El 17 de agosto la multinacional finlandesa UPM informó mediante un comunicado que había ocurrido un “incidente” en la planta de Paso de los Toros, operativa desde hace cuatro meses. Allí manifestó que “se registraron elevados valores de pH y se habría identificado la presencia de hidróxido de sodio en un tramo de un curso de agua dentro del predio industrial y de un campo lindero al sitio”, que tuvo como resultado la afectación de la biota acuática. La empresa indicó que “informó a las autoridades ambientales del caso y proporcionó la información disponible”.
En su momento, la diaria intentó entablar contacto con autoridades del Ministerio de Ambiente (MA) para conocer más sobre el hecho, pero no obtuvo respuesta. Por esta razón, decidió hacer un pedido de acceso a la información pública el 5 de setiembre. El 27 del mismo mes se notificó que, “dado lo complejo de la situación”, la cartera ambiental decidió hacer uso del período de prórroga estipulado en la Ley 18.381. Es decir, tienen disponibles 20 días más desde la fecha para entregar la información solicitada.
Finalmente, este domingo Sudestada comunicó que se trató de un derrame de 900 a 1.000 metros cúbicos de soda cáustica –cifra que equivale a cerca de un millón de litros–. Se produjo desde una pileta no adecuada para almacenar este producto, según detalló el medio. Obtuvieron la información en la Comisión de Seguimiento del megaemprendimiento, que es abierta al público y fue instalada por el gobierno para acompañar la etapa de instalación y funcionamiento de la planta de celulosa. A su vez, resaltó que el nivel de pH medido en la zona afectada superó el 13 (el máximo de la escala de alcalinidad es 14). En un video que compartió Sudestada se podía observar la mortandad de peces causada por el derrame.
Nuevo crimen ambiental de UPM
— Sudestada (@sudestada_uy) October 2, 2023
Un derrame de soda cáustica de UPM Paso de los Toros en la zona franca y un predio vecino, aniquiló toda la vida vegetal y animal del terreno y un arroyo que desemboca en el río Negro
Víctor L. Bacchetta
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Este lunes, el diputado de Cabildo Abierto Rafael Menéndez planteó que llamarán al titular del MA, Robert Bouvier, para que concurra a la Comisión de Ambiente de la cámara baja con el objetivo de analizar la situación. Asimismo, un día después, el subsecretario del MA, Gerardo Amarilla, dijo a Telemundo que “a partir de un accidente hubo un vertido de una sustancia que estaba en un depósito hacia una cañada anexa a la empresa”. “Hubo daños que se constataron por el ministerio, que realizó la inspección del caso”, señaló. También afirmó que el hecho generó “consecuencias importantes en la biodiversidad de la cañada” y afectó “la flora, la calidad del agua y se constataron peces muertos”.
El jerarca apuntó que se comenzó el trámite administrativo para establecer cuál será la sanción a la empresa. “La multa propuesta es de 1.000 unidades reajustables, pero el trámite está en proceso de descargos y resolución, por tanto, no está firme el monto”, indicó. 1.000 unidades reajustables son poco más de 40.000 dólares. Amarilla agregó que “es una más de las 1.000 denuncias y cientos de multas que se aplican por año”.
En junio, la Cámara de Senadores aprobó un proyecto de ley que busca incorporar los delitos por la contaminación de aguas, suelo, aire, la afectación de la biodiversidad y la información falsa en estas temáticas al Código Penal. Aún resta la discusión en la Cámara de Representantes. Sin embargo, es necesario recordar que son varias las iniciativas similares que han sido encajonadas por los parlamentarios, incluso se remontan hasta 2003. Asimismo, Sudestada recordó en su nota que los artículos 218 y 225 del Código Penal –que se encuentran en el capítulo donde se estipulan los delitos contra la salud pública– tratan sobre el envenenamiento o adulteración de aguas destinadas a la alimentación, como son los cursos de agua en zonas de producción agrícola y ganadera o de esparcimiento de las poblaciones cercanas. “El que envenenare o adulterare, en forma peligrosa para la salud, las aguas o sustancias destinadas a la alimentación pública, con o sin lesión efectiva de tales bienes, será castigado con doce meses de prisión a dieciséis años de penitenciaría”, dice la normativa.