El presente artículo pretende discutir las donaciones que hace República AFAP al liceo Impulso, un centro educativo de gestión privada, que fomentan la privatización educativa. De un tiempo a esta parte, la discusión sobre política económica tiene como uno de sus puntos de referencia la polémica en torno a la eficiencia de lo privado sobre lo público. Un claro ejemplo son las declaraciones de la senadora nacionalista Verónica Alonso proponiendo la privatización de 30% de ANCAP. A pesar del impacto que causó esta propuesta, el traspaso de la propiedad jurídica de un ente estatal a una empresa privada no es la única forma de privatización. De hecho, a lo largo de los últimos años se han desarrollado otras más innovadoras, como las inversiones vía participación pública privada (PPP), el leasing, el fideicomiso, las donaciones especiales, entre otras.
De estos mecanismos privatizadores, nos interesa centrarnos en las donaciones especiales, que se amparan en la ley de mecenazgo, que fue reordenada en 2007 con la reforma tributaria (Ley 18.083). Esta normativa permite a las empresas privadas donar recursos a instituciones –tanto públicas como privadas– de educación, salud, investigación o a proyectos artísticos, a cambio de exoneraciones fiscales.
Por lo tanto, el efecto de fondo que genera esta ley es que quienes donan, implícitamente, tienen un poder de decisión sobre el uso de parte de los dineros públicos. ¿Por qué se da esto? Porque las empresas, en lugar de pagar los impuestos correspondientes y que ese dinero vaya a Rentas Generales para que el Estado lo distribuya entre sus distintas competencias (por ejemplo, financiando la educación pública), optan por donar a las instituciones que desean (por ejemplo, liceos de gestión privada). Pero como parte del dinero donado es descontado a la hora de pagar sus impuestos (ver recuadro), lo que termina sucediendo es que las empresas donantes determinan a dónde va a parar parte de los dineros públicos.
Según se establece en la Ley 18.083, por cada peso que se dona, el Estado exonera de impuestos a las empresas donantes en 75% del monto donado por concepto de Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) e Impuesto al Patrimonio (IP). Las empresas pueden calificar el 25% restante como gasto de la empresa, aumentando la exoneración impositiva.
Veamos un ejemplo: de cada 100 pesos que se donan, el Estado renuncia a cobrar 75 por IRAE e IP. Los 25 restantes pueden ser tomados como gastos de la empresa, lo que deja la posibilidad a deducir 6,25 (que correspondería pagar por IRAE) y puede deducirse del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas Categoría 1 (rentas del capital) otros 1,75, quedando una renuncia fiscal total de 83 pesos.
Si bien es discutible, es entendible que los empresarios quieran redirigir recursos públicos hacia el sector privado. De hecho, existe un componente de clase muy importante al ver quiénes usan los servicios públicos que son financiados mediante los impuestos que recauda el Estado. Los sectores de altos ingresos no utilizan ni la salud ni la educación pública (quizá con la excepción de la Universidad de la República), sino que resuelven estos servicios en el mercado a través de instituciones privadas. Por tanto, entienden que si una parte de sus impuestos se usa para financiar estos servicios, implica estar pagando dos veces por ellos.
Sin embargo, lo que no puede entenderse es cómo entidades estatales pero de derecho privado, como República AFAP, lo hacen. Es importante tener presente que República AFAP tiene un paquete accionario que en su totalidad es propiedad de entes estatales: Banco República, Banco de Seguros del Estado y Banco de Previsión Social (BPS). Según surge de las sucesivas rendiciones de cuentas, desde 2014 República AFAP hace donaciones bajo el régimen de mecenazgo, a la Fundación Impulso, que es un liceo público de gestión privada.
Esto genera una situación absurda y paradójica: entes estatales, en lugar de volcar sus excedentes a Rentas Generales, hacen donaciones a instituciones educativas de gestión privada y luego descuentan impuestos por ello. Al hacer este tipo de donaciones República AFAP fomenta la privatización educativa. Además, este tipo de centros educativos selecciona a las y los estudiantes, por lo que no concurre cualquier persona que quiera hacerlo y cuentan con un financiamiento mayor que el promedio de los liceos públicos (desde 2015 –primer año con que se cuenta con información del balance en la Rendición de Cuentas–, por cada 100 pesos que gasta el Consejo de Educación Secundaria por alumno, el liceo Impulso gastó 263 en 2015, 220 en 2016 y 200 en 2017). Esto se contrapone a los principios defendidos por el Estado, según los cuales la educación es un derecho y debe ser ejercido por toda la ciudadanía, y refuerza la contradicción de este tipo de donaciones por parte de un ente estatal.
Cabe preguntarse por qué República AFAP puede hacer esto. En términos generales, es producto tanto de la ley de mecenazgo como de la ley de las Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional (AFAP). En segundo término, valdría preguntarse por qué lo hace.
Bajo el régimen de capitalización individual, las empresas AFAP pueden obtener ganancia por dos vías: por un lado, por la comisión que le cobran a los afiliados y las afiliadas a partir de los aportes previsionales. Por otro lado, por la ganancia que generan las inversiones realizadas con el aporte jubilatorio (ya que una parte de dichas ganancias va para el trabajador y la trabajadora afiliada, pero otra parte se la apropia la empresa). Estas ganancias son las que le permiten a la empresa tener capital para hacer donaciones.
El problema es que este sistema genera que los cotizantes afiliados pierdan el control social sobre el uso que se le da a una parte de sus aportes. De aportar en el pilar de reparto, el total del aporte iría a financiar el BPS y sería repartido entre los pasivos en ese momento del tiempo. Sin embargo, en el pilar de ahorro individual, las ganancias generadas pueden ser usadas según los criterios que adopte el directorio de la AFAP. En este caso, el apoyo que puede generar la rentabilidad de una empresa pública a otras áreas del Estado, la reducción de las comisiones a las trabajadoras y los trabajadores aportantes, o la posibilidad de poder dirigir los ahorros previsionales mediante inversiones que puedan afectar nudos claves para el desarrollo productivo (siempre y cuando se tengan los debidos recaudos para no perder esos ahorros y generar rentabilidad que sirva para pagar jubilaciones decentes).
En general, la lógica mercantil de las empresas que priorizan su rentabilidad suele atentar contra objetivos más amplios. En este caso en particular, la rentabilidad de la empresa puede tener diferentes usos: se puede volcar a Rentas Generales y apoyar otras áreas del Estado o se puede reducir la comisión que se les cobra a los afiliados y las afiliadas. Sin embargo, se opta por donar parte de las ganancias al liceo Impulso.
Adoptar sin cuestionamientos el discurso de la eficiencia privada genera acciones que atentan contra los intereses colectivos. Cuando este discurso permea en instituciones estatales, provoca la paradoja de que instituciones que nos pertenecen a todos financien y promuevan el proyecto educativo de unos pocos.
Hugo Dufrechou y Martín Jauge son economistas, integrantes de la cooperativa de trabajo Comuna.