Mediante un aumento de los mecanismos de control, el gobierno busca transparentar las transferencias de los deportistas y, de paso, limitar el poder de los representantes. Un decreto dado a conocer ayer prohíbe que los clubes hagan cesiones de derechos a favor de estas figuras intermediarias del mundo deportivo. Ayer, el sitio web de Presidencia resaltó que la norma incluye un conjunto de medidas para comenzar un proceso de “ordenamiento y transparencia en las operaciones de transferencia de deportistas profesionales”, para así “cumplir con las normas nacionales e internacionales vigentes”.

En la sección “resultando” del decreto se asegura que son “de público conocimiento las situaciones planteadas en relación con la adquisición por parte de personas físicas de derechos sobre la prestación laboral de deportistas” y que “en el ámbito del fútbol mundial también se trata de operaciones prohibidas de acuerdo al texto del artículo 18 del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de la Fédération Internationale de Football Association (FIFA)”.

La norma prohibe a instituciones afiliadas a las asociaciones deportivas reconocidas o “a cualquier otra institución con personería jurídica inscripta en el registro respectivo” de cualquier “cesión de derechos sobre la prestación de la actividad laboral de un deportista”, a favor de “personas físicas” o de “instituciones sin personería jurídica reconocida por el Estado”.

Ese texto es, en los hechos, una nueva redacción del artículo 2º de un decreto-ley aprobado en plena dictadura (1980); su incumplimiento podrá determinar incluso la “desafiliación” del club, según establece la normativa. “Lo que se busca es que las fichas de los deportistas no estén en posesión de personas físicas o jurídicas que no sean los clubes. Eso estaba claro en la redacción anterior y lo que hace el primer artículo del decreto es reforzarlo, pero no hay un cambio concreto a lo que ya existía”, explicó a la diaria Federico Perroni, abogado y asesor de la Secretaría Nacional del Deporte.

En cambio, Perroni detalló que el decreto innova en otros dos elementos. Primero, porque les exige a los clubes que antes de una transferencia presenten a la Secretaría Nacional del Deporte una declaración jurada con los “detalles de la operación”. El organismo estará facultado para comunicar la información a otros “órganos competentes en la materia”. Según el sitio de Presidencia, “esta documentación posibilitará identificar con claridad cada una de las partes intervinientes en la transacción, los montos de dinero, su origen, destino y distribución entre las partes, así como las cuentas desde las cuales se opera”. Segundo, porque la normativa también exige a los clubes que presenten anualmente a la Secretaría Nacional del Deporte sus balances aprobados. “El hecho de disponer de los balances de cada institución permitirá acceder a la información necesaria para verificar las entradas y salidas de los fondos procedentes de cada transferencia y confirmar que la información se corresponde con el contenido de las declaraciones juradas presentadas oportunamente”, se argumentó desde Presidencia. Si bien allí se admite que “en el caso del fútbol, el ingreso de dinero obtenido a través de la transferencia de jugadores es una de las fuentes fundamentales de la economía de los clubes”, también se asegura que el nuevo decreto “reconoce esa realidad, pero apunta a establecer las condiciones necesarias para que las transferencias se ajusten a derecho y que la circulación del dinero de cada operación pueda ser sometido a los controles correspondientes, en cumplimiento de las normas nacionales y los compromisos asumidos por el país ante organismos internacionales”.

Perroni explicó que tanto los balances como las declaraciones juradas son los elementos innovadores que ayudarán a un efectivo cumplimiento del decreto-ley, que es “vox populi” que está siendo violentado y del que “es necesario controlar su cumplimiento”.

Finalmente, se determinan las penas para los representantes que incumplan la normativa, que van desde el “apercibimiento” –cuando el infractor “carezca de antecedentes”– a multas que podrán ir desde 5.060 a 4.049.480 pesos (algo más de 137.500 dólares).

Según Perroni, la norma actúa de forma “independiente” a la regulación del fútbol y de otros organismos internacionales como la FIFA. “Todavía no hemos escuchado voces en contrario, pero esto se promulgó esta tarde”, dijo.

El diputado del Partido Nacional Jaime Trobo, quien fue ministro de Deportes entre 2000 y 2002, sostuvo que si bien esta nueva normativa “no innova”, porque ya existían dos leyes que regulaban las transferencias deportivas, la obligación de los clubes de presentar una declaración jurada ante cada transferencia y de registrar sus balances anuales son dos “novedades” que “dan publicidad a las operaciones” y “avanzan en los mecanismos de control”.