La Comisión de Derechos Humanos y Equidad de Género integrada con la de Constitución y Legislación del Senado retomó el 29 de abril el tratamiento del proyecto de ley que propone aumentar la edad mínima para contraer matrimonio en Uruguay, que había empezado a estudiar a fines de noviembre de 2023. En dos sesiones distintas que tuvieron lugar en el correr de este mes, sus integrantes recibieron las visiones de especialistas en derecho, representantes de instituciones públicas involucradas en el tema y organizaciones que trabajan en defensa de los derechos de las infancias. Estas últimas, en particular, aplaudieron la propuesta y coincidieron en que, incluso, se podría dar “un paso más”.
La iniciativa, que fue presentada por senadoras y senadores del Frente Amplio, propone modificar el Código Civil para aumentar la edad mínima requerida para casarse de los 16 a los 18 años. El texto plantea que esta disposición sólo podrá tener como excepción aquellos casos en los que un juez o una jueza lo autorice por motivos fundados –como, por ejemplo, el consentimiento de los progenitores– y únicamente para personas mayores de 16 años.
Este lunes comparecieron ante la comisión Francisco Benavides, representante de Unicef en Uruguay, y Lucía Vernazza, oficial de Protección de la Niñez de esta organización. Lo que plantearon concretamente es que el proyecto de ley “es un avance, pero que la edad mínima debería ser 18 años sin excepciones”, sintetizó Vernazza en diálogo con la diaria.
“Nosotros consideramos que este proyecto es un avance que va en la línea de las recomendaciones tanto del Comité de los Derechos del Niño como del Comité de Cedaw, organismos de los que Uruguay es parte, pero nos parece que se debería dar un paso más porque este proyecto admite una excepción entre los 16 y los 18 años, y la posición de los organismos de derechos humanos y de esos comités es de 18 años para el matrimonio sin excepciones”, profundizó la integrante de Unicef.
Durante la comparecencia de este lunes, Benavides recordó que tanto el Comité de los Derechos del Niño –en respuesta a los informes periódicos presentados por Uruguay en 2007 y 2015– como el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Cedaw) en su recomendación general conjunta 31 recomiendan “asegurar que la edad mínima para contraer matrimonio, con o sin consentimiento de los padres, sea establecida en los 18 años de edad”, es decir, sin excepción. El representante de Unicef recordó que el Comité Cedaw volvió a incluir este punto dentro de las últimas recomendaciones que hizo a Uruguay el pasado 30 de octubre.
Por otra parte, resaltó que en el marco del 75º aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que se realizó en Ginebra en diciembre de 2023, Uruguay presentó cinco compromisos y uno de ellos era el de elevar la edad mínima de matrimonio a los 18 años.
Para Vernazza, este compromiso, sumado al hecho de que se haya presentado el proyecto de ley que está a estudio, muestran que “hay un contexto favorable” para que Uruguay pueda avanzar en la materia.
Organismo de la OEA: “Se debería dar un paso más al frente”
En la sesión del 29 de abril, representantes del Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes –organismo especializado de la Organización de Estados Americanos– también celebraron una iniciativa con la que “Uruguay se alinea a los estándares internacionales”.
En consonancia con el planteo de Unicef, sugirieron que “se debería dar un paso más al frente en este esfuerzo eliminando las excepciones a la edad mínima para contraer matrimonio, porque este y las uniones infantiles son una práctica naturalizada en determinados estratos socioeconómicos y territorios”, en palabras de la directora del instituto, María Julia Garcete, según consta en la versión taquigráfica.
Garcete advirtió sobre los vínculos que pueden tejerse “entre los matrimonios o uniones infantiles con otras formas de vulneración de derechos constitutivas de delitos, como el abuso y la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes en los que muchas veces las familias están involucradas consciente o inconscientemente”, y apuntó que “el Estado, como garante último, tiene la obligación de promover los derechos y garantizar su protección, lo que desde el punto de vista normativo se puede lograr eliminando las excepciones”.
En caso de que la comisión “considerara oportuno mantener la excepción en la edad mínima”, la directora señaló que el texto “debería indicar también la diferencia de edad máxima admitida entre los contrayentes cuando uno de los dos es menor de edad”. Además, dijo que en el artículo 106 –que es el que establece que las personas mayores de 16 años y menores de 18 necesitan el consentimiento expreso de sus padres para casarse o, a falta de ambos, de los “ascendientes en grado más próximo”– “se debería especificar, en el caso de quienes autoricen la unión ante la falta de progenitores, que siempre se trate de ascendientes que ejerzan la patria potestad o custodia legal, según pueda corresponder”.
En cifras
Por una cuestión de cómo se registraban los datos antiguamente (sólo en algunas localidades del país y de forma manuscrita), el Ministerio de Educación y Cultura sólo tiene cifras de matrimonios infantiles correspondientes a 2022 y 2023. La información, que fue compartida el 29 de abril ante la comisión por parte de la directora nacional de Asuntos Constitucionales y Legales, Zulyana González, revela que, en 2022, hubo 22 matrimonios en los que intervino al menos una persona menor de 18 años: en 18 casos esa persona era mujer, en tres casos era varón, y en un caso ambos eran menores de edad.
En tanto, en 2023 hubo 24 matrimonios con esas características: hubo un solo caso en que el menor de edad era el hombre; 21 casos en que la mujer era niña o adolescente, y uno en que ambos eran menores de 18 años. Los datos ratifican, entre otras cosas, por qué es necesario mirar la problemática desde una perspectiva de género.