Nelson Mandela decía que “no puede haber revelación más intensa del alma de una sociedad que la forma en que trata a sus niños”. Esta certeza obliga a realizarse, inmediatamente, la pregunta de cómo estamos tratando a niños, niñas y adolescentes en la sociedad uruguaya del siglo XXI.

Este año se cumplen 30 años de la Convención de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como 15 de la aprobación, mediante la Ley 17.823, del Código de la Niñez y Adolescencia en Uruguay. Es entonces recién a partir de fines del siglo XX y comienzos del XXI que niños, niñas y adolescentes (de aquí en más NNA) son reconocidos como sujetos plenos de derechos. No nos detendremos en el análisis de los aspectos sociojurídicos que implican tanto la Convención como el Código, ni tampoco en ciertos avances que Uruguay ha hecho en esta materia. En cambio, señalaremos algunas situaciones que muestran que tanto el Estado como la sociedad y quienes somos profesionales en el área de infancia y adolescencia no estamos dando respuestas claras e integrales de protección. Me refiero a situaciones de violencias, en el sentido más amplio de la palabra.1

En primer lugar, quiero hacer mención a la violencia estructural que representa la permanencia de la infantilización de la pobreza. Los datos recabados arrojan que la pobreza de la población de hasta 17 años de edad duplica a la pobreza de los adultos, y esta situación pareciera persistir inalterable desde hace ya varios años. Además de las situaciones de vulnerabilidad a las que están expuestos NNA en situación de pobreza e indigencia, siguen siendo –al igual que en 1934– quienes más ingresan al sistema de protección de 24 horas. Uruguay sigue considerando la internación en centros de 24 horas la principal estrategia de protección especial frente a la vulneración de derechos, lo que contradice toda la normativa internacional que recomienda que dicha medida sea tomada solamente como último recurso y por el menor tiempo posible.

También son muy graves y preocupantes los datos en términos de violencia intrafamiliar y maltrato infantil, que revelan el alto grado de vulneración que reciben NNA en sus contextos de crianza, tanto como resultado de negligencias, como de métodos de disciplina violentos. Son alarmantes los datos en relación con las denuncias de abuso sexual, violación y explotación sexual. Por otro lado, existen otras formas de violencia que no son tradicionalmente reconocidas, pero que también presentan indicadores que evidencian la gravedad de las situaciones que atraviesan los NNA. Entre ellas podemos mencionar el acoso callejero, el bullying y el ciberbullying.

No puedo dejar de mencionar la violencia institucional en sus diversas formas, ya sea en instituciones escolares, liceales o totales, e incluyendo la violencia policial ejercida en espacios públicos o en comisarías. El Estado no cuenta con registros sistematizados de estas prácticas institucionales abusivas (ya sea físicas, psicológicas o simbólicas) sobre NNA (Serpaj, Ielsur, 2016). Una clara evidencia de esto está marcada por la gran cantidad de adolescentes cuyas muertes nunca son aclaradas en la Justicia. Alrededor de 40% de los homicidios que anualmente ocurren contra NNA son caratulados por la Policía como “ajuste de cuentas”, categoría que ha sido largamente cuestionada por especialistas.

Un capítulo especial merece el tema de la Justicia Penal Juvenil. De acuerdo con las estadísticas, descendió la población privada de libertad, lo que no significa que haya mejorado el mecanismo respecto del uso de medidas alternativas, así como el funcionamiento del sistema penitenciario juvenil, que resulta claramente violatorio de la normativa internacional. Recordemos que el Comité de Derechos del Niño del Uruguay ya ha denunciado, a título de ejemplo, el uso abusivo de psicofármacos como mecanismo de control, y la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo, por medio del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, ha exhortado al cierre definitivo de uno de los centros de privación de libertad luego de un suicidio, no el único, de un adolescente.

Podríamos seguir enumerando ejemplos de violaciones a los derechos de NNA, pero para finalizar quisiera colocar algunos cuestionamientos en un momento histórico en el que, además de cumplirse los aniversarios mencionados respecto de la normativa nacional e internacional, nos encontramos en un contexto de elecciones presidenciales que definirán el futuro de Uruguay durante los próximos cinco años. ¿El cumplimiento de los derechos de nuestra infancia y adolescencia es un tema central para el Estado? Como profesionales en el campo de la infancia y adolescencia, ¿estamos revisando nuestras prácticas para que efectivamente sean transformadoras y no se conviertan en prácticas burocratizadas y acríticas? Como ciudadanos/as, ¿estamos dispuestos/as a concebir a NNA como sujetos históricos y políticos, o seguiremos pensándolos desde un lugar adultocéntrico como “el futuro del país”, como “futuros/as ciudadanos/as”? Nuestro posicionamiento ético-político debería interpelarnos hoy más que nunca. Necesitamos nuevos modos de mirar, pensar y actuar con los NNA de nuestro país, para que las prácticas concretas que desarrollamos para con ellos y ellas estén a la altura de los compromisos que como país hemos asumido.

Ana Laura Cafaro es magíster en Trabajo Social (Facultad de Ciencias Sociales-Universidad de la República), docente e investigadora del Departamento de Trabajo Social (FCS-Udelar).


  1. Para esto me voy a basar fundamentalmente en mi práctica profesional, así como en el informe-consulta Voces jóvenes (2018), el informe del Observatorio de la Niñez y Adolescencia del Uruguay (2018) y el informe del Sistema Integral de Protección a la Infancia y a la Adolescencia contra la Violencia (2018), entre otros.