“Promoviendo el activismo desde la Justicia” fue el nombre de un conversatorio entre expertas y expertos del Consejo General del Poder Judicial de España y del Poder Judicial de Uruguay sobre los desafíos de la puesta en práctica de la Ley 19.580, de violencia hacia las mujeres basada en género.

Tuvo lugar el pasado 12 de setiembre en el Centro de Formación de la Cooperación Española. Fue organizado por la Cooperación Española en Montevideo en conjunto con el Consejo General del Poder Judicial de España, en el marco del Plan de Transferencia, Intercambio y Gestión de Conocimiento INTERCOONECTA. La ONG El Paso, Cotidiano Mujer y Naciones Unidas, entre otros, apoyaron la instancia.

En representación de España participaron del evento el director del Servicio de Selección y Formación Inicial de la Escuela Judicial de España, Jorge Jiménez; el vocal del Consejo General del Poder Judicial, Rafael Mozo; el presidente de la Audiencia Provincial de Valencia, Fernando de Rosa; la magistrada del Juzgado de Menores Nº 2 de Madrid, María Jesús Millán, y la magistrada vocal del Consejo General del Poder Judicial, Carmen Llombart, destacada por su participación judicial en el caso del triple crimen de Alcácer, ocurrido en Valencia en noviembre de 1992. Uruguay estuvo representado por la jueza letrada de primera instancia en lo penal de 4º turno, María Laura Sunhary.

La ley

Tras la Convención de Belém do Pará (Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer), América Latina cuenta con un plan de legislación en materia de violencia de género. 13 países han aprobado leyes integrales.

La ley uruguaya está vigente desde enero de 2018, pero su implementación aún es un debe.

Su objetivo es “garantizar el efectivo goce del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia basada en género. Comprende a mujeres de todas las edades, mujeres trans, de las diversas orientaciones sexuales, condición socioeconómica, pertenencia territorial, creencia, origen cultural y étnico-racial o situación de discapacidad, sin distinción ni discriminación alguna. Se establecen mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención, protección, sanción y reparación”.

Adaptar esta legislación a los procesos que el país tiene vigentes es un desafío que permitirá que la Justicia pueda actuar en casos de violencia de género. Lo haría atendiendo a ciertos requerimientos técnicos y de formación de operadores, estableciendo nuevos espacios de trabajo y medios para la protección de las víctimas, tanto en el ámbito público como en el privado. Además, pretende dotar este conflicto de recursos financieros y generar sistemas de información.

Puesta en práctica

¿Resulta necesaria la creación y aplicación de un protocolo o guía de actuación por parte de los jueces a los efectos, entre otros, de una efectiva coordinación frente a la falta de juzgados especializados? Ante la falta de recursos para la implementación de la ley, ¿a qué debemos apelar para la efectiva protección de los derechos de las víctimas? Estas preguntas fueron los disparadores de la discusión.

Los representantes españoles explicaron que consideran que la violencia basada en género es el signo más evidente de la desigualdad mundial. Comentaron que en España fue “la propia sociedad la que promovió los cambios” en el proceso judicial, que comienza en el momento en que la mujer decide denunciar una situación de violencia.

Tomaron como ejemplo un femicidio ocurrido en 1997 que generó extrema conmoción en España. Una mujer denunció a su esposo por violencia física y psicológica en un programa de televisión en vivo, tras lo que él la quemó viva; ella ya había realizado la denuncia formal previamente, y se había dictaminado que la pareja continuara conviviendo pero en diferentes pisos de la casa.

A raíz de este caso, en 2002 se creó el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, con sede en Madrid, que se define como “un instrumento de análisis y de actuación que, en el ámbito de la administración de la justicia, promueve iniciativas y medidas dirigidas a erradicar el problema social de la violencia doméstica y de género”. El observatorio está integrado por el Consejo General del Poder Judicial; el Ministerio de Justicia; el Ministerio de Sanidad; el Ministerio del Interior, Servicios Sociales e Igualdad; la Fiscalía General del Estado; el Consejo General de la Abogacía Española y el Consejo General de Procuradores de España.

Los panelistas consideraron que las redes sociales no son ajenas a este problema y que “es más fácil la violencia y el acoso cuando hay una sociedad que no se responsabiliza”. Por esta y otras cosas, “se debe considerar un presupuesto, un plan estratégico y medidas, porque el delito va evolucionando junto con la sociedad”.

La postura uruguaya, representada a través de María Laura Sunhary, considera que esta ley carece de recursos económicos para el Poder Judicial, “lo que deriva en consecuencias claras para una aplicación plena”. Centró parte de su discurso en las carencias evidentes que tiene la Policía a la hora de recibir denuncias sobre violencia de género. “Es de lo que más se quejan los trabajadores sociales; la Policía no puede ser ajena y yo entiendo que la mayoría de las veces lo es”. Comentó que el procedimiento es lo que más dificulta la situación de cada mujer que se encuentra en peligro. “El policía llama al juez y le cuenta telefónicamente sobre la situación desde su punto de vista, según sus propios prejuicios. El juez recibe esto mientras está trabajando en otra audiencia, en el mejor de los casos en un juzgado de familia. Se suma la cantidad de llamadas que reciben; en Montevideo los jueces reciben 80 llamadas diarias”.

Por otro lado, explicó que la mujer debe contar lo sucedido frente al juez. “Es muy violento para la mujer contar lo que le sucedió después de haber denunciado”. Otro de los puntos negativos que remarcó es que las víctimas no cuentan con un sistema de acompañamiento. Además, en su opinión “que ese juez se desempeñe en esta materia no quiere decir que esté sensibilizado con la cuestión”. Sostuvo que los plazos de la ley no se cumplen, mucho menos si la situación se da fuera de Montevideo, donde la presencia de forenses, psicólogos y demás profesionales es cada 15 días. Las condiciones para los traslados no están dadas, “los profesionales que deben viajar tienen que pagar ellos mismos el pasaje”. “Los equipos no están preparados, la falta de recursos económicos está incidiendo en la formación de quienes trabajamos en una materia tan desgastante, con la que se debe estar muy comprometido”.

El punto de discordia fue que independientemente de las condiciones que el país tiene para hacer funcionar o no esta legislación, es esencial contar con una normativa legal, porque aún se siguen formalizando las denuncias de violencia de género como “atentado violento al pudor”, cuando existen figuras nuevas, como abuso sexual, por ejemplo.

Los dos aspectos más predominantes, entonces, fueron la necesidad de contar con una normativa para juzgar con perspectiva de género y las carencias actuales del sistema judicial y de la sociedad para poder aplicar la ley.

“Es sumamente necesario juzgar con perspectiva de género para poder aplicar efectivamente la ley y que la víctima tenga acceso a la justicia, eso es sentirse protegida”, explicó una representante de la ciudadanía que se encontraba en el público, militante por los derechos de las mujeres.

Por otra parte, Jorge Jiménez consideró que “los ejes fundamentales a revisar y a tener en cuenta” son que es en base a la educación que se deben generar las reformas necesarias para la protección y la posición en la que se coloca a la víctima.

Finalmente, se concluyó en que hay artículos dentro de la ley que ya podrían ponerse en funcionamiento, pero hay otros que carecen de medios para que esto suceda. Se considera necesario, en primer lugar, la existencia de un protocolo de actuación para la Policía y los jueces, que son los primeros en estar en contacto con la mujer que se encuentra en una situación de vulnerabilidad, y que no cuentan con ningún tipo de capacitación, información o indicaciones en materia de violencia de género. Uruguay tampoco tiene un sistema de contención a las víctimas que genere un espacio propicio para albergarlas durante el tiempo que le lleva a la Justicia trabajar en el caso. Tampoco se cuenta con un protocolo de actuación para todos los agentes implicados y responsables de evitar el crecimiento de la violencia y de los femicidios. “Para una mujer que atraviesa una situación de violencia de género denunciar es un acto de valentía; esto debe ser retribuido con un buen protocolo de actuación para brindarle la mayor seguridad posible, y apartarla de la violación de los derechos a la que se encuentra sometida”.

¿Qué plantea la ley integral de violencia basada en género?

Crimen de Alcácer

El femicidio de Míriam, Toñi y Desirée, tres adolescentes de 14 y 15 años, fue conocido como el crimen de Alcácer. Las tres fueron secuestradas, violadas, torturadas y finalmente asesinadas por Antonio Anglés y Miguel Ricart. Se desconoce el paradero de Anglés; Ricart cumplió 21 de los 160 años a los que fue condenado. Los medios convirtieron la cobertura de este caso en un reality show; se considera que esto fue un hito fundacional de la “televisión basura” en España.