Con el objetivo de definir “los lineamientos técnicos, parámetros y principios de uso sostenible de los recursos hídricos y la adquisición de las capacidades para la gestión sustentable de los mismos”, OSE contrató una consultoría de la empresa estatal israelí Mekorot, encargada del agua. La medida se tomó en el marco del Convenio de Cooperación Científica y Técnica entre Uruguay e Israel, que data de 1970. Para poder llevarla adelante, OSE autorizó un crédito de 275.000 dólares. Sin embargo, el 25 de mayo el Tribunal de Cuentas observó el gasto que se hizo por compra directa.

La resolución del ente, a la que accedió la diaria, expresa que el servició se pagará con un adelanto de 35.000 dólares y seis pagos bimestrales de 40.000 dólares. A su vez, la duración del contrato es de 12 meses, pero podría prolongarse por un acuerdo de las partes, aunque se establece que “la contraprestación pagadera por OSE a la Consultora por cada mes adicional de prestación de los servicios ascenderá a 30.000 dólares”. La empresa israelí tiene que entregar informes de avance a lo largo del proceso. En mayo le dio a OSE el primero, en el que hizo recomendaciones para llevar adelante el proyecto Neptuno.

El acto administrativo se amparó en el artículo 33 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (Tocaf), que permite la compra directa cuando las adquisiciones “se realicen en el marco de acuerdos intergubernamentales o con entidades estatales extranjeras que involucren un intercambio compensado con productos nacionales de exportación”.

El Tribunal de Cuentas expresó en su resolución que el convenio con Israel determina que “se pondrá en práctica mediante el intercambio de expertos, técnicos, informaciones científicas y técnicas en los campos y en la forma que determinen en los acuerdos operativos correspondientes”. En estos acuerdos se deberá determinar “todo lo correspondiente a cursos de estudios y perfeccionamiento, otorgamiento de becas y suministros de cualquier forma de cooperación científica y técnica que las partes convengan”. El organismo de control entiende que estos aspectos “no surgen acreditados en estas actuaciones”, es decir, en la contratación de Mekorot para la consultoría, y por esta razón no cumple con la excepcionalidad de la compra directa establecida en el Tocaf.

Asimismo, determina que la contratación directa tampoco se encuadra en la segunda causal de excepción prevista en el artículo 33, ya que no se trata de adquisiciones con “entidades estatales extranjeras” que “involucren un intercambio compensado con productos nacionales de exportación”.

Los ministros del Tribunal de Cuentas Francisco Gallinal y Darwin Machado plantearon su “voto discorde” en la resolución, por considerar que la adquisición sí se encuentra dentro del artículo esgrimido por OSE en el contrato.

Antecedentes complicados

“Mekorot es una empresa absolutamente cuestionada por su política antiderechos, por su política de apartheid con los ciudadanos de Palestina. Fue denunciada internacionalmente por sus antecedentes en toda esta temática. Nos alerta mucho que el Estado uruguayo estuviera siendo asesorado por una consultora que fue rechazada en muchos países por su violación sistemática de derechos humanos”, apuntó María Selva Ortiz, integrante de Redes-Amigos de la Tierra. Sumó que la empresa no les merece “ninguna garantía” y que ahora se suma la observación realizada por el Tribunal de Cuentas.

Recordó que Amnistía Internacional denunció en 2009 a la empresa en su informe Israel y los territorios palestinos ocupados: aguas turbulentas, negación del derecho de acceso al agua a la población palestina. Allí se recuerda que después de “la ocupación israelí de Cisjordania, incluido Jerusalén Oriental y la Franja de Gaza, en junio de 1967”, las autoridades militares “consolidaron el poder absoluto sobre todos los recursos hídricos y las infraestructuras relacionadas con el agua” en los territorios palestinos ocupados. Al haber transcurrido décadas, consideran que siguen sin permitirles “satisfacer sus necesidades” y no hay “una distribución equitativa de los recursos hídricos compartidos”.

“Al tiempo que se restringe el acceso de la población palestina al agua, Israel ha desarrollado de hecho sus propias infraestructuras hídricas y su red de abastecimiento de agua en Cisjordania para uso de sus propios ciudadanos en Israel y en los asentamientos, que son ilegales en virtud del derecho internacional. Mekorot, la empresa israelí de abastecimiento de agua, ha perforado sistemáticamente pozos y ha explotado manantiales en la Cisjordania ocupada para abastecer de agua a su población, incluida la que vive en asentamientos ilegales, para uso doméstico, agrícola e industrial”, revela el informe.

En el documento se afirma que si bien Mekorot vendía parte del agua a empresas de suministro de agua palestinas, las autoridades israelíes decidían el volumen. Determina que esto trae como consecuencia “las continuas restricciones” y que muchas comunidades palestinas de Cisjordania se veían obligadas a comprar agua que se transportaba en camiones “a precios mucho más elevados, de entre cuatro y diez dólares por metro cúbico”. Y enfatiza: “En algunas comunidades más pobres, el gasto de agua puede representar en ocasiones la mitad de los ingresos mensuales de una familia”.