Las organizaciones sociales que presentaron en octubre de 2014 un petitorio para transparentar el proceso de designación de los integrantes de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) -demanda que reiteraron en junio de 2015 y nuevamente en enero de este año- aseguran que el mecanismo parlamentario que determina la elección de los ministros no cumple con la Ley de Derecho a Acceso a la Información Pública, la 18.381.

Integrantes de Mujer Ahora y el Centro de Archivo y Acceso a la Información Pública (Cainfo) presentaron, el 24 de enero, un pedido de acceso a la información por el que requieren a la Asamblea General los antecedentes vinculados a las designaciones de ministros de la SCJ desde enero de 2014 hasta la fecha. Esto implicaba conocer el procedimiento de nombramiento de Felipe Hounie, quien ocupó el cargo automáticamente, por antigüedad, y el de Elena Martínez, votada por la Asamblea General. El plazo está establecido en enero de 2014 porque en diciembre de 2013 se introdujeron modificaciones a la Ley 18.381, en su artículo 9 literal G. Este cambio implicó que los asesoramientos, opiniones o recomendaciones que formen parte del proceso deliberativo de los sujetos obligados “deberán estar documentados” y que esa información puede considerarse reservada únicamente mientras dure el proceso de deliberación, debiendo ser pública una vez tomada una decisión.

La respuesta a la solicitud de acceso estuvo lista una semana después, el 31 de enero, y consistió en un disco compacto con tres archivos: el diario de sesiones de la Asamblea General del 12 de noviembre de 2014, cuando la SCJ informó de la vacante producida por el cese de Julio César Chalar; el del 9 de febrero de 2015, que da cuenta de la toma de juramento de Hounie en la SCJ; y el del 2 de setiembre de 2015, cuando se votó la designación de Elena Martínez, donde no consta que los legisladores hayan fundamentado su voto.

“En definitiva”, señala el comunicado de las organizaciones sociales, “ninguno de los antecedentes entregados da cuenta del proceso deliberativo previo a la decisión y en el que se sustentó la decisión adoptada por el cuerpo legislativo”. Las organizaciones aclaran que el objetivo de la solicitud de acceso no fue cuestionar los méritos de los integrantes de la SCJ, sino “evidenciar una práctica parlamentaria que es insostenible. La respuesta que ha brindado el Parlamento así lo ejemplifica. La democracia del siglo XXI no admite que una decisión tan trascendente para la vida de un país, como lo es la integración de su máximo órgano judicial, sea adoptada sin que la ciudadanía pueda conocer sus fundamentos y sin que exista una debida rendición de cuentas por parte de quienes la adoptan”, opinan.

Sin excusas

Tania da Rosa, integrante de Cainfo, dijo a la diaria que lograr que el mecanismo de elección de los integrantes de la SCJ sea transparente no requiere una reforma de la Constitución, tal como declaró la senadora frenteamplista Lucía Topolansky. Para la legisladora del Movimiento de Participación Popular, una reforma constitucional permitiría modificar lo que entiende que es “la esencia” del procedimiento de elección de los ministros: las mayorías especiales de dos tercios de los votos.

“Discrepamos ampliamente con lo que sostiene Topolansky, porque nosotros no planteamos un cambio en el acto de designación o en los requisitos para ser elegible que establece la Constitución, lo que planteamos es que cambie el proceso de elección que precede a la designación, esa toma de decisión. Eso corresponde a un cambio de práctica, no requiere mayor presupuesto ni modificación normativa, sino que se realice el procedimiento conforme a los estándares interamericanos en cuanto a criterios para garantizar la transparencia”, sostuvo Da Rosa.

La integrante de Cainfo opinó que es “insostenible” que actualmente “no se expliciten los criterios, los fundamentos de una decisión tan importante”, y agregó que la respuesta al pedido de acceso realizado demuestra que no están documentados esos elementos ni son públicos.

Da Rosa insistió en que el pedido de transparencia apunta a conocer “cómo se llega a la conclusión de que esa persona elegida es la más idónea para obtener ese cargo, qué criterios objetivos se establece”. “Hasta ahora pareciera que está todo dentro de un gran paquete de cargos dentro del Estado, eso ciertamente no es un criterio adecuado, más cuando se habla del máximo órgano de justicia de un país y de cargos por diez años”, aseguró Da Rosa.