Si el Estado tiene que llamar a licitación para conceder la cantina que está en el puerto de Montevideo, de más está decir que –en principio– no se puede extender el plazo de una concesión vigente hasta 2081 sin hacer previamente una licitación pública. Sin embargo, esto fue lo que sucedió en el caso de la concesión a Katoen Natie de la terminal TCP en el puerto de Montevideo.

El gobierno justifica la extensión de dicho plazo de la concesión por la existencia de un juicio iniciado por el concesionario contra el Estado uruguayo por la suma de 1.500 millones de dólares. Se plantea una situación tan extraordinaria que podría resultar razonable que el Estado arribara a un acuerdo transaccional, extendiendo el plazo de la concesión, a cambio de que la concesionaria desistiera de sus reclamos. Por supuesto que, en forma previa de adoptar esa decisión, el Estado debe haber realizado una profunda investigación administrativa para determinar quiénes fueron los responsables de haber incumplido un contrato de concesión de tal forma que el país, y con ello todo el pueblo uruguayo, pudiera resultar condenado a pagar 1.500 millones de dólares por concepto de daños y perjuicios.

Teniendo en cuenta las auditorías anunciadas el gobierno en la campaña electoral y luego de haber obtenido el triunfo en las elecciones en 2019, es de suponer que durante 2020 el Ministerio de Transporte y Obras Públicas debió haber realizado varios de estos estudios para determinar lo que mencioné, y en especial la probabilidad de éxito de la concesionaria en el juicio contra el Estado uruguayo, así como la responsabilidad de los funcionarios del gobierno anterior que colocaron a nuestro país al borde de una condena. Por otra parte, si el resultado de las auditorías concluye que determinados funcionarios públicos actuaron con culpa grave, deberían iniciarse inmediatamente las acciones de repetición contra dichos funcionarios, al amparo del artículo 25 de la Constitución de la República. Es importante mencionar que si la transacción fue justa para ambas partes, el valor económico de la extensión del plazo de la concesión hasta 2081 debe tener un valor actual aproximado de, al menos, esos 1.500 millones de dólares a los que habría renunciado la empresa concesionaria.

Un negocio de tal magnitud no puede ser resuelto sin la participación necesaria del Tribunal de Cuentas de la República y el Parlamento.

Un negocio de tal magnitud no puede ser resuelto sin la participación necesaria del Tribunal de Cuentas de la República y el Parlamento. De lo contrario, caeríamos en el absurdo de requerir la intervención del Tribunal de Cuentas para comprar un vehículo, mientras que el gobierno podría de manera discrecional transar sobre un juicio de 1.500 millones de dólares, entregando a cambio una extensión del plazo de concesión que le redituaría al concesionario por un monto equivalente.

Hago un ejercicio de memoria y recuerdo que durante el gobierno de José Mujica se desistió de un reclamo por diez millones de dólares contra el empresario Francisco Casal, a cambio de que este renunciara a reclamarle al Estado por daños y perjuicios, pero en ese momento recuerdo también que se llevó a cabo una investigación administrativa en la Dirección General Impositiva y al mismo tiempo se pidió informes al fiscal de gobierno.

Como sociedad no deberíamos caer en el fuego cruzado de los reclamos, de los buenos y malos, de que antes se hizo mal o no se hizo del todo bien y por ello ahora se hizo igual, etcétera. Entiendo que son modismos de redes para encontrar justificativos y normalizar actos de gobierno y gobernantes, de antes y de ahora.

Martín Olivera es contador público.