La nueva sede de la fiscalía especializada en derechos humanos está en Uruguay y Cuareim. Por los pasillos se observa el ajetreo típico de algo que está empezando a funcionar, apenas a 15 días de su instalación. Ricardo Perciballe tiene el antecedente de haber solicitado en 2009 el procesamiento de cuatro ex miembros del Escuadrón de la Muerte por la desaparición forzada de Héctor Castagnetto. Ahora fue designado para estar al frente de esta nueva tarea por el fiscal de Corte, Jorge Díaz, que hace cinco años lo había trasladado de una fiscalía especializada en crimen organizado a una civil, por “razones de servicio”.

–Uno de los objetivos de la Fiscalía es que exista una política única de persecución penal a la violación de los derechos humanos durante la dictadura. ¿Cómo se van a unificar los casos que están desperdigados por distintos juzgados?

–Estoy con esto, eso y eso [señala pilas inmensas de papeles sobre la mesa]. Lo que pasa es que, al ser una fiscalía única con competencia nacional, todos los juzgados que tienen causas remiten acá sus expedientes. Es un proceso único en la parte investigativa y en la parte jurídica, sobre la que hay varios puntos de vista, pero ahora habrá un operador con una posición uniforme en cuanto a la persecución y al tipo de persecución. La diferencia con una causa común es la complejidad de los casos y las herramientas que se utilizarán. Una fiscalía única habilita mayor acceso a todos los organismos competentes.

–¿Cómo juega el nuevo Código Penal vigente? ¿Qué pasa si hoy se presenta una denuncia sobre delitos cometidos en dictadura?

–El nuevo código sólo rige para las causas nuevas. En la actualidad tenemos dos en curso, y la diferencia con lo anterior es que la etapa investigativa propiamente dicha la lleva el fiscal, que cuando reúne los elementos lo presenta al juez. En las causas viejas, la investigación es compartida por la fiscalía y el juzgado.

–Para algunos referentes, que todo esté centralizado en un organismo puede hacer más lentas las investigaciones, pero desde la fiscalía de Corte se sostiene lo contrario.

–La única recarga es al inicio, cuando hay que entrar en contacto con los expedientes desde cero. Después se empieza una línea de investigación coherente; entonces, lo que puede retrasar en un momento puede adelantar en el futuro.

–¿A qué se refiere con una línea de “investigación coherente”?

–Una vez que tomamos contacto con el expediente, hacemos un paneo general de todos los medios de prueba que podamos utilizar. Luego, un enfoque global y macro para abarcar todas las posibilidades necesarias en la investigación. En definitiva, este expediente va a pertenecer siempre a esta fiscalía, y eso implica que uno desde el primer momento le dé el impulso necesario, de modo que cuando vuelva tenga los elementos para seguir con la investigación, o en su caso con los procesamientos.

–En qué medida puede aportar esta fiscalía, si lo que falta es información.

–Cuando se hace una investigación de esta naturaleza, no necesariamente hay que basarse en las declaraciones de los indagados. Uno se debe basar en los archivos que se están analizando, contar con peritos que puedan aportar en la materia, y con testimonios de las víctimas y de testigos; es un cúmulo de elementos.

–¿La fiscalía fue creada para cumplir con el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el caso Gelman?

–Yo no participé en la creación de la Fiscalía, fui designado y asumo la tarea.

–¿Qué papel juega la fiscalía en las causas que ya están en curso, por ejemplo cuando hay investigaciones de antropólogos forenses en predios militares?

–Entre los expedientes que hay con investigaciones judiciales, unos están en la etapa meramente investigativa –el presumario–, otros en etapa de sumario –cuando hay alguna persona procesada pero aún no condenada– y otros en la instancia de sentencia, cuando ya hay condenados. La fiscalía cumple el rol de magistrado, dictamina en procura del avance de las investigaciones, en procura de acusar a los procesados y, en su momento, para la ejecución de la sentencia. Por otro lado, está la búsqueda de cuerpos de desaparecidos, y la tarea de la fiscalía es auspiciar todo lo que provenga de las organizaciones de derechos humanos y de la Secretaría para el Pasado Reciente, a fin de levantar los obstáculos que pueda haber.

–¿Entonces, la Fiscalía trabajará en coordinación con esa secretaría y el equipo de antropología?

–Sí, claro. Nos reunimos con el director de la secretaría para coordinar acciones, y uno de los puntos importantes para la fiscalía es obtener información que permita hallar restos. Después hay que investigar quiénes son los responsables. Cualquier información que surja va a ser enviada a esta fiscalía, que tomará las medidas que entienda pertinentes.

–La Suprema Corte de Justicia (SCJ) ignoró el fallo de la CIDH cuando dictaminó que los crímenes de la dictadura prescriben.

–Ha tenido una posición jurídica al respecto que no comparto, pero la tengo que respetar. Hay otros fallos de la Corte que asumen la imprescriptibilidad de esos delitos. La discusión es, básicamente, si en el momento de los hechos estaba vigente o no la tipificación de lo que es un delito de lesa humanidad.

–¿En general, el derecho penal interno no debería aplicar el derecho penal internacional?

–Tengo una posición muy favorable a todas las normativas internacionales, pero mi posición no tiene por qué ser la de la SCJ. Son temas jurídicos muy complejos, pasibles de interpretaciones distintas.

–En una entrevista, usted mencionó que la fiscalía se iba a enfocar en los delitos de desaparición forzada y tortura.

–Las competencias de la fiscalía las determina la Ley 19.550, y se refieren a desapariciones forzadas, homicidios, tortura, abuso sexual. Hay un universo importante de delitos que no son sólo la desaparición forzada y la tortura. Lo que se está discutiendo es si se puede tipificar para aquellos casos las figuras de desaparición forzada y tortura.

–¿Por qué se discute eso?

–Ahí empiezan todas las interpretaciones jurídicas distintas, porque la tortura y la desaparición forzada no estaban como figuras penales en la legislación uruguaya cuando ocurrieron aquellos hechos. Fueron incorporadas en los últimos años. En aquellos tiempos había otras figuras penales que se pueden aplicar, aunque es posible que de todos modos la desaparición forzada se pueda aplicar. Estos son temas muy complejos que resulta muy difícil desarrollar en el marco de una entrevista.

–A partir del Estatuto de Roma (1998) se separan los conceptos de tortura y violencia sexual ¿Van a considerar a la violencia sexual como delito autónomo? Hubo una denuncia de violencia sexual de 28 mujeres, ex presas políticas, realizada en 2011.

–Se van a analizar todas las figuras posibles relacionadas con la privación de la libertad ilegítima, y, obviamente, si se constata que hubo una violación sexual, eso será reclamado por parte de la fiscalía. Uno de los puntos de la investigación es precisamente ese.

–La organización de ex presos políticos Crysol puso sobre el tapete la necesidad de dotar a esta fiscalía de recursos básicos para que pueda cumplir los objetivos planteados.

–Yo no puedo valorar eso porque hace 15 días que nos hemos instalado. Sí soy consciente de que cuando el fiscal de Corte me propuso asumir este puesto, me ofreció toda la ayuda que fuera necesaria. Está a disposición para lo que necesitemos, y en lo cotidiano estamos viendo que tenemos un apoyo importante de parte de la Fiscalía de la Corte. En poco tiempo se harán los planteamientos para acceder a nuevos recursos humanos; de momento no.

–¿Las causas no se van a unificar en una sola?

–No, cada causa tiene sus víctimas y sus victimarios, y corre por separado. Yo creo que las unificaciones se pueden hacer cuando se está hablando de las mismas víctimas y los mismos victimarios. En realidad, la separación de los casos facilita, porque es mejor que cada denuncia sea investigada de forma individual, sin perjuicio de que se trasladen pruebas de un expediente a otro o se hagan los cruzamientos necesarios.