En junio se aprobó la nueva ley de financiamiento de los partidos políticos, que, a pesar de no contar con una reglamentación, deberá comenzar a aplicarse en el actual período electoral. Formalmente, la campaña electoral comenzará el próximo 27 de setiembre, por eso, este jueves 12 será el último día para que los medios puedan presentar la información relativa a “los precios por minuto o fracción y las condiciones comerciales y de financiación” para la difusión de propaganda política.

Según lo establece la ley, los servicios de televisión abierta y para abonados deberán fijar al menos 15 días antes del comienzo de la campaña electoral “las mismas condiciones comerciales y precio de adquisición” para todos los partidos y candidatos que aspiren a un cargo electivo. Esto, a su vez, deberá ser comunicado a la Corte Electoral y a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (Ursec); ambos organismos estarán a cargo del control del cumplimiento y podrán establecer las sanciones correspondientes.

La nueva norma también comprende la posibilidad de que el medio pueda “negarse a realizar cualquier tipo de publicidad electoral, según lo determine la ley y su reglamentación”. Sin embargo, si aceptara la difusión de este contenido para “un partido, lista o candidato”, deberá “aceptar la de los demás sin ningún tipo de excepción y en las mismas condiciones”.

Según está previsto, es el propio medio el que deberá “distribuir los minutos de publicidad electoral entre todos aquellos que manifiesten su interés en adquirirlos previo al comienzo del período de campaña autorizado (27 de setiembre), conforme a la ley y a la reglamentación”.

Tanto Ursec como la Corte Electoral vienen trabajando para llevar adelante el cumplimiento de la norma. En este marco, el organismo electoral el pasado lunes difundió un comunicado de prensa en el que se informó sobre los alcances de la ley y puso a disposición de los medios un correo electrónico para comunicar las tarifas fijadas para el período electoral.

Control y sanciones

El director de la Ursec Pablo Siris detalló a la diaria que se está trabajando en los formularios que serán remitidos a los medios de comunicación que aún no han brindado detalles sobre las características que fijarán para las contrataciones de publicidad electoral. Según comentó, luego de que se cuente con estos datos, a la Corte Electoral le corresponderá el control y la sanción de los partidos políticos, y a Ursec lo propio, pero en relación a los medios.

Consultado sobre las características que tendrán las sanciones, Siris indicó que “no están previstas todavía”. “Se establecerán en función de la reglamentación que pueda quedar establecida por un decreto o por el propio organismo regulador”, detalló. “En primer lugar uno espera que no tengamos que aplicar sanciones”, agregó el director.

El artículo 22 de la nueva ley de partidos políticos deja claro que en el caso de la Corte Electoral “las violaciones a las obligaciones y prohibiciones” podrán ser calificadas por el propio organismo como “muy graves, graves y leves”. En tanto, las violaciones muy graves tendrán una sanción económica que irá entre 100.000 y 200.000 unidades indexadas (UI). Las graves, en tanto, estarán entre 50.000 y 100.000 UI y, por último, las leves oscilarán entre 10.000 y 50.000 UI.

El artículo 23, por otra parte, aclara que el organismo electoral también deberá comunicar a la unidad reguladora “los incumplimientos que constatare”. La Ursec, por su parte, “determinará en el marco de sus competencias las sanciones que estime pertinentes aplicar al prestador de servicios” que hubiese participado junto al partido o candidato a cargo electivo en “la comisión de la infracción a las obligaciones”.

Siris adelantó que, según lo establecido, lo recaudado por estos términos en el caso de la Corte Electoral irá al Fondo para el Fortalecimiento Democrático de los Partidos Políticos, creado por la nueva ley. En el caso de la Ursec, lo que se obtenga de las sanciones se destinará a Rentas Generales.