En los últimos días comenzó a circular en redes sociales una serie de posteos que acusan al abogado Juan Ceretta de haber agredido y expuesto a “una menor de 10 años”. La difusión de la información comenzó luego de que el abogado anunciara su candidatura a edil por el Partido Socialista de cara a las próximas elecciones departamentales.
Las publicaciones son realizadas en las redes sociales X y TikTok por el usuario @El_informante, cuenta que usualmente difunde desinformación sobre personalidades públicas y de la política. La acusación refiere “una agresión mediática a una niña de apenas 10 años que padece capacidades diferentes”.
“La denuncia fue realizada por un familiar de la pequeña, y como consecuencia el docente de la Facultad de Derecho de la Udelar, declaró en el Juzgado por la agresión mediática a la menor”, afirma el posteo y señala que “los familiares de la pequeña víctima se cansaron de los ultrajes, los agravios, los ataques, y las agresiones del candidato a edil socialista a través de su cuenta personal de Twitter contra una pequeña indefensa”. El mensaje está acompañado de una captura de pantalla del sistema de expediente electrónico del Poder Judicial donde se lee la carátula “Ceretta, Juan. Violencia Doméstica Ley 17.514”.
Historia de un difamador
La trastienda de la denuncia remite a un abogado de iniciales C.F.B., quien fuera condenado en 2021 por la jueza Mariela Vargas a nueve meses de prisión en régimen de libertad a prueba “por un delito continuado de difamación”. Los actos de C.F.B. comenzaron en abril de 2019 luego de que a través de un grupo de cuentas anónimas de Twitter, todas administradas por él, acusara al informático Enrique Amestoy de haber integrado el Movimiento de Liberación Nacional - Tupamaros y participar de enfrentamientos con militares en 1972, cuando Amestoy tenía dos años de edad.
Esto derivó en la denuncia del informático y la obligación a C.F.B. de retractarse de sus dichos por los mismos canales utilizados para la difamación. Si bien esto fue cumplido por el denunciado, este reincidió en su conducta contra otras personalidades públicas y que derivó en la denuncia colectiva de un grupo de 16 mujeres políticas de todos los partidos, periodistas y sindicalistas por agravios y difamación, y cuyo asesoramiento legal estuvo a cargo de Ceretta.
C.F.B. fue procesado por la jueza María Noel Tonarelli por múltiples delitos de incitación al odio, desprecio hacia determinadas personas por su orientación sexual y difamación. Debido a su formalización durante un periodo de libertad a prueba, un Tribunal de Apelaciones dispuso el cumplimiento del saldo de la condena con prisión efectiva, por lo que el acusado fue a la cárcel.
Es a partir de este hecho que el procesado inició una serie de demandas contra Ceretta, la periodista Denisse Legrand y la diaria. En la argumentación de las denuncias presentadas por C.F.B., ahora demandante, utilizaba el nombre de su propia hija y acusaba de exponerla y divulgar sus fotos en redes sociales. Sin embargo, el juez Marcos Seijas rechazó la denuncia ya que no se presentaron pruebas.
De acuerdo a la información a la que accedió la diaria Verifica, C.F.B. fue denunciado en reiteradas ocasiones por su ex pareja, la madre de la niña, por violencia de género y la Justicia dispuso la restricción de comunicación y acercamiento, además de suspender el régimen de visitas como medida cautelar. En abril de 2020 fue intimado a “cesar toda perturbación o molestia, en todo momento, lugar y por cualquier medio” contra su hija y la madre.
Si bien el tema parecía laudado, fue reflotado en enero de 2025, luego que C.F.B., a través de la cuenta @El_informante, denunciara nuevamente ante la Justicia a Ceretta por supuestas agresiones mediáticas a la menor, días después de que se anunciara la precandidatura del abogado a la Intendencia de Montevideo a propuesta del Partido Socialista. Si bien es cierto que Ceretta fue denunciado, es con el expediente judicial derivado de esta nueva causa que “El Informante” intentó respaldar las acusaciones falsas.
Finalmente, la jueza letrada Soledad Nin consideró que de los argumentos esgrimidos “se desprende que se está ante una situación de difamación”, sin que “se haya vulnerado” o “afectado la imagen de la niña en redes sociales”. Asimismo, la jueza refiere a una publicación de Ceretta en redes sociales en la que “no surge el nombre de la niña”. La jueza dispuso la prohibición para ambas partes, incluido el padre de la niña, de mencionar públicamente el nombre de la menor, así como el archivo y clausura de la causa por no estar “ante una vulneración de derechos”.