Hoy es 28 de mayo. Faltan 33 días para las elecciones internas y 152 para las nacionales.
Los dirigentes de los partidos mayores se están volcando por completo a la competencia en las internas, y luego seguirán de corrido hacia las nacionales de octubre, pero también se ven obligados a prever candidaturas para las departamentales del año que viene, y esto ya causa tensiones.
Los partidos que integran la actual coalición de gobierno nacional han decidido competir juntos contra el Frente Amplio (FA) en varios departamentos, utilizando el lema Coalición Republicana (CR), y tienen que “reservar” los nombres de quienes se pueden postular a intendencias, evitando incluirlos en las listas para junio. Esto merece algunas explicaciones.
La palabra “tránsfuga” tiene por lo general una connotación negativa, semejante a la de “desertor”, pero en varios países se habla de “transfuguismo político” para describir la conducta, a veces bastante naturalizada, de quienes no sólo cambian de partido, sino que lo hacen cuando ya fueron elegidos como parlamentarios. En estos casos hay una especie de período de pases posterior a las elecciones, en el que incluso se pueden formar mayorías parlamentarias no surgidas del voto popular, con legisladores que a menudo obtienen beneficios por sumarse a un partido en cuyas listas no figuraron.
En Uruguay han existido casos de parlamentarios que cambiaron de lema sin renunciar a su banca, como lo hicieron varios fundadores del FA en el tumultuoso 1971, pero hoy un fenómeno de ese tipo en gran escala resultaría escandaloso. De todos modos, cuando se discutió el proyecto de reforma constitucional aprobado en 1996, con la exigencia de internas en cada partido, sus redactores quisieron evitar que quienes perdieran en esa instancia pudieran luego migrar a otro lema o fundar uno nuevo.
Quedó incorporado al texto constitucional que quien se presente “como candidato a cualquier cargo en las elecciones internas sólo podrá hacerlo por un partido político y queda inhabilitado para presentarse como candidato a cualquier cargo por otro partido en las inmediatas elecciones nacionales y departamentales”.
Lo que sí puede ocurrir, porque no está prohibido, es que una persona que se postule al Parlamento en octubre por el lema A sea candidata a una intendencia al año siguiente por el lema B, aun si resultó electa para el cargo legislativo. Esto conviene para formar alianzas como CR, que no es un verdadero partido con definiciones y estructuras propias. Por lo tanto, no hay “transfuguismo político”: Laura Raffo, por ejemplo, fue formalmente candidata del Partido Independiente a la Intendencia de Montevideo en 2019, pero nunca dejó de ser nacionalista.
Además, en diciembre de 2019 la mayoría de la Corte Electoral resolvió que incluso quienes se postulan en las internas de un partido pueden ser candidatos por otro a cargos de alcalde o concejal en las departamentales siguientes. No parece muy consistente con la prohibición constitucional, pero en aquel momento se alegó que en 1996 no existían las elecciones en el nivel de los actuales municipios, y que en ellas los vínculos barriales y de buena vecindad pesan más que las lealtades partidarias, un argumento más que discutible si se tiene en cuenta lo que realmente sucede.
Hasta mañana.