El Consejo Directivo de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) resolvió “observar la conducta desarrollada” por la Dirección Nacional de Radiodifusión (DNR) “hacia productores, operadores, conductores-periodistas y audiencia” del programa De diez a doce del día 22 de noviembre, “por haber constituido” una “interferencia y presión indebida a la libertad de expresión”. Así lo expresa la resolución Nº 568/2017 del 28 de diciembre del INDDHH, que refiere a lo sucedido durante el espacio radial matinal del 22 de noviembre en el que los conductores le comunicaron que el programa iba a ser levantado y recibieron mensajes de la audiencia en su apoyo y lamentando la decisión de la dirección de la emisora estatal. En ese contexto, los periodistas recibieron una orden de la dirección para cesar la lectura de los mensajes.

La INDDHH también resolvió “recomendar” a la DNR “tomar los recaudos necesarios para que hechos similares no vuelvan a ocurrir, inhibiéndose de realizar cualquier acción o comentario que pueda significar o entenderse como un hostigamiento a los periodistas y trabajadores del medio y una limitación a que la audiencia pueda expresar sus opiniones sobre un asunto de su interés”. Además, sugiere al organismo “que en la programación de Radio Uruguay se promuevan los espacios en los cuales la audiencia pueda expresar su opinión sobre temas de interés público”. “Como medida reparatoria dirigida a los trabajadores involucrados como a la audiencia, se recomienda” a la DNR “hacer pública lectura” de esta resolución en su numeral III, “en los espacios informativos de Radio Uruguay al primer día hábil siguiente a ser notificada”, agrega la INDDHH. El numeral III es el que contiene los puntos de la resolución.

El documento dice que se hizo un pedido de informes sobre lo ocurrido a la DNR, que hizo sus descargos y que aseguró que “está muy alejado de su proceder el haber tratado de censurar a periodista alguno”. La DNR además informó que el 22 de noviembre, en el primer bloque del programa, “se dejó” que los periodistas “dieran sus pareceres sobre el cese del programa”; en el segundo bloque “se dejó que se leyeran mensajes”, y “sólo en la tanda antes del tercero se solicitó que se siguiera con la programación pautada”.

En las consideraciones de la resolución, la INDDHH establece que interviene en el tema a partir de los cometidos que le otorga la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, en cuanto a “defender y promover los derechos de las personas hacia y ante los medios de comunicación audiovisual, en particular el derecho a difundir, buscar y recibir ideas e informaciones y tramitar denuncias sobre el eventual apartamiento de los servicios de comunicación audiovisual respecto de las disposiciones que reconocen y garantizan los derechos de las personas”.