Buenos días. Les comento algunas noticias que pueden leer hoy en la diaria.

Ayer tuvieron una fuerte repercusión dichos del intendente de Artigas, Pablo Caram, acerca del trabajo infantil, que sin duda merecen cuestionamientos, pero que no deberían llevarnos a engaño sobre las características del problema en Uruguay.

Cerca del final de una entrevista en el programa Desayunos informales, de Canal 12, a Caram le preguntaron sobre el trabajo infantil en la producción artiguense de tabaco, y él respondió que eso es “normal” y que se trata de actividades realizadas por núcleos familiares. Manifestó también que “es mucho mejor ver a un gurí trabajando que con el celular”, y que la idea de que ese trabajo viola los derechos de la infancia es “un defecto”, causante de que haya “una cantidad de gurises drogados”. Señaló asimismo que Artigas es el departamento con índices más altos de desempleo e informalidad, y afirmó que “el trabajo, al ser escaso, si queda en el núcleo familiar es mucho mejor”.

Hubo reacciones desde el sistema partidario contra las declaraciones de Caram, y el ministro de Trabajo, Pablo Mieres, las consideró “inadmisibles”. Además de manifestar su “radical rechazo”, Mieres dispuso, en coordinación con el Instituto Nacional del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU), el envío de un equipo de inspectores de trabajo a las tabacaleras de Artigas.

Está muy bien que se realicen inspecciones, y no cabe duda de que las opiniones de Caram, además de mostrar una preocupante falta de conciencia sobre los derechos de la infancia, resultan muy inconvenientes porque vienen de una persona con autoridad política, y refuerzan la naturalización social de cosas que no deberían ocurrir. Pero también es muy inconveniente que se perciba la cuestión del trabajo infantil en Uruguay como algo vinculado sólo con realidades como la de Artigas y mentalidades como la de su intendente.

La legislación uruguaya en esta materia, alineada con criterios internacionales, prohíbe el trabajo a menores de 15 años y le asigna al INAU la responsabilidad de otorgar permisos para que trabajen adolescentes, pero no en las actividades peligrosas, en las que les insuman más de seis horas diarias y en las que no les permitan estudiar.

La normativa está centrada en los trabajos que se hacen fuera del hogar, pero corresponde acotar que la Convención sobre los Derechos del Niño de la Organización de las Naciones Unidas, definida en 1989, habla del desempeño de cualquier trabajo que pueda, entre otras cosas, “entorpecer” la educación o ser nocivo para el “desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social”.

En Uruguay, muchas personas tienden a ver el problema sólo en contextos que les son muy ajenos, como el de la recolección de residuos por cuenta propia o, en el caso de ayer, el de Artigas, que es muy singular. Pero también existe, por ejemplo, una gran cantidad de menores de 18 años, en su mayoría niñas y adolescentes, sobre quienes recae una gran carga de tareas en el hogar, muy a menudo de cuidados, con la consecuencia de que su educación formal no se entorpece sino que se interrumpe, y que pese al desempeño de esas tareas son etiquetadas como personas que “no estudian ni trabajan”, como si eso se debiera a que son haraganas.

Hasta el lunes.