La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) responsabilizó al Estado peruano por la esterilización forzada y muerte de Celia Ramos en 1997, y ordenó reparaciones para las víctimas. Los hechos ocurrieron en el marco del Programa Nacional de Salud Reproductiva y Planificación Familiar (1996-2000) impulsado en Perú durante la dictadura de Alberto Fujimori.
Tal y como señala el comunicado oficial de la Corte IDH, este programa “impulsaba la anticoncepción quirúrgica voluntaria, pero derivó en más de 314.000 esterilizaciones de mujeres y 24.000 de hombres, muchas bajo coacción y sin consentimiento válido, afectando principalmente a mujeres indígenas y en condición de pobreza o pobreza extrema”. Este fallo histórico marca la primera sentencia internacional sobre las esterilizaciones forzadas durante la era fujimorista.
La Corte IDH –que empezó a analizar el caso en mayo de 2025– especifica que Ramos, en ese entonces de 34 años, “fue presionada por personal de salud para someterse a una ligadura de trompas” el 3 de julio de 1997. Como consecuencia de esa intervención, sufrió un paro cardiorrespiratorio por la medicina suministrada durante la operación, lo que provocó un coma y una hospitalización de 19 días hasta su fallecimiento el 22 de julio. “Su familia no recibió información clara sobre las complicaciones, no se realizó una necropsia y el Estado asumió los gastos médicos y funerarios”, explica el organismo.
Por otra parte, la Corte afirma que el caso de Ramos no fue aislado, sino que formó parte de una política estatal “dirigida a promover la esterilización masiva, enfocado principalmente en mujeres en situación de vulnerabilidad, implementada mediante coerción y amenazas ejercidas por funcionarios públicos que recibían incentivos por captar mujeres”. Además, agrega, esta política se ejerció desde “los altos niveles del Estado” y estuvo dirigida a “mujeres rurales, indígenas, con bajos niveles de instrucción, con la premisa de limitar la elección de concebir con base en criterios socioeconómicos”.
La Corte asegura que pudo constatar que, antes del procedimiento, Ramos firmó “un documento bajo coerción” y “sin que se le brindara información” sobre los riesgos, alternativas o consecuencias de la cirugía. También señala que “confluyeron diversos factores de vulnerabilidad que afectaron su capacidad para consentir”.
En esa línea, apunta que constituye un caso de violencia reproductiva y declara al Estado responsable por “la violación de los derechos a la vida, integridad personal, libertad personal, vida privada, acceso a la información, a la familia, a la igualdad ante la ley y a la salud, todo ello en relación con lo dispuesto en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará)”.
A su vez, el fallo ordena al Estado peruano a investigar los hechos con perspectiva de género, sancionar a los responsables, garantizar el acceso a la Justicia de las víctimas, así como el derecho a reparación.
Esta sentencia llega tras décadas de lucha por la justicia y la verdad por parte de familiares de Ramos y organizaciones que acompañaron el reclamo. Tras la sentencia, Marisela y Marcia Monzón Ramos, hijas de Celia, señalaron que, aunque no se podrá reparar todo el daño causado, la resolución da voz a miles de mujeres afectadas por la política, según un comunicado difundido por el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil), una de las organizaciones que llevaron el caso ante la Corte IDH, junto con el Centro de Derechos Reproductivos y Estudio para la Defensa de los Derechos de la Mujer.
Gisela de León, directora jurídica de Cejil, aseguró en ese comunicado que “este fallo significa un punto de inflexión para la Justicia en Perú y en la región”, al reconocer la esterilización forzada como una violación a los derechos humanos y como una forma de violencia reproductiva.