Luego de aplazar por dos semanas la solicitud del exsenador del Partido Nacional (PN) Juan Sartori de recibir un subsidio del 85% de su sueldo como legislador, finalmente este miércoles el Tribunal de Cuentas de la República lo aprobó, pero con una retención del 50%, según informó el semanario Búsqueda.

El miércoles 9, el tribunal recibió un informe de su asesoría jurídica sobre el pedido de subsidio, en el que proponían autorizar el pago pero con una retención del 50%. Sin embargo, ese día los integrantes del tribunal no tuvieron tiempo de analizar el contenido y decidir sobre el subsidio previsto por la ley para exjerarcas que no tengan causal jubilatoria.

La retención de la mitad del monto tiene su base en la resolución de la Junta Nacional de Transparencia y Ética Pública (Jutep) de declarar omiso a Sartori por no presentar la declaración jurada de bienes de su esposa, Yekaterina Rybolóvleva.

A su vez, el semanario informó que si bien el tribunal avaló el subsidio con la retención, decidió no observar el pago del monto. En tanto, los tres ministros en representación del Frente Amplio votaron en contra de la no observación, ya que entienden que el exsenador debería haber regularizado la “omisión grave en los deberes inherentes a la función pública” que resolvió la Jutep.

Además, señalaron que el pago a Sartori, a pesar de que tenga una retención, vulnera la voluntad de la normativa de que se pague un subsidio para la reinserción en el mercado laboral de quien se beneficie del subsidio.

En su cuenta de X, Sartori adelantó que donará el dinero de su subsidio como legislador y subrayó: “Cuando fui senador, presenté un proyecto para equiparar estos subsidios al ámbito privado. No tuvo apoyo. Creo que el ejemplo se da primero. Por eso, ese dinero será destinado a proyectos y obras que lo necesiten”.

Hace tres años, el exsenador presentó un proyecto de ley que proponía equiparar los subsidios por desempleo de los cargos políticos con el de los trabajadores del ámbito privado.

El Decreto 398/989 sobre la reglamentación del régimen jubilatorio y de subsidios para titulares de cargos políticos, electivos y de particular confianza de 1989, establece que el subsidio se liquida a partir del día siguiente al cese del cargo que originó el derecho a este, y será por un período igual al triple del tiempo de su desempeño con un máximo de tres años.