Sexual y Reproductiva del Ministerio de Salud, para pedir una investigación sobre la actuación de las instituciones médicas en este caso. “El fallo pone toda la carga de la prueba en ella, pero es necesario ver la cuota parte de las instituciones médicas. En los sectores vulnerables sigue sin haber un acercamiento de las instituciones de salud con un abordaje más continuo, integral sobre la salud sexual y reproductiva”, y relacionó esto con las carencias en los servicios de salud sexual y reproductiva del departamento, en el que sólo dos de los 12 ginecólogos realizan atención en interrupciones voluntarias de embarazos. También se está buscando apoyo para la familia de la joven, en particular para su pequeña hija, que quedó a cargo de la abuela.