Sobre el mediodía de ayer se terminó el misterio relativo a los contenidos del dictamen del Tribunal de Conducta Política (TCP) del Frente Amplio (FA) sobre el uso de las tarjetas corporativas que hizo el vicepresidente Raúl Sendic. Una copia del informe se distribuyó entre los referentes de los sectores y de las bases del FA, y en pocos minutos estaba en todos los portales informativos. La decisión se adoptó por unanimidad de los integrantes del tribunal, que son Nicolás Grab, Jorge Brovetto, Enio Martínez, Jaime Igorra y Juan Carlos Ferreira. También integra el organismo María Elena Martínez, pero se excusó de intervenir en este caso porque integra la Comisión Administrativa del Poder Legislativo y, por lo tanto, tiene un vínculo administrativo con el vicepresidente.

En su introducción, el TCP aclara que se pronuncia sobre el empleo de las tarjetas corporativas de ANCAP por parte de Sendic cuando era presidente y vicepresidente del organismo, entre 2005 y 2013. Lo hace “de oficio” y no a pedido del propio Sendic (como este había asegurado), a raíz de una información publicada por el semanario Búsqueda sobre los gastos realizados por los directores de ANCAP con esas tarjetas. Para llegar al dictamen, el tribunal se basó en publicaciones de prensa, en un pedido de acceso a la información pública dirigido a la presidencia de ANCAP y en una entrevista que mantuvo con Sendic el 28 de junio.

El informe concluye, en primer lugar, que el vicepresidente no cumplió con el reglamento para el uso de las tarjetas corporativas que se dictó a propuesta de él mismo cuando era presidente de ANCAP, en marzo de 2011. El reglamento, titulado “Procedimientos para el uso y administración de tarjetas corporativas de Directorio”, establece que cada director está obligado a efectuar mensualmente una rendición de cuentas presentando sus comprobantes de pago, que deben conservarse durante 20 años. Estipula después la intervención de tres dependencias: Relaciones Institucionales y Comunidad de ANCAP debe verificar que los gastos no estén duplicados; el contador delegado del Tribunal de Cuentas debe intervenir el gasto total mensual de cada tarjeta; y Servicios Financieros del ente tiene que cotejar los estados de cuenta de la tarjeta con los estados bancarios para verificar su concordancia. El TCP puntualiza que ninguno de estos controles atiende “la naturaleza y pertinencia de los gastos”.

Pese a la existencia de este reglamento, Sendic nunca presentó los comprobantes de pago. Además, aseguró en declaraciones a la prensa que no existió ninguna irregularidad en su conducta, al tiempo que denunciaba una campaña de desprestigio en su contra. En su defensa ante el tribunal alegó que esta reglamentación nunca tuvo “aplicación real” y que ningún director de ANCAP presentó comprobantes de pago, pero el TCP señala que esta circunstancia “sólo acentúa su responsabilidad como presidente del ente”.

Además, el tribunal recuerda que la reglamentación para el uso de las tarjetas se produjo a instancias del propio Sendic, “por entender que era necesario poner fin a la falta de control que había imperado antes”. “La conciencia de esa necesidad no puede conciliarse con su propio incumplimiento posterior de la norma que se dictó”, agrega el TCP.

Sobre la naturaleza de los gastos, el TCP indica que “llaman la atención las numerosas tiendas de ropa y calzado deportivos, comercios de aparatos electrónicos, tiendas libres de impuestos, tiendas de souvenirs, etcétera”. “Se añaden las circunstancias en que se efectuaron muchos de los gastos en el exterior (después de terminada la actividad oficial, o en escalas de los vuelos, o en el freeshop del Aeropuerto de Carrasco al llegar de regreso)”, agrega. Sendic no presentó pruebas que expliquen la pertinencia de los gastos, y además realizó “en forma reiterada la afirmación inexacta de que sus gastos se ajustaron siempre a las normas aplicables”. Por otra parte, sostuvo que sus compras se produjeron “en situaciones extremas”; el tribunal considera que es “imposible” calificar de tales a “la gran mayoría de los gastos que el compañero Sendic ha explicado concretamente, como las compras para obsequios futuros” (ver “Raro”).

Operaciones y montos

En su defensa ante el TCP, Sendic utilizó varios argumentos que él mismo o su sector político, la lista 711, ya habían esgrimido públicamente. Alegó que ANCAP es una empresa sin parangón en el país por los “intereses cuantiosos y poderes gigantescos” que se mueven en torno al negocio del petróleo, y afirmó que el directorio de ANCAP que asumió en 2005 recibió a la empresa con “enormes desprolijidades de gestión y, al mismo tiempo, un total descontrol de los gastos discrecionales de los miembros del directorio”. Aseguró que todos sus gastos “estuvieron relacionados estrictamente con su investidura y su responsabilidad”, y alegó que el monto de los gastos cuestionados es “muy moderado” y que esto vuelve “absurda” la idea de que “hubiera podido recurrir a operaciones como las cuestionadas para obtener un enriquecimiento indebido”. También sostuvo que “su modo de vida y sus hábitos” no se alteraron durante su desempeño en el directorio de ANCAP. Argumentó finalmente que existe una campaña de hostigamiento político en su contra.

Sobre la presunta intencionalidad política de las acusaciones, el TCP recuerda que su deber es “apreciar las imputaciones” a Sendic “según su fundamento y con independencia del juicio que merezcan las razones que hayan llevado a esgrimirlas”. En cuanto al hecho de que los gastos fueron “moderados”, el TCP sostiene que “desde el punto de vista ético la cuantía de una malversación y el grado de enriquecimiento tienen importancia sólo relativa”. “Un enriquecimiento indebido de monto poco importante es también una violación de principios que deben considerarse fundamentales”, advierte el tribunal.

En sus conclusiones, el TCP aclara que no se pronuncia sobre los aspectos jurídicos de la conducta del vicepresidente, porque eso le corresponde a la Justicia. En términos éticos, considera que su actuación “compromete su responsabilidad ética y política, con incumplimiento reiterado de normas de control”. “El cuadro general que presentan los actos reseñados del compañero Sendic no deja dudas de un modo de proceder inaceptable en la utilización de dineros públicos”, sostiene el tribunal. Concluye que “agravan lo anterior la especial responsabilidad que imponía la condición de presidente del directorio de ANCAP, y también la forma en que el compañero Sendic ha respondido públicamente a los cuestionamientos de su conducta”.

Raro

El dictamen del tribunal deja en evidencia las contradicciones y “afirmaciones erróneas” de Sendic sobre las razones de algunos de sus gastos con la tarjeta corporativa. Señala también que en algunos casos el vicepresidente no proporcionó “prueba fehaciente” que sustente sus afirmaciones, mientras que en otros declaró “no recordar las circunstancias ni poder indicar qué clase de productos adquirió”. En esta última categoría se incluyen sus compras en marzo de 2012 en Chicago, Estados Unidos, que incluyen adquisiciones en una tienda electrónica, un comercio de ropa, la tienda de variedades Macy’s y un local de souvenirs. Respecto de estos gastos, Sendic expresó: “No sé, la verdad, no sé, no tengo ni idea de cómo se hizo, la verdad que no lo sé”. Del mismo estilo fue su respuesta cuando se lo consultó por la compra que realizó en Divino en marzo de 2011. Sendic se expresó sobre esta compra “en términos excepcionales”, indica el TCP. Cuando se le preguntó qué había comprado allí, dijo que no lo recordaba y después comentó dos veces: “Me parece muy rara esa compra en Divino”, “a mí me parece muy rara esa compra”. Sobre sus compras en supermercados uruguayos, incurrió en contradicciones. Dijo a la prensa que una de las compras realizadas en un supermercado fue en ocasión de una reunión del equipo gerencial de ANCAP, cuando se mandó a una persona a comprar algunos alimentos para la reunión. Cuando el TCP le preguntó a Sendic si le había proporcionado a esa persona el número de su tarjeta corporativa, el vicepresidente respondió que él mismo había realizado la compra. “Cualquiera que sea la verdad entre estas dos versiones contradictorias, ha quedado como explicación pública, nunca rectificada, un relato que supone una crasa irregularidad en el uso de la tarjeta”, apunta el TCP. Sendic devolvió gastos en cinco instancias, pero ninguna corresponde a las compras mencionadas.