“La huelga de hambre arrancó el 1º de marzo, a las 0.00, porque empezaba el Mes de la Mujer y, simbólicamente, era el momento correcto para empezar la lucha. Voy a seguir, por tiempo indeterminado, hasta tener una respuesta favorable”, cuenta Pablo Ferreira, que desde el jueves está consumiendo sólo agua, instalado en una carpa en la plaza Independencia, justo frente a la Torre Ejecutiva. Ferreira es la pareja de Luiggina D’Agosto, la mujer que fue despedida de Alcoholes del Uruguay (Alur) –donde también trabaja Ferreira– en 2016, luego de su reintegro tras una licencia maternal. La situación había tomado estado público a fines de agosto de 2017, cuando el Secretariado Ejecutivo del PIT-CNT emitió un comunicado en el que señalaba, entre otras consideraciones, que “echar a una trabajadora embarazada o en período de lactancia es un hecho aberrante desde el punto de vista humano, que no toma en absoluto en cuenta las vulnerabilidades de una mujer en ese período, ni las consecuencias que sobre la madre y el niño puede tener”.
El artículo 17 de la Ley 11.577, de 1950, establece que una trabajadora embarazada “no podrá ser despedida”, y si lo fuere, “el patrón deberá satisfacer un importe equivalente a seis meses de sueldo más la indemnización legal que corresponda”. Ferreira aseguró que Alur “no depositó toda la indemnización especial” y, ante comentarios que leyó en las redes sociales, como “la señora se gastó la plata y ahora quiere el trabajo”, subrayó que “no tocaron” la plata del despido, porque lo que quieren es la fuente laboral. Ferreira agregó que su pareja sigue sin encontrar empleo y que en algunas entrevistas de trabajo le preguntan por qué la despidieron y “si está segura de que no hizo nada”.
El 5 de setiembre, D’Agosto había comparecido ante la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados para plantear su caso, junto con Fernando Pereira y Óscar Andrade, por el PIT-CNT, y Pablo Ferreira, por el Sindicato de Trabajadores de la Industria Química. En esa ocasión, como informó la diaria, hubo matices en las visiones de algunos de los integrantes de la comisión acerca del despido de la mujer. El diputado del Frente Amplio Gerardo Núñez había dicho que es “absolutamente violatorio de los derechos humanos” y “totalmente injustificado”, ya que no había ningún elemento que indicara un “mal comportamiento de la trabajadora en su desempeño laboral”. En tanto, Gerardo Amarilla, diputado del Partido Nacional, había expresado que el despido no había sido “ilegal”.
Según consta en las actas del Parlamento, D’Agosto explicó en la comisión que no aceptó el pago de la indemnización especial por “entender que es una situación injusta” y, sobre todo, “inhumana”, ya que la empresa no tuvo “razones justificadas” para el despido y, además, se hizo el primer día de su reintegro de la licencia maternal. “Imagínense que vengo de tener a mi primer hijo, a los cuarenta años –es un hijo que me costó concebir–, con toda la alegría y, más allá de la ansiedad que significa volver al trabajo, me encuentro con la noticia de que soy despedida, con el argumento de la austeridad, la reestructura y la baja de costos”, dijo D’Agosto, y agregó que la decisión de su despido es “política” y “contraviene todo lo que el Estado uruguayo ha asumido como responsabilidad” ante la Organización Internacional del Trabajo y la Organización de las Naciones Unidas, además de que “desconoce políticas públicas que este mismo Gobierno nacional viene llevando adelante desde 2005, comprometido con la promoción y protección de la lactancia materna, de los derechos de las mujeres y de la maternidad”.
A todo esto, Ferreira dijo que su pareja tuvo problemas para amamantar debido al “bloqueo emocional” que le provocó el despido. “Yo me iba a trabajar y Luiggina quedaba llorando porque no pudo volver a su rutina. Ella se había generado una expectativa de volver al trabajo, porque vivió todo el embarazo con sus compañeros y varios tuvieron familia en el mismo período, entonces, tenía la ilusión de volver y compartir cómo le fue. Ahí se te desmoronó todo”, contó y agregó que el niño –que el 18 de marzo cumple dos años–, luego de que la madre no pudiera amamantarlo, fue alimentado por un complemento que le produjo hemorroides. “Nada de eso se paga con una indemnización especial. El derecho humano no lo podés tapar con dinero”, agregó.
El 21 de noviembre Juan Carlos Herrera, presidente de Alur y vicepresidente de ANCAP, compareció ante la comisión para dar su versión del hecho. Según consta en las actas del Parlamento, explicó que el actual directorio de Alur –que él integra– asumió en mayo de 2016 y su primera tarea fue “realizar una serie de relevamientos y acopio de información con foco en determinados asuntos”, entre los que estaba “lo referente a los recursos humanos existentes en la empresa”. Entonces, se encontraron con que Alur tenía tres asesores de directorio que habían sido designados por la gestión anterior, entre las que estaba la abogada Luiggina D’Agosto, y el nuevo directorio resolvió “que podía funcionar perfectamente con un asesor de confianza y solicitó al entonces gerente general de la empresa analizar la posibilidad de incluir a estos tres trabajadores dentro de la estructura de Alur”.
“La gerencia respondió que de los tres asesores, solamente uno podía ser incluido en la estructura, porque se trataba de una persona con perfil técnico que, previamente a desempeñarse en esta tarea, lo había hecho dentro de los cuadros funcionales como responsable de investigación y desarrollo. En función de ello, el directorio de Alur resolvió prescindir de los servicios de dos de los tres asesores y reubicar dentro de la estructura al tercero, retornándolo a su posición anterior”, explicó Herrera, y consignó que el cese de uno de los asesores fue “inmediato”, y que en el caso de D’Agosto se hizo después debido a su licencia maternal. “En este punto corresponde señalar que tal como lo establecen la doctrina y la jurisprudencia unánime, el despido constituye una potestad del empleador, siendo su única sanción el pago de la indemnización correspondiente, que, en los casos como el de la doctora D’Agosto, se ve incrementado por la indemnización especial”, indicó Herrera. Agregó que desde Alur le transmitieron a la mujer que estaban dispuestos “a revisar la liquidación que presentó y que si había algún error en la liquidación efectuada y pagada, se subsanaría”. “La consideración no prosperó porque la reclamante expresó su reclamo de ser reincorporada inmediatamente a la empresa, quedando abierta una instancia judicial para que realice los reclamos que entienda pertinentes”, remato el presidente de Alur.
Por último, Ferreira dijo que no solamente quiere que se resuelva el tema de su pareja, sino comprometer a los legisladores para que se revea la Ley 11.577. “Es una ley de 1950. Muchas mujeres en esa época trabajaban en sus casas, cuidando a sus hijos, pero el mundo cambió y la mujer se liberó. Vamos a empezar a juntar firmas para presentar en la comisión para que traten de anular ese párrafo que habilita a que el empleado despida a la trabajadora, porque, si no, dejan la puerta abierta y después te dicen que actuaron bajo la ley”, finalizó.