En el seminario internacional “Desafíos de la política pública como respuesta a la violencia basada en género”, que se llevó a cabo en la Intendencia de Montevideo el 22 y 23 de noviembre, se discutió sobre la implementación del Plan de Acción 2016-2019: por una vida libre de violencia de género con mirada generacional. El objetivo del encuentro fue exponer la nueva normativa con la que cuenta Uruguay: las leyes 19.538 sobre Actos de Discriminación y Femicidio; 19.580, de Violencia hacia las Mujeres Basada en Género, y 19.643, de Prevención y Combate a la Trata de Personas. Se tomaron como punto de partida las experiencias exitosas de la región para constatar qué servicios de atención y respuesta podrían considerarse modelos y cuáles de los ya existentes deben fortalecerse.

Guatemala estuvo presente con una charla sobre su experiencia en materia de políticas contra la violencia de género. Dora Amalia Taracena, responsable de la Unidad de Control, Seguimiento y Evaluación de los Órganos Especializados en Delitos de Femicidio y otras formas de Violencia Contra la Mujer de ese país, explicó cómo funciona la normativa con la que cuentan para sancionar, combatir y erradicar la violencia hacia las mujeres basada en género. En Guatemala hay dos femicidios por día. Taracena expuso sobre la Ley contra el Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer, creada mediante el decreto 22/2008 del Congreso de la República, que está vigente desde 2008 y se propone proteger y tutelar el acceso a la Justicia de las mujeres víctimas y sobrevivientes de violencia.

Primero, lo primero

El acceso a la Justicia para las mujeres en situaciones de violencia de género es fundamental. En Uruguay queda mucho por mejorar en esta materia. El sistema jurídico guatemalteco cuenta con un alto órgano que es una corte de institucionalidad que da sentencias, genera opiniones y se dedica a proteger el acceso a la Justicia para las mujeres víctimas y sobrevivientes de violencia de género.

El artículo 15 de la Ley contra el Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer determina la creación de los Órganos Jurisdiccionales Especializados en Delitos de Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer, por intermedio de la Corte Suprema de Justicia. “La Justicia tiene la obligación de proteger y tutelar el acceso a las mujeres víctimas y sobrevivientes de violencia, por lo que se hace evidente la necesidad de incorporar un instrumento que viabilice y brinde un conjunto de herramientas prácticas a las y los operadores de justicia, para la debida interpretación y aplicación de la ley”, dijo Taracena.

En ese país existe, además, una legislación específica contra la violencia sexual, explotación y trata de personas. El Decreto 9/2009 del Congreso de la República –que lleva ese nombre–, en los artículos 173 y 173 bis, y el acuerdo 5-2016 de Corte Suprema de Justicia (Violencia sexual: Abuso sexual y Violación) son determinantes para los casos de abuso sexual y violación. La violencia sexual, económica, física y psicológica están detalladas y especificadas, y el delito más grave que se define en ese marco es el femicidio.

Justicia para todas y todos

Se trabaja en el marco de un plan estratégico quinquenal que tiene cinco ejes. El principal es el “acceso a la Justicia con énfasis en las condiciones de vulnerabilidad”. En Guatemala, él índice de analfabetismo es muy alto, 70% de la población es indígena y se hablan más de 24 lenguas, por lo que el acceso a la Justicia está muy restringido en algunos casos. La intención es que cualquier mujer tenga acceso a la Justicia y que haya un enfoque de género y de derechos humanos desde la interseccionalidad, “con el objetivo de ampliar la capacidad de brindar acceso a la Justicia con atención especializada y en su idioma, y de fortalecer las relaciones interinstitucionales e internacionales”, apuntó Taracena. “Desde la interseccionalidad tenemos que tomar en cuenta que no es lo mismo atender a una mujer citadina que a una mujer del área rural pobre, que es doblemente discriminada. Hacemos muchas intervenciones a nivel departamental para que se tome en cuenta esa diversidad y que las mujeres conozcan que tienen derechos, sobre todo a una vida libre de violencia. Cuando la mayoría supo que tenía esto, entendió que ahora el Estado las estaba protegiendo”, asintió Taracena.

Cuando se implementó la Justicia especializada se incrementó el número de denuncias, en la medida en que aumentó la cantidad de mujeres que pudieron acceder a denunciar. “Vemos a la Justicia especializada como un nuevo sistema de justicia que tiene necesidades especiales para evitar la revictimización y, ojalá, también la victimización secundaria”, enfatizó.

De papeles a personas

Para implementar este sistema fue necesario el pasaje de un sistema inquisitivo a uno acusatorio. Se pasó de trabajar con expedientes a trabajar directamente con las personas, lo que generó una serie de cuestiones a tratar. Para esto fue creado el Sistema de Atención Integral a la Víctima (SAI), que está dentro de los juzgados y tribunales de Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer y Violencia Sexual. Consiste, en definitiva, en la puesta en práctica de la atención personalizada para las víctimas. El objetivo es evitar la revictimización y ayudar a la víctima a empoderarse.

Las herramientas para llevar adelante este sistema es una cámara Gesell. Se trabaja con un circuito cerrado, mamparas y una ubicación lineal en la sala de audiencias. También recurren a videoconferencias (durante la sentencia), atención psicosocial para soporte, salas de espera diferenciadas, entre otros recursos. El SAI está integrado por trabajadoras sociales y cuenta con áreas infantiles en las que hay niñeras atienden a las hijas e hijos de las víctimas y/o de los acusados durante el proceso judicial cuando concurren a una audiencia.

Los otros cuatro ejes son la atención jurisdiccional para implementar una cultura de servicio y fomento a la debida atención de usuarios del sistema de justicia. La agilización de procesos y normatividad, con el objetivo de agilizar, fortalecer y modernizar los procesos y sistemas de trabajo judiciales. También se trabaja en las condiciones de servicio, con el objetivo de brindar las condiciones necesarias para el buen ejercicio profesional. Y, finalmente, se pone el foco en la transparencia, integridad y rendición de cuentas, para velar por la integridad, transparencia y divulgación de los avances en la administración de justicia. “El sistema de atención integral es la cara humana de la atención a las víctimas de violencia. Forma parte de los tribunales y brinda atención especializada, abordando cada circunstancia particular. La Justicia especializada busca trascender, desde una perspectiva social y jurídica, para erradicar la violencia contra las mujeres”, señaló Taracena.

En Uruguay no existe capacitación en violencia de género obligatoria para juezas y jueces. Tampoco se cuenta aún con un órgano de la Justicia que atienda directamente, de forma especial y personalizada, los casos de violencia de género. Se estudian ejemplos internacionales para fortalecer a la Justicia en este aspecto.

Los procedimientos que buscan minimizar la revictimización y colaborar con el empoderamiento de la víctima “apostando a la reconstrucción de sus proyectos de vida” son fundamentales, así como algunas cuestiones básicas como que durante el proceso legal, después de hacer la denuncia, las mujeres víctimas de violencia no tengan que tener contacto con el agresor.

Taracena reconoció que “la capacitación es clave”, por eso “todas las juezas, jueces y personal tienen un período de formación inicial durante seis meses, en los que se dedican prácticamente sólo a esto y estudian la transversalizacion de género, para luego ingresar a los órganos especializados”. Vale destacar que además existe un órgano de control, seguimiento y evaluación de estos programas especializados, que se encarga de informar a la sociedad sobre el proceso judicial y las medidas de seguridad, y aporta datos que permitan reconocer el acoso sexual y las leyes que lo sancionan.