Con 28 votos en 28, el Senado aprobó este miércoles un acuerdo que permite que las medidas de protección establecidas para una mujer víctima de violencia de género en su país de origen puedan trasladarse y ejecutarse si viaja a otro Estado parte del Mercosur o asociado. La iniciativa ya tenía la media sanción de la Cámara de Representantes, que la votó el 20 de junio, por lo que obtuvo así la ratificación definitiva.

El acuerdo empezó a negociarse en 2020 durante la presidencia pro témpore de Uruguay, y fue firmado por los países del Mercosur el 20 de julio de 2022 en el marco de una reunión de ministros de Justicia que se realizó en Asunción, Paraguay. Dos años después, en setiembre de 2024, la iniciativa fue remitida al Parlamento por parte del Poder Ejecutivo de Luis Lacalle Pou, pero terminó archivada con el final de la legislatura. En marzo de este año fue desarchivada y comenzó el recorrido parlamentario.

“Es muy importante, en un mundo cada vez más globalizado, donde la movilidad de las personas es cada vez más importante, tener una articulación internacional que consolide una política pública coherente con todos los compromisos internacionales que todos los gobiernos hemos asumido con relación a la violencia de género, que sigue siendo un problema que afecta a muchísimas mujeres en todo el planeta y que sigue siendo una situación de emergencia que requiere instrumentos de ejecución ágiles, eficaces y a tiempo”, señaló durante la sesión la senadora del Frente Amplio Constanza Moreira, integrante de la Comisión de Asuntos Internacionales de la cámara alta, a la que ingresó el proyecto, y que ofició de miembro informante.

El documento aprobado establece reglas que permiten que una medida de protección dispuesta a mujeres en situación de violencia de género, emitida por una “autoridad competente de un Estado parte”, pueda ser reconocida y ejecutada en otro Estado parte del bloque. Para esto, dispone que la autoridad competente del país que dictó la medida deberá emitir una “orden Mercosur de protección” (OMP) y la transmitirá al Estado donde la mujer pretenda trasladarse, a través de las “autoridades centrales designadas”, según el artículo 1. En el caso de Uruguay, esa función corresponde a la Autoridad Central de Cooperación Jurídica Internacional, órgano dependiente del Ministerio de Educación y Cultura.

El texto aclara que la OMP “podrá ser expedida cuando la mujer visite o resida de manera transitoria, temporaria o permanente” en el otro país, “independientemente de su situación migratoria”. También establece que todo el proceso tiene que ser gratuito.

El documento define cinco medidas de protección que pueden solicitarse para ser reconocidas en los demás países del Mercosur: prohibición de entrar en zonas determinadas; prohibición o restricción del contacto con la mujer afectada; prohibición o restricción de acercamiento a la mujer; suspensión del derecho a la tenencia, porte y uso de armas, además de “cualquier otra medida necesaria para garantizar la seguridad de la mujer, hacer cesar la situación de violencia y evitar la repetición de todo acto de perturbación o intimidación, agresión y maltrato perpetrado por el agresor”. Al momento de ordenar una OMP, la mujer solicitante puede también pedir la extensión de la protección a “sus hijos, hijas o cualquier otra persona a su cargo que la acompañe”.

Otra de las disposiciones habilita al Estado ejecutor de la orden la posibilidad de que adopte “todas las medidas civiles, penales o administrativas previstas en su legislación nacional para el cumplimento de la medida de protección dispuesta por la autoridad competente del Estado emisor”, como así “dar continuidad al uso de dispositivos de geolocalización y rastreo o modalidad análoga” con el objetivo de “monitorear el cumplimiento de las prohibiciones y/o restricciones impuestas por la OMP”.

La senadora del Partido Nacional Adriana Peña –que asumió la banca minutos antes de que se votara el acuerdo– había sido la miembro informante en la cámara baja y dedicó algunos minutos a fundamentar el respaldo nacionalista a la iniciativa. La legisladora destacó que el acuerdo apunte a la protección no sólo de la mujer que denuncia violencia, sino también de “los hijos, los padres, la familia que convive”, y aseguró que es uno de los “instrumentos” con los que puede contar Uruguay para “revertir” el problema de la “violencia doméstica”.

Además, señaló que el documento sólo puede entrar en vigencia si dos estados parte del Mercosur lo votan y, por el momento, sólo adhirió Chile, que es un Estado asociado. Por lo tanto, con la sanción definitiva del Senado, Uruguay se convierte en “el primer Estado parte que lo vota”.

En nombre del Partido Colorado intervino el senador Gustavo Zubía, que además de verbalizar el apoyo de su agrupación política valoró que uno de los artículos del acuerdo, el 13, contemple la protección de “todas” las víctimas de violencia de género y no únicamente de las mujeres, porque “en violencia doméstica las víctimas pueden ir más allá de la condición femenina”. Según dijo, esa “salvaguarda” hizo “decaecer” las “posibles oposiciones” que había al proyecto.

Tras la aprobación, la vicepresidenta de la República, Carolina Cosse, dijo en redes sociales que la decisión envía el “mensaje claro” de que “la violencia de género no reconoce límites y la protección de las víctimas tampoco debe tenerlos”; “Uruguay vuelve a colocarse en la vanguardia regional en materia de derechos humanos y cooperación internacional, fortaleciendo las herramientas para combatir este flagelo y reafirmando que la seguridad y dignidad de las mujeres es una prioridad innegociable”.