Usando una ley inédita adoptada por Francia en 2017, representantes de los pueblos indígenas y de ONG citaron en marzo de este año ante la Justicia francesa a la multinacional de distribución Grupo Casino, dueña en Uruguay de la cadena de supermercados Disco, Devoto y Géant. Los demandantes estiman que la venta de productos a base de carne bovina sudamericana contribuye a la deforestación ilegal de la Amazonia y al acaparamiento de las tierras de los pueblos indígenas.

Este juicio no hubiera sido posible sin la adopción en 2017, por Francia, de la ley “relativa al deber de vigilancia de las empresas matrices y de las empresas contratistas”. Una ley inédita que impone a los grupos franceses con actividades transnacionales que prevengan todo riesgo social, ambiental o de gobernanza a lo largo de su cadena de valor.

Levantar el velo jurídico

Las premisas de la ley se encuentran, implícita o explícitamente, en varios acuerdos y textos de referencia con respecto a las empresas transnacionales. Por ejemplo, los principios rectores sobre las empresas y los derechos humanos, aprobados en 2011 por el Consejo de los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), prevén que las empresas cuenten con “un proceso de diligencia debida en materia de derechos humanos para identificar, prevenir, mitigar y rendir cuentas de cómo abordan su impacto sobre los derechos humanos”.

Entre otros escándalos –como el derrame de petróleo en México o la contaminación de Chevron Texaco en Ecuador–, la muerte en 2013 de 1.138 obreros textiles a raíz del derrumbe del Rana Plaza en Bangladesh aceleró el cuestionamiento sobre la responsabilidad de los grupos transnacionales. Por eso se presentó el mismo año una primera propuesta de ley relativa al deber de vigilancia en Francia, que fue seguida por otra en 2015, marcada por una alta participación de la sociedad civil. Para Claire de Hauteclocque, una jurista francesa especializada en derechos humanos, la adopción de la ley en 2017 fue una “victoria común de las ONG, de las organizaciones sindicales, del ámbito universitario y de los diputados que trabajaron en conjunto para elaborar la ley”.

Desde entonces, las empresas basadas en Francia con más de 5.000 empleados en ese país o más de 10.000 en todo el mundo deben establecer y aplicar un plan de vigilancia que incluye un mapeo de riesgos, procedimientos de evaluación periódicos de su cadena de valor, medidas para mitigar los riesgos y prevenir todo perjuicio, mecanismos de detección de riesgos, así como sistemas de evaluación y de seguimiento de las medidas. Si una empresa no cumple con esos requisitos, “cualquier persona que justifique un interés por actuar” (víctimas, sindicatos, asociaciones) puede acudir a la Justicia: el juez puede intimar a la empresa a que cumpla con la ley en un plazo de tres meses.

Según confió Claire de Hauteclocque a la diaria, uno de los elementos clave de la ley “es la noción de responsabilidad de las multinacionales más allá de sus fronteras”. Frente a una nueva realidad económica compuesta de “muchas multinacionales, con filiales por todas partes del mundo y cadenas de valor extremadamente complejas”, el deber de vigilancia permite levantar el “velo jurídico”, es decir, “la imposibilidad –o gran dificultad– de demostrar los vínculos entre la filial de un país y la empresa matriz de otra”. Un logro diplomáticamente delicado, dado que imponer la ley de un país en otro podría amenazar la soberanía estatal. “Esos últimos años, vimos que ciertos países trataron de enjuiciar a grupos transnacionales, y fallaron. También por eso los países del sur, en particular Ecuador y Sudáfrica, apoyan el deber de vigilancia en la ONU”, precisa la jurista.

Estreno con la petrolera Total: la falta de “jurisdicción competente”

Mientras que en 2017 se adoptó la ley, 2018 fue el año de los primeros planes de vigilancia y 2019 el de las primeras denuncias; entre ellas, dos fueron contra la petrolera Total. La primera, llevada adelante por ONG y administraciones locales francesas, se centró primero en la falta de compromisos climáticos en su plan de vigilancia, y después de modificaciones hechas por Total, en su insuficiencia para respetar el acuerdo de París. La segunda la condujeron ONG francesas y ugandesas en torno a dos proyectos de Total en Uganda, y la falta de consideración en su plan de vigilancia de los riesgos que implican.

“En ambos casos, la estrategia de defensa de Total pareció ser la misma: concentrarse en la forma y no en el fondo”, anotó Claire de Hauteclocque. De hecho, la ley no menciona qué jurisdicción es competente en la materia, y mientras Total aboga por la corte comercial, los demandantes acuden al tribunal judicial. En octubre del año pasado, la corte de apelación de Versalles le dio la razón a la petrolera y entregó el caso ugandés al tribunal comercial. Pero pocos meses después, el tribunal judicial de Nanterre se declaró competente para juzgar el caso climático, contradiciendo el veredicto de la corte de Versalles.

Según explicó la jurista a la diaria, “es inherente al derecho: ninguna evolución reglamentaria se hizo en unos años. Elegir la jurisdicción competente es una pregunta importante, porque trata del alcance que se dará al deber de vigilancia. Optar por el tribunal comercial lo reduciría a un caso de gestión interna de las empresas”. Sin embargo, la estrategia de Total parece haber sido efectiva: a principios de abril se inició oficialmente el proyecto de extracción de Total en Uganda.

La apuesta es al “cambio de prácticas”

El grupo Casino tiene actividades en Brasil (Grupo Pão de Açúcar) y en Argentina desde 1998, en Colombia desde 1999, y en Uruguay desde 2000, donde se reivindica “líder del mercado” gracias a sus filiales Devoto, Disco y Géant. Un gigante de 123 años cuyas ventas superan los 30.000 millones de euros –o sea, más de la mitad del producto interno bruto uruguayo– y cuyo lema “alimentar un mundo de diversidad” resuena particularmente desde marzo, cuando representantes de los pueblos indígenas y ONG lo citaron a juicio por el presunto impacto socioambiental de sus ventas de productos a base de carne bovina.

La citación se produjo a raíz de una investigación realizada por la ONG Envol Vert que revela cómo algunos proveedores de carne del grupo participan en la tala ilegal de la Amazonia en tierras indígenas. Tras ser intimado, Casino contestó que respeta plenamente el deber de vigilancia y afirmó “no cesar, en asociación con las ONG locales e internacionales, de mejorar el control de los proveedores y de las haciendas”. Para Claire de Hauteclocque, cabe subrayar que este juicio va más allá de una obligación de forma: “El plan de vigilancia de Casino es relativamente ambicioso con respecto a los otros distribuidores, pero la sociedad civil investigó y demostró que, en la práctica, no permitió remediar los riesgos. Ahora el grupo tendrá que demostrar que sus acciones lo permiten, lo que implica un cambio de fondo dentro de las empresas”.

Además, la jurista destaca la herramienta nueva que constituye el deber de vigilancia para una sociedad civil que tiene cada vez más capacidades legales y de sensibilización. “Más allá del juicio, la victoria reside en el cambio de prácticas del grupo Casino, así como de los otros distribuidores que tengan prácticas semejantes”. La ley francesa fue, entonces, un ensayo que permitió “sembrar semillas. Las evoluciones del deber de vigilancia las vamos a ver quizá a lo largo de diez años. Lo importante es que reunió a varios actores e incitó a otros países, como Noruega, Suiza y Luxemburgo, a hacer lo mismo”. A principios de marzo, el Parlamento europeo adoptó una resolución a favor de una nueva legislación europea que instauraría “exigencias vinculantes” sobre la vigilancia de las empresas de la Unión. “Será una versión mucho más completa del trabajo que iniciamos en Francia”, concluye la jurista.