En mayo de 2020 la inflación interanual se ubicaba en torno a 11%, uno de los registros más elevados desde el comienzo del siglo. Fue el pico de una escalada que había comenzado dos meses atrás, producto de la confluencia de varios factores: el ajuste de las tarifas públicas, el fuerte aumento del dólar que siguió a la irrupción de la pandemia en Uruguay ‒con el deslizamiento cambiario mensual más pronunciado desde 2002‒ y la dinámica del precio de los alimentos.

Fueron meses duros, y no sólo en el frente inflacionario, por supuesto; el virus había asaltado Uruguay luego de tres meses de conquistas en otras partes del mundo. Pero en el campo de los precios, la expresión más evidente de la tensión quedó sintetizada en los acuerdos de precios promovidos por el gobierno hace exactamente 374 días.

Esa intervención, que nunca ha estado exenta de polémica, tuvo como objetivo evitar que el crecimiento interanual del índice de precios al consumo ‒la inflación interanual- superara la barrera de 12%. Ese umbral no fue antojadizo. Por el contrario, estaba asociado a las cláusulas gatillo establecidas en varios acuerdos salariales; superarlo hubiese implicado aumentos automáticos de los salarios. Y eso, en la visión de las autoridades, podía haber activado un espiral inflacionario producto de los mecanismos vigentes de indexación.

Esta medida no es nueva. En otros momentos de peligro inflacionario, cuando la inflación amenazó con alcanzar esos niveles, se apeló al uso de esta herramienta para contener la embestida. Por ejemplo, en 2015.

Sin afectar el núcleo de la inflación ni atacar las expectativas inflacionarias de mediano plazo, su utilidad pasó por ponerle un freno puntual al recorrido del índice de precios al consumo en un momento determinado. Como señaló en ese momento Gabriel Oddone, extrayendo las lecciones aeronáuticas derivadas del caso del capitán Chesley Sullenberger ‒interpretado por Tom Hanks en su versión cinematográfica‒: “El gobierno está procurando, sobre todo, evitar que un aumento transitorio y extraordinario de algunos precios en abril (tarifas públicas y frutas y verduras), termine teniendo efectos permanentes sobre la inflación”.

Desde esta singular perspectiva, consideró un error interpretar los acuerdos como una política de desinflación, limpiando un poco parte de la polémica asociada al despliegue de esta medida. En otras palabras, la política no pretendía atacar los fundamentos subyacentes de la inflación, porque eso no lo puede lograr ‒de ahí la polémica sobre su efectividad‒, sino salir del paso sorteando un problema concreto asociado a ese momento puntual de tensión.

De ahí la analogía con la situación del capitán Sully y su decisión de aterrizar el avión sobre el río Hudson: “La evaluación no puede hacerse solamente desde la teoría y la evidencia empírica de nuestra profesión. Debe hacerse también tomando en cuenta las circunstancias específicas que dan contexto a esa iniciativa”.

Foto del artículo 'Acuerdos de precios: feliz aniversario'

¿Pero qué es lo que dice la teoría?

Dice que estos acuerdos no son eficaces para moderar la inflación más allá del período de vigencia del acuerdo; no atacan las causas de la enfermedad, sino que son un paliativo para sus síntomas. Pero no sólo eso, son un paliativo con efectos colaterales potencialmente negativos. Por ejemplo, como destacó en su momento Sebastián Fleitas, pueden generar incentivos para que las empresas coludan y se aparten de la competencia, afectando la determinación de los precios en detrimento del consumidor. Y no sólo eso, la polémica también devino de su legalidad, dado los cambios que habían sido introducidos un año antes, en la Ley de Competencia. Bajo este nuevo marco, estas prácticas quedaron expresamente prohibidas desde octubre de 2019.

En relación con la evaluación de sus impactos, el problema es que la evidencia no abunda; ni acá ni en otras partes. Sin embargo, existe un antecedente académico interesante, que fue destacado por Fleitas: la investigación de Aparicio y Cavallo (2019)1 sobre el impacto del programa argentino Precios Cuidados.

De forma resumida, son dos los puntos relevantes que se pueden extraer de allí. Primero, los acuerdos tienen efectos transitorios que no se extienden más allá de su culminación. Al finalizar su vigencia, los precios recogidos por los acuerdos se acompasan al resto. Segundo, los acuerdos incentivan estrategias por parte de las empresas para introducir nuevas variedades de productos, aumentando la variación de los precios por categoría. En otras palabras, para discriminar precios según perfiles de consumidor.

Foto del artículo 'Acuerdos de precios: feliz aniversario'

Si bien el estudio representa un insumo para nutrir la discusión en torno a las políticas basadas en evidencia, existen diferencias que no lo hacen perfectamente importable a nuestro caso. En particular, la extensión del acuerdo promovido por el gobierno uruguayo fue más acotada, dificultando el diseño de estrategias y mecanismos de discriminación similares a los observados en Argentina.

¿Y qué dicen los datos en el aniversario de los acuerdos?

De acuerdo a Mateo Seré, que analizó la evolución de los precios contemplados por la medida luego de transcurrido un año, el acuerdo fue efectivo para evitar que el precio de los bienes comprendidos aumentara durante la ventana de tiempo de su vigencia. De hecho, estos precios cayeron durante ese período: mientras que el incremento observado para todos los alimentos y bebidas fue de 1,9% entre mayo y setiembre de 2020, los productos alcanzados por la medida cayeron 1,7%.

Sin embargo, una vez finalizada su vigencia, estos precios se pusieron al día. En ese sentido, mientras el aumento interanual a mayo 2021 fue de 7,8% para la primera categoría, la segunda experimentó un incremento equivalente a 7,7%.

En suma, sin incidir sobre las causas subyacentes al fenómeno inflacionario, permitió mitigar el empuje inflacionario derivado de múltiples frentes: no fue una política antinflacionaria, pero ayudó a evitar que el registro de 12 meses del IPC subiera más allá de 11% ‒aunque no fue el único factor que explicó la moderación observada desde entonces‒. Un año después, y como era esperable a la luz de la teoría y la evidencia, su efecto se diluyó por completo.

Más allá del acuerdo de precios

El análisis realizado por Seré ‒compartido desde su cuenta de Twitter‒ también compara la variación de todos los productos de Tienda Inglesa y Disco entre mayo de 2021 y mayo de 2020. En el caso de los alimentos, el aumento fue mayor en Tienda Inglesa que en Disco: 8,8% versus 5,8%.

En lo que respecta a Tienda Inglesa, 82% de los productos se encarecieron durante el último año. Los rubros con mayores aumentos fueron electrodomésticos ‒18,6%‒, productos de botiquín ‒16,1%‒, quesos ‒13%‒ y verduras ‒12,6%‒. En el caso de los productos, lideraron los aumentos el jugo Tienda Inglesa ‒101%‒, los chocolates Icam ‒123%‒ y los tomates cherry ‒141%‒.

En el caso de Disco, 79% de los productos aumentó su precio en relación con mayo de 2020. Los rubros que más se encarecieron fueron lácteos ‒11,5%‒, quesos ‒11,1%‒, productos de botiquín –10,8%‒, y arroz y legumbres ‒9,7%‒. En particular, los precios que más escalaron fueron los de tomates secos ‒104%‒, premezcla para bizcochuelo ‒119%‒ y el helado Conaprole de dos litros ‒169%‒. Es importante destacar que el análisis realizado representa un adelanto sobre la evolución de los precios, en tanto el último dato de inflación publicado por el Instituto Nacional de Estadística corresponde al mes de abril.


  1. Aparicio D & Cavallo A (2019). Targeted Price Controls on Supermarket Products