El 2 de junio el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) abrió una consulta pública sobre el proyecto de ley de rotulado de alimentos envasados, para que las empresas hagan comentarios y observaciones sobre el proyecto; la consulta se hace por medio de la Dirección Nacional de Industrias, que recibirá los aportes durante los meses de junio y julio.

De acuerdo con el proyecto de decreto –publicado en la página del MIEM–, las advertencias tendrán un diseño octogonal de fondo negro y borde blanco; en el interior tendrán la expresión “exceso de”, que estará seguida por el nombre del nutriente que corresponda: “grasa”, “grasas saturadas”, “sodio”, “azúcares”. Debajo tendrá el logo del Ministerio de Salud (MS). Las advertencias tendrán que colocarse en la cara frontal de los envases de alimentos (en la parte superior izquierda). Si el producto se excede en más de un nutriente, los octágonos deberán colocarse en línea, uno pegado al otro, siempre en la cara frontal del envase; si se excede en los cuatro, deberá llevar las cuatro advertencias. Los elaboradores, importadores y fraccionadores de alimentos serán los responsables “del cumplimiento, veracidad y legibilidad de la advertencia frontal de los alimentos”, dice el decreto, que estipula que –obviamente– la información nutricional complementaria que incluya el proveedor “en ningún caso podrá ser contradictoria con la información ofrecida por el etiquetado frontal”.

El MS, las intendencias departamentales y el MIEM serán los responsables de vigilar el cumplimiento del decreto; el control se hará sobre las directivas establecidas por el MS. El proyecto de decreto muestra el diseño de las advertencias, incluye además un glosario, un anexo con los valores límite de contenido de sodio, azúcares, grasas y grasas saturadas, y una tabla con las medidas de la advertencia, que serán proporcionales al tamaño del envase (para los envases que miden de 30 a 60 centímetros cuadrados, cada octágono será de 1,5 por 1,5; el máximo tamaño será para los envases de 300 centímetros cuadrados o más, para los que será de 3,5 por 3,5 centímetros; los que midan menos de 30 centímetros cuadrados llevarán el rótulo en el envase secundario).

El proyecto de decreto tiene, además, otros dos artículos: uno prohíbe “a todas las dependencias del Poder Ejecutivo la aceptación de donaciones que tengan por objeto alimentos que contengan la advertencia frontal a que refiere el presente decreto”. El otro exhorta “a centros educativos públicos y privados, así como otros centros de cuidado y atención a la infancia y la familia, a adoptar medidas que desalienten el consumo de alimentos” con estos rotulados. Según el texto propuesto, el decreto entrará en vigencia a partir de la publicación y se concederá 12 meses a los elaboradores, importadores y fraccionadores para adecuarse a las disposiciones.

Motivos de fondo

El borrador de decreto explica las razones de las disposiciones. Da cuenta de que “en los últimos años ha habido una fuerte escalada del sobrepeso y la obesidad en la población del país en todos los grupos etarios, que se asocia con una mayor prevalencia de enfermedades no transmisibles a edades cada vez más tempranas”, y señala la “relación directa entre el consumo de alimentos procesados con el agregado de excesiva cantidad de grasas, grasas saturadas, sal y azúcares, con el desarrollo de la obesidad y otras enfermedades no transmisibles”. El texto cita datos de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) que dan cuenta de que entre 1999 y 2013 en Uruguay se triplicó la venta de bebidas azucaradas y se duplicó la venta de productos con excesiva cantidad de azúcar, sal y grasas. En ese mismo período aumentó la obesidad entre adultos, de 52,5% a 64,9%, dice el texto. En cuanto a niños y adolescentes, expresa la alarma que representa el hecho de que 39% tenga sobrepeso, y observa “una estrecha asociación con el aumento de la hipertensión a estas edades tan tempranas”.

Por estos motivos, la reunión de ministros de Salud de los países del Mercosur de 2015 recomendó implementar acciones para mejorar el etiquetado nutricional de los alimentos y su publicidad, y por eso, explica el borrador del decreto, el MS convocó a un grupo interministerial, que será integrado con delegados de ese ministerio, del MIEM y de las carteras de Ganadería, Economía, Desarrollo Social y de Educación, además de la Intendencia de Montevideo, la Comisión Honoraria para la Salud Cardiovascular, la OPS, UNICEF y la FAO. Ese grupo fue el que estableció la conveniencia de contar con este rotulado, con el fin de “brindar información objetiva, a través de una herramienta sencilla y accesible, que advierta al consumidor en relación al contenido excesivo de nutrientes que impulsan la escalada del sobrepeso, la enfermedad y las enfermedades no transmisibles”, dice el texto.

El rotulado propuesto es similar al que está siendo implementado en Chile desde junio de 2016: la advertencia es idéntica, sólo que la chilena dice “altos en” en lugar de “exceso de”. El otro país de las Américas que obliga a etiquetar es Ecuador, que desde 2014 implementa un sistema de “semáforo”, en el que los colores advierten sobre los valores nutricionales no recomendados. Otras herramientas promovidas por la OPS para modificar esta realidad son restringir la comercialización de alimentos y bebidas “malsanos” a los niños; reglamentar los alimentos en el entorno escolar; definir políticas impositivas “para limitar el consumo de alimentos malsanos” (algo que está haciendo México con las bebidas azucaradas y alimentos hipercalóricos) y evaluar la creación de subsidios agropecuarios para favorecer el consumo de frutas y verduras. Todas estas herramientas están descriptas en el Modelo de perfil de nutrientes de la OPS, publicado en 2016.