“Cuando acá no había justicia y no podíamos acudir a tribunales, un grupo de familiares [de desaparecidos], sobre todo de mujeres, fue a la Justicia italiana a buscar lo que no encontraba en su país”. Así empezó Mirtha Guianze, presidenta de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH), la conferencia de prensa –que tuvo lugar en la sede de la institución ayer de tarde– para informar sobre la actualidad del proceso judicial que empezó hace tres años en la Corte Penal III del Tribunal de Roma (III Corte de Asís de Roma), que trata las causas de delitos de lesa humanidad cometidos en el marco del Plan Cóndor. En este momento, el proceso está en la instancia de apelación, explicó Guianze, y por eso a la INDDHH le pareció importante que los abogados encargados de los diversos casos explicaran el estado del proceso. “Circulan diferentes versiones y nosotros no conocemos bien el procedimiento italiano”, dijo Guianze, y subrayó que los abogados no perciben honorarios, sino que “que se dedican precisamente a las causas de derechos humanos, por eso es doblemente importante su testimonio”.

“Nuestro objetivo es que dentro de un año y medio Jorge Néstor Tróccoli esté preso”, dijo Jorge Ithurburu, procurador de las familias Zaffaroni Islas, Gómez Rosano, Sobrino, Sanz, Río Casas, Moyano Artigas, Recagno y Bellizzi (Uruguay), y explicó que para afrontar el nuevo juicio –de apelación– disponen de un año y dos meses. Además, contó que los abogados querellantes están profundizando las distintas pruebas de los casos. Luego les hizo un pedido a “las autoridades uruguayas”, para que los abogados de los ciudadanos uruguayos “puedan peticionar y recibir documentación e información de parte del Estado uruguayo, porque aún es posible presentar nuevas pruebas, e incluso algún testigo nuevo, hasta dos meses antes de que empiece el juicio de apelación”, dijo Ithurburu.

Cuando le tocó el turno al abogado italiano Mario Angelelli, defensor de las familias Fernández de Sanz, Gatti y Giordano (Uruguay), dijo que la sentencia de la Corte describió “minuciosamente” el Plan Cóndor, un pacto de exterminio que condenó a personas por cómo pensaban, por ser opositoras a las dictaduras de América Latina. Agregó que en el juicio quedó descartado que personas procesadas en Uruguay no puedan ser procesadas también en Italia, y también quedó descartado que no se pueda demostrar el homicidio de personas desaparecidas si no se encuentra el cuerpo.

Angelelli se refirió a las responsabilidades de los mandos intermedios José Nino Gavazzo (en 1976) y Tróccoli (1977). Dijo que la Corte no difiere en las responsabilidades que tuvieron ambos en el secuestro y la detención ilegal de personas, pero no los pueden juzgar por esos delitos, ya que “interviene nuestro primer enemigo: el tiempo”, porque esos crímenes prescribieron, señaló Angelelli. Podrían ser juzgados por homicidio, pero fueron absueltos por esos delitos, una decisión de la sentencia que los abogados querellantes no comparten “ni desde el punto de vista jurídico ni lógico”. El abogado explicó que la Corte no los juzgó por homicidio porque no llegó a la “plena convicción” de que los imputados en el momento del secuestro supieran “absolutamente” que esas personas iban a ser asesinadas. “Una persona declaró que las decisiones que terminaban en las muertes dependían de otros”, sostuvo Angelelli, y agregó que en la apelación van a tratar de confirmar la condena por homicidio a Gavazzo y Tróccoli.

A su vez, el abogado italiano Arturo Salerni, defensor de las familias Río Casas, Moyano, Recagno y Bellizzi (Uruguay), dijo que se hizo la reconstrucción “de un largo y terrible período histórico”, de una “masacre programada por distintos estados unidos por el Plan Cóndor”, que perpetró crímenes contra la humanidad de manera “organizada y sistemática”. El abogado agregó que la Corte tiene la prueba de los secuestros y la “tortura sistemática” perpetrados por el grupo al que llaman “Gavazzo y cómplices” y “Tróccoli y cómplices”, en “diversos períodos”. No obstante, al igual que su colega, señaló que la Corte sostiene que no hay pruebas de que los imputados fueran conscientes del “paso final, trágico, terrible e irreversible”, y que no saben si en el último momento “entró otro y decidió por él”. Salerni terminó su exposición señalando que el dolor “merece justicia”, y que es importante la colaboración de todos “para conseguir pruebas”.

En el espacio dedicado a las preguntas del público, los abogados profundizaron algunos puntos. Salerni dijo que la postura de la Corte acerca de que los implicados podían no saber el paso final de los secuestros no coincide con los hechos, porque “basta con ver los números de secuestros respecto del de desaparecidos, para concluir que podían terminar de esa manera”. Angelelli acotó que la posición de la Corte con respecto a ese último punto es “incoherente”, porque las excepciones de personas que fueron secuestradas y sobrevivieron son “explicables”, y puso como ejemplo algún tipo de colaboración o intercambio.

Al preguntarles si el Estado uruguayo puede apelar el juicio, los abogados contestaron que, como todas las partes civiles, pueden apelar por el “resarcimiento de daños” pero no la condena penal, ya que esto sólo puede hacerlo la Fiscalía. Por otro lado, con respecto a la conformación del Tribunal de Apelaciones, señalaron que es la misma que la del tribunal de primera instancia.

Una señora del público le preguntó a Guianze si como directora de la INDDHH sabía cuál es “la postura del Estado uruguayo en cuanto a colaborar con la Fiscalía en el aporte de nuevas pruebas y testimonios”. Guianze contestó que no cuentan con “información oficial”, pero, de cualquier manera, todos van a trabajar “para que el juicio tenga nuevos elementos”, y agregó que se abrió una posibilidad con el estudio de los archivos del Fusna (Fusileros Navales). “Estamos pidiendo que el Estado nos dé información, pero hasta ahora no la hemos recibido”, dijo.

Luego Ithurburu afirmó que en el golpe de Estado de Chile, la guardia presidencial de Salvador Allende fue conducida a un regimiento y luego a un polígono de tiro, donde “los ametrallaron uno a uno, los tiraron a un foso y les pusieron granadas”. Ithurburu subrayó que el capitán que comandó la operación fue condenado en Roma, pero ahora “está libre en Chile”, por lo que procuran que lo procesen allí.

Ithurburu dijo que los casos de Giordano y Bellizzi no podrán ser apelados, porque “murieron las personas que estaban siendo juzgadas”. La sentencia dice que se extingue la acción penal y no se puede apelar. “Pero lo importante es que la sentencia no dice que [Gregorio] Goyo Álvarez fue absuelto, sino que es culpable, pero no se puede encarcelar porque está muerto. No ganó el juicio”, concluyó.