Una nueva normativa empezó a regir en España a partir del 1º de enero en pos de la igualdad de género para equiparar la licencia por maternidad y paternidad en 16 semanas. En el régimen previo, las mujeres tenían 16 semanas de licencia. En el caso de los varones, la licencia había pasado de dos a 12 semanas, tras un proceso de aumento progresivo que inició en 2019, cuando el gobierno aprobó el “decreto ley sobre igualdad laboral”.

Desde comienzo de año, las licencias por maternidad y paternidad en el país europeo serán pagadas en su totalidad e intransferibles. Esto quiere decir que es un derecho individual que no puede transferirse al otro progenitor, por lo que si uno de los dos no puede usufructuarla, se pierde. Esta iniciativa pretende reducir la desigualdad de género a la hora de los cuidados, incentivar la responsabilidad de los varones en las crianzas y reducir el impacto de la maternidad para las mujeres en el mercado laboral.

En esta equiparación, los varones pasarán a tener uno de los períodos más largos y más remunerados de la Unión Europea, mientras que las mujeres mantienen un régimen que está entre los más cortos del bloque. Organizaciones españolas han reclamado la extensión de la licencia por maternidad a seis meses, para que se pueda cumplir con la recomendación de la Organización Mundial de la Salud que propone lactancia materna exclusiva por este período de tiempo.

La licencia por paternidad empezó a existir en España en 2007. En aquel entonces se aprobaron 13 días de licencia que se sumaban a los dos días ya establecidos en el Estatuto de los Trabajadores. En 2017, la licencia para los varones que son padres pasó a ser de cuatro semanas y, al año siguiente, aumentó nuevamente a cinco semanas. En 2019, a raíz del decreto del gobierno, comenzó un proceso de aumento progresivo: ese año se extendió a ocho semanas, pasó a 12 en 2020, y finalmente se equiparó a la de maternidad en 16 semanas.

De esas 16 semanas, las primeras seis serán obligatorias y los progenitores deberán tomarlas juntos. Las diez semanas restantes se podrán utilizar de forma semanal, continua o espaciada, juntos o por separado, siempre que sea en un plazo de 12 meses luego del nacimiento.

La licencia podrá extenderse una semana más por cada hija o hijo a partir del segundo, en caso de discapacidad o de embarazo múltiple. También se prevén regímenes especiales para los partos prematuros que requieran hospitalización prolongada, y se podrá agregar 13 semanas a la licencia.

La ley no establece la obligatoriedad de tomar la licencia luego de las seis primeras semanas, por lo que algunas expertas han advertido sobre la posibilidad de que los varones reciban presiones en los lugares de trabajo para que no lo hagan. “Para ello los hombres deben hacer valer sus derechos en la empresa”, aseguró al respecto la socióloga Teresa Jurado, consultada por el diario madrileño El País.

Pueden solicitar la licencia por paternidad todos los trabajadores varones autónomos o dependientes, tanto del sector público como del privado. El requisito es que tengan el alta de seguridad social y hayan hecho aportes por un mínimo de 180 días durante los siete años previos al nacimiento de la hija o el hijo. También se habilita esta licencia cuando haya al menos 360 días activos a lo largo de la vida laboral.

Por ley, se deberá reservar el puesto de trabajo para el retorno de la licencia paternal. El trabajador tiene derecho a la reincorporación a su puesto laboral en las mismas condiciones que tenía antes de la licencia.