La Intendencia de Rocha colocó polémicos carteles en la obra de adoquinado en la faja de defensa de costas de Punta del Diablo sin contar con autorización del Ministerio de Ambiente. La medida había sido adelantada por el candidato y exintendente de la comuna, Alejo Umpiérrez, en diálogo con Radio Ulmá. “Por resolución de Juzgado Letrado de lo Civil de 9° Turno en el juicio ‘Laporta Míguez, Paula y otros C/IDR y otro prohibición de innovar’ IUE.2-1008/2025 se prohibió a la IDR realizar toda obra sobre el tramo de la Bajada de los Pescadores razon [sic] por la cual no se realizará mas [sic] mantenimiento de tosca para evitar contaminacion [sic] en las playas”, dicen los letreros.

Los carteles hacen referencia a la medida cautelar de no innovar presentada por vecinos y vecinas de Punta del Diablo y a la sentencia del juez Alejandro Recarey amparada en informes realizados por la Institución Nacional de Derechos Humanos y el Instituto de Ecología y Ciencias Ambientales de la Facultad de Ciencias de la Universidad de la República. La medida de no innovar, aceptada por el magistrado, tendrá vigencia hasta que “se cuente con la correspondiente autorización ambiental previa” o “se verifique resolución judicial expresa en sentido contrario”. Asimismo, también aclara que la herramienta legal detiene “las obras de adoquinado y no otras tareas de mantenimiento ambiental ajenas a las mismas”.

Luego de que los letreros fueron instalados por la Intendencia de Rocha, la Red Unión de la Costa –integrada por más de 100 agrupaciones de residentes y técnicos especializados en los problemas de la costa uruguaya– manifestó su solidaridad con los vecinos y vecinas del balneario. En una misiva, subraya que la comuna, “tergiversando las consecuencias de una decisión judicial, pretende culpabilizarlos por sus acciones en defensa del ambiente y respeto de las normas vigentes para la protección de la franja costera”. La organización afirma que Umpiérrez “señaló con nombre y apellido a las vecinas y vecinos del lugar que solicitaron a la Justicia” la adopción de la medida de no innovar hasta que se cuente con autorización ambiental.

“El Poder Judicial, a través de su representante, fue quien se expidió respondiendo a la inquietud planteada por ciudadanos comprometidos con derechos que unen estrechamente lo humano con lo ambiental”, declara la red. Agrega que Umpiérrez hizo que “la intendencia colocara un cartel en la vía pública de Punta del Diablo con las mismas palabras utilizadas por el candidato en la audición radial [sus declaraciones en Radio Ulmá], lo que configura un desconocimiento de la Justicia por el gobierno departamental”.

La Red Unión de la Costa manifiesta que el accionar es “un claro ejemplo de violación del artículo 9 del Acuerdo de Escazú, refrendado por el gobierno uruguayo, que se centra en la protección de las personas defensoras de los derechos humanos ambientales”. En ese sentido, la organización recuerda que allí se establece que cada país “garantizará un entorno seguro y propicio en el que las personas, grupos y organizaciones que promueven y defienden los derechos humanos en asuntos ambientales puedan actuar sin amenazas, restricciones e inseguridad”.

A su vez, el texto de la Red Unión de la Costa señala que cada país “tomará las medidas adecuadas y efectivas para reconocer, proteger y promover todos los derechos de los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales, incluido su derecho a la vida, integridad personal, libertad de opinión y expresión, derecho de reunión y asociación pacíficas y derecho a circular libremente”. Finalmente, cada país también deberá llevar adelante “medidas apropiadas, efectivas y oportunas para prevenir, investigar y sancionar ataques, amenazas e intimidaciones que los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales puedan sufrir en el ejercicio de los derechos” contemplados en el acuerdo.

Por último, la Red Unión de la Costa indica que el fallo establece que la Intendencia de Rocha “no deberá desentenderse del mantenimiento del tramo, ya que la medida de ‘no innovar’ solamente detiene las obras del adoquinado y no los trabajos de mantenimiento que nada tienen que ver con lo propuesto por el juez”. “Configura una irregularidad sin precedentes que un exintendente esté anunciando medidas en nombre de una intendencia de la cual, en este momento y formalmente, no es parte, y mucho menos ordenar poner una cartelería que pretende culpabilizar a personas que, en todo su derecho, defienden un bien natural como es la franja costera”, enfatiza.