El senador del Frente Amplio (FA) Charles Carrera redactó un proyecto de ley que establece beneficios para los pequeños comerciantes. El texto ingresó esta semana al Parlamento y está firmado por el Movimiento de Participación Popular (MPP) –sector al que pertenece Carrera–, el Partido Comunista, el Partido Socialista y la Vertiente Artiguista.
En la exposición de motivos el senador señala que el proyecto busca “equilibrar aún más las reglas de juego entre los comerciantes”, porque en los últimos años hubo un aumento en la asimetría entre “los comerciantes minoristas o establecimientos de proximidad y las grandes superficies como los supermercados”. Como ejemplo, Carrera dice que antes de la pandemia generada por la covid-19 “el fondo Goldman Sachs pretendía adquirir las cadenas Disco, Devoto y Géant, sumando 71 locales comerciales en total, a los 13 que ya contaba de Tienda Inglesa. En ese contexto, se pretendía apurar la operación para así evitar caer dentro de las disposiciones de las modificaciones introducidas a la Ley de Defensa de la Libre Competencia en el Comercio, aprobada en 2019”. Esta operación no se concretó, pero dejó en evidencia algunas vulnerabilidades de la normativa, por lo que propone modificaciones a la Ley de Defensa de la Libre Competencia en el Comercio, “además se incorporan ajustes al procedimiento que instruye la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia”.
Una de las modificaciones que propone es que “ninguna persona física o jurídica, conjunto económico o grupo de sociedades o empresas cualquiera sea la forma jurídica que adopten podrán ser titulares, ya sea como propietarios, arrendatarios, usufructuarios, franquiciados o similares, de más de 20 establecimientos comerciales destinados a la venta de artículos alimenticios, higiene personal y de uso doméstico por departamento y 50 en total a nivel nacional. Aún teniendo menos de 20 locales deberá pasar por la Comisión Departamental de Protección de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa Comercial y Artesanal correspondiente al departamento”.
Además, quedaría prohibido concertar o imponer directa o indirectamente precios de compra o venta u otras condiciones de transacción, rechazar injustificadamente la venta de bienes o la prestación de servicios y aplicar a terceros condiciones desiguales en el caso de prestaciones equivalentes, colocándolos así en desventaja importante frente a la competencia, entre otras cosas.