Buenos días. Les comento algunas noticias que pueden leer hoy en la diaria.

Nunca ha sido fácil denunciar la violencia doméstica o de género. Las víctimas debieron y deben recorrer un camino interno lleno de obstáculos para reconocer que están en una situación inaceptable, y hacerles frente a fuertes presiones sociales, que tienden a mantenerlas en la resignación y la impotencia. A esto se sumó, durante demasiado tiempo, que esas presiones se ejercían también desde la propia Policía cuando se llegaba a la decisión de denunciar.

Se han logrado avances, mediante grandes esfuerzos militantes. Aumentaron la visibilidad del problema y la conciencia sobre él. Se aprobó una ley (aún no aplicada cabalmente) que aborda los problemas en forma integral, se establecieron procedimientos mucho más adecuados y, en lo referido al momento de la denuncia, se trabajó mucho para cambiar los trámites y la actitud de la Policía. Son requisitos para disminuir la probabilidad de que se llegue a consecuencias fatales como las que denuncian las alertas feministas.

Por eso hay que ser muy cuidadoso cuando se modifica el protocolo para la recepción de denuncias, como lo hizo el Ministerio del Interior (MI). Ayer informamos sobre nuevas disposiciones establecidas el 14 de este mes, y registramos cuestionamientos a ellas. Durante la misma jornada, el MI anunció cambios en algunos de los aspectos criticados.

Donde las instrucciones para el personal policial decían que debían “requerir” la presentación de “pruebas” a quienes denunciaran, ahora dicen que deben “consultar al denunciante o víctima si posee elementos que pueda aportar a la denuncia”. La diferencia importa mucho: en estos asuntos no conviene atenerse en forma rígida a la letra de las normas, pero hay quienes lo hacen y la letra tiene que ser clara, para evitar que la presentación de pruebas se considere un requisito para aceptar denuncias.

Por el mismo motivo, está muy bien que se haya agregado la indicación expresa de que este nuevo procedimiento no anula ni sustituye ninguno de los establecidos en las leyes vigentes.

También cambió una parte del protocolo que planteaba preguntarle a la víctima si consideraba que su vida estaba en peligro. Por supuesto, la evaluación de ese riesgo no puede quedar librada a la autopercepción: es una responsabilidad del Estado, que comienza con la recepción policial de la denuncia y se extiende a la Fiscalía y el Poder Judicial. La guía de actuación corregida dice ahora que es preciso “evaluar, en conjunto con la víctima, si se encuentra en riesgo de vida”.

No estaba clara una cuestión relevante de registro. Desde el MI se había informado a la diaria que cuando quien comparezca ya hubiera acusado antes a la misma persona, y estuviera en curso una investigación, se anotaría el hecho como una ampliación de la denuncia previa, y no como una denuncia nueva. El ministro Luis Alberto Heber dijo luego que no es así. Menos mal, porque lo importante es si esa nueva comparecencia a denunciar se tiene en cuenta cuando se procesan los datos para informar sobre la criminalidad. No hacerlo sólo le podría parecer conveniente a quienes prioricen las cuestiones de imagen pública sobre los hechos.

Hasta mañana.