Diciembre es un mes especial para el movimiento social construido en torno a los usos medicinales del cannabis: es el séptimo año de la Ley 19.172, de regulación y control del cannabis, y se cumple un año desde la aprobación en el Parlamento –con el voto de todos los partidos políticos– de la Ley 19.845, para la investigación científica sobre el cannabis, y de la Ley 19.847, de acceso al cannabis medicinal y terapéutico, las dos normas consideradas fundamentales para impulsar una segunda fase de la regulación del cannabis en Uruguay.

En diciembre de 2013, después de dos años de debate público, nuestro país contó, por medio de la Ley 19.172, con una legislación pionera en el mundo con respecto al cultivo, en tres áreas: recreativa, medicinal e industrial. En principio fue el cultivo de tipo recreativo (licitado por el Estado) el que atrajo la atención de empresas y medios de comunicación, y concentró los esfuerzos de las autoridades. Pero esta primera etapa rápidamente dejó entrever que el uso recreativo del cannabis era sólo el comienzo. En los últimos años son los usos medicinales del cannabis los que concentran la atención de investigadores, médicos, empresas, autoridades y grupos organizados de usuarios y productores que comenzaron a utilizar derivados de cannabis con usos médicos de forma incipiente.

A fines de 2017, 90% de la población uruguaya de entre 15 y 65 años estaba de acuerdo con la regulación del cannabis con fines medicinales y 24% de la población declaraba que usaba o estaba interesada en usar cannabis medicinal (Robaina y Peyraube, 2018). De ese total, 30% se interesó en los usos medicinales del cannabis por la falta de respuesta satisfactoria del tratamiento médico de su afección y sólo 5,2% supo del cannabis medicinal a partir de la sugerencia de su médico, lo que refleja que la difusión de los usos medicinales de la planta se ha extendido por fuera de los consultorios.

Desde 2016, personal médico y usuarios de extractos de cannabis con fines medicinales manifiestan su disconformidad con la situación de estancamiento en el proceso de registro de productos nacionales que hagan accesibles extractos de producción nacional.

Las leyes 19.845 y 19.847, de investigación y acceso al cannabis medicinal y terapéutico, aprobadas en 2019, son el resultado de un proceso de diálogo de dos años entre legisladores y todos los actores involucrados (usuarios, médicos, pequeños cultivadores y productores, investigadores, farmacólogos, químicos y autoridades del Poder Ejecutivo) para superar la implementación incompleta de la ley de 2013.

Uno de los elementos innovadores que incluyó la Ley 19.847 es la vía de registro de formulaciones magistrales, así como la incorporación de la clasificación de “producto vegetal a base de cannabis” realizado con métodos de extracción autorizados por el Ministerio de Salud Pública (MSP). Estas nuevas categorías podrían generar el marco adecuado para el registro de productos con insumos completamente nacionales pero sin exigir el máximo nivel de evidencia científica en la utilización de los compuestos. Mientras estos aspectos técnicos se desarrollan, la norma prevé las Asociaciones de Pacientes de Cannabis Medicinal como alternativa transitoria para garantizar el acceso seguro a estos productos. La nueva normativa parte de una concepción integral del problema e incluye instrumentos para fomentar y apoyar a pequeños y medianos productores, por intermedio de la Agencia Nacional de Desarrollo (ANDE), para lograr transitar el camino desde la producción artesanal al registro de productos habilitados. Asimismo, crea el Programa Nacional de Acceso al Cannabis Medicinal que funcionará en la órbita del MSP, para promover la coordinación, el seguimiento y la formación de profesionales. Además, promueve la inclusión del cannabis y los cannabinoides en el Formulario Terapéutico Nacional y con ello en el Sistema Nacional Integrado de Salud.

Para superar la brecha necesaria en investigación –tanto en el sector privado como en el público– y para habilitar usos seguros de cannabis se concretó la declaración de interés público de la investigación sobre el cannabis y sus aplicaciones en todas las áreas del conocimiento a partir de la Ley 19.845, la otra ley que espera a ser reglamentada. Esta norma crea el Centro Uruguayo de Estudios Avanzados en Cannabis (CUDEA Cannabis), el Fondo Nacional de Investigación sobre Cannabis y el Registro de Proyectos de Investigación, Desarrollo e Innovación en Cannabis. Avanzar en la creación de estas instituciones sería una muy buena señal hacia la industria y el sector científico-tecnológico.

Promover la innovación en productos a base de cannabis, en sus diferentes formas, es una oportunidad única para Uruguay y tiene un potencial enorme de aportar al desarrollo inclusivo en un país golpeado por la pandemia.

Uruguay vive hoy la paradoja de tener la mayor extensión de cultivos en la región, tanto de variedades con alto contenido en CBD como en THC (para uso médico), tiene la posibilidad de exportar las flores como materia prima vegetal y recibir productos terminados desde el exterior.

Promover la innovación en productos a base de cannabis, en sus diferentes formas, es una oportunidad única para Uruguay y tiene un potencial enorme de aportar al desarrollo inclusivo en un país golpeado por la pandemia. El desarrollo de productos con alto valor agregado no sólo asegura el acceso de los pacientes a productos de calidad. Con un mercado internacional en crecimiento, viabilizar el registro de productos también consolida un sector que es capaz de atraer inversión, crear más y mejor empleo, y promover el desarrollo de conocimiento científico de los usos medicinales de la planta, la investigación de nuevas variedades genéticas de cannabis, y diversificar la producción en sus múltiples usos (desde las aplicaciones médicas hasta los textiles y su uso como alimento).

El derrotero del cannabis medicinal en Uruguay en estos últimos años no es un problema nuevo, la innovación no es simple en nuestro país ni en América Latina. En muchas oficinas públicas existe apoyo e impulso al sector, en otras sobrevuelan en silencio el escepticismo y el “acá no se puede'”; algunos empresarios nacionales también lo piensan, muchos profesionales prefieren por tranquilidad productos importados. En 1970 el físico argentino Jorge Sábato –preocupado por el aporte de la ciencia y la tecnología al desarrollo de América Latina– alertaba de que transformar la demanda de los usuarios en un producto final exige tener la capacidad de actuar deliberadamente para fijar metas posibles, tomar decisiones políticas y asignar los recursos necesarios para modificar los obstáculos al desarrollo científico-tecnológico.

El primer paso está dado hace un año con las dos leyes aprobadas por el Parlamento Nacional; es de esperar que en 2021 se renueve el impulso en la implementación para permitir el acceso de los usuarios y médicos a productos de calidad, así como la promoción de una industria con grandes oportunidades de contribuir al desarrollo nacional en el futuro inmediato.

El futuro está en nuestras manos. Las decisiones de hoy pueden ser la llave de nuestro mañana.

Matías Rodales es docente e investigador de la Universidad de la República.

Referencias
Sábato, Jorge A (1979). Ensayos en campera. Juárez Editor, Buenos Aires.
Robaina y Peyraube (2018). Cannabis medicinal: la revolución silenciosa. Monitor Cannabis, Montevideo.