En los últimos días leí varias publicaciones sobre reproducción asistida que compartían la experiencia de mujeres cis gestantes u opiniones de especialistas sobre el procedimiento médico y su regulación jurídica. Haciendo un repaso por la letra de la ley, los datos de quienes efectivamente hacen uso de estas técnicas y bajo la sospecha de las instituciones involucradas, me veo obligada a reflexionar sobre el concepto de asistencia para la reproducción desde una perspectiva de derechos sexuales y reproductivos. Me interesa escaparle con esto al viral neoliberal que intenta convertir los derechos en servicios personales y reducir así la demanda a la meritocracia de quienes logren el acceso. “Lo personal es político” y el Estado es responsable de reconocer, proteger, promover y garantizar los derechos reproductivos.

Mi reflexión empieza con esta pregunta: ¿Cuáles son las relaciones de poder presentes entre quienes proveen la asistencia médica para la reproducción y quienes son legitimadas para reproducirse a través de estas técnicas? O más corta: ¿Quiénes asisten? ¿A quiénes asisten? ¿Con qué fines?

La ley reduce su intervención a parejas infértiles y mujeres independientes de su estado civil. ¿Cuáles son las parejas infértiles? ¿Qué mujeres independientes de su estado civil son las que estas técnicas querrán asistir? ¿Abarca el denominativo “mujeres” a mujeres cis y trans? ¿Qué pasa con la posibilidad de asistir a otras personas independientes de su estado civil que no sean mujeres? ¿Qué pasa con los vínculos que no son sexoafectivos, que no son heterosexuales, monógamos, que no mantienen lazos de propiedad y no practican sexo-coital pene-vagina con eyaculaciones frecuentes del pene en períodos fértiles de quien tiene vagina y útero que pueda gestar?

Ante el fracaso del ideal patriarcal de familia, la medicina asiste como escenario de salvación y desde ahí se dispone a establecer con total legitimidad qué personas podrán acceder a estas técnicas y en qué condiciones. Está claro que la infertilidad como enfermedad no contempla como personas susceptibles de asistencia a quienes no entren en sus parámetros de cuerpos enfermos y esto, desde una mirada interseccional y desde una perspectiva de derechos, encubre múltiples desigualdades: de género (no sólo los cuerpos con capacidad de gestar son mujeres cis), de orientación sexual (no sólo la heterosexualidad tiene impedimentos para la gestación), de clase (no todas las mujeres pueden gestar independientemente de una pareja, no todas las que tienen descendencia tienen igual capacidad para gestionar los cuidados), de ubicación geográfica (no todas las mujeres que quieren acceder a estas técnicas viven en Montevideo o en Salto, donde están las clínicas), de configuración vincular (no sólo los vínculos monógamos podrían desear la descendencia biológica, no sólo los vínculos sexoafectivos), epistemológica (el cuerpo en el quirófano es propiedad del saber médico y la persona sólo existe en tanto consentimiento para la intervención) y de capacidad: edad, peso, consumo, estado de salud psicofísica y posesión de útero (no todos los cuerpos que quieren gestar cumplen con las condiciones para la reproducción médica asistida, no sólo los cuerpos con útero tienen derecho a reproducirse).

No se puede redactar leyes ni diseñar políticas públicas para intervenir solamente en las situaciones de las personas que son afectadas por las desigualdades sin intervenir también sobre quienes producen esas desigualdades.

Sospecho de todo lo que utilice de fundamento principios relativos a lo natural. No es casual que la economía lingüística de la ley nombre sólo a quienes se ajustan al orden cisgénero, binario y heteronormativo para la reproducción, obligando a quienes no lo cumplen a la ficción de performar un “como si” que engañe al sistema. Creo además que la posibilidad de asistirse por fuera del vínculo de pareja genera una falsa exaltación y empoderamiento en el carácter solitario de la reproducción, que invisibiliza las desigualdades que hacen que no para cualquiera esto puede ser una opción y olvida que los cuidados para muchas es sinónimo de opresión.

La lógica de la elección individual claramente también pierde de vista el contexto político en el que se configuran las posibilidades de elección, así como también quienes pueden tomarla. Muchas personas ni siquiera pueden imaginar reproducirse por ser cuerpos políticamente esterilizados (Preciado, 2014). Y esto demuestra cómo existe una interrelación fuerte entre todos los derechos que impide que se trabajen de forma aislada. Los derechos reproductivos requieren para su ejercicio efectivo contar con el ejercicio de otros derechos como los económicos, sociales y culturales, a riesgo de que el ejercicio de uno gravite sobre las desigualdades de otros o quede reducido a un privilegio político ya obtenido (Abracinskas, 2016, p.6). Esto quiere decir que el ejercicio y goce de un derecho condiciona el ejercicio y goce de los otros, y es la dimensión social la que habilita el ejercicio individual.

Si tengo que cerrar esta reflexión de algún modo, me gustaría plantear el desafío de trabajar en un paradigma que sea capaz de entender que los problemas no sólo afectan a unas personas particulares en un momento dado, sino que son producto de las relaciones de poder. No se puede redactar leyes ni diseñar políticas públicas para intervenir solamente en las situaciones de las personas que son afectadas por las desigualdades sin intervenir también sobre quienes producen esas desigualdades y sobre la estructura que promueve esas asimetrías. De lo contrario seguiríamos pactando con los intereses de quienes tienen el poder suficiente para diseñar la vida de otras personas en base a poner su experiencia como única y perpetuar así sus lugares de privilegio.

Maite Lacava es maestranda en Estudios LGBTI+ y diplomada en Género y Políticas Públicas. Algunas de las reflexiones que comparte en este artículo formaron parte de su trabajo final del diploma.

Referencias

  • Abracinskas, L. (19-20 de abril de 2006). Si son tus derechos ¿por qué no hacerlos valer? Resumen de presentación de la conferencia: Mi cuerpo, el lugar que habito, derechos sexuales y derechos reproductivos para la emancipación. Jornada Feminista Conectar para emancipar.
  • Bestard, J. Los hechos de la reproducción asistida: entre el esencialismo biológico y el constructivismo social. Universidad de Barcelona, 2009.
  • Butler, J. Cuerpos que importan. Paidós, Barcelona, 1993.
  • De Miguel, A. Neoliberalismo sexual: el mito de la libre elección. Ediciones Cátedra, 2015.
  • Martí, A. Maternidad y técnicas de reproducción asistida: un análisis desde la perspectiva de género, de los conflictos y experiencias de las mujeres usuarias. Tesis doctoral, Universidad Jaime I. España, 2011.
  • Platero, L. Intersecciones: cuerpos y sexualidades en la encrucijada. Ediciones Bellaterra, 2012.
  • Preciado, P. (26 de octubre de 2020). Procreación políticamente asistida. Paroledequeer.
  • Tamayo, G. (2001). Bajo la piel. Derechos sexuales y reproductivos. Centro de la mujer peruana Flora Tristán.
  • Viera, M. (2015). Sujetos y cuerpos asistidos: un análisis de la reproducción asistida en el Río de la Plata. Civitas. Revista de Ciências Sociais, 15(2), 350-368.