Ayer, en la sala Acuña de Figueroa del edificio anexo del Palacio Legislativo, se organizó un debate sobre el voto en el exterior que contó con la presencia de representantes de todos los partidos políticos y de la senadora chilena Isabel Allende –llegó al final porque se retrasó su vuelo–, redactora de la ley que habilitó esa forma de votar para ciudadanos de su país. La charla fue organizada por la Coordinadora por el Voto en el Exterior y la Fundación Friedrich Ebert.

Vale recordar que en diciembre la Cámara de Representantes aprobó un proyecto del oficialismo titulado “Derechos y obligaciones inherentes a la ciudadanía”, en el que se declara, con carácter interpretativo de los artículos 77 –inciso primero– y 81 de la Constitución de la República “que el hecho de residir fuera del país no obsta al ejercicio” de tales derechos y obligaciones. A su vez, el segundo artículo del proyecto dispone la creación de una comisión honoraria con el fin de elaborar un proyecto y un informe narrativo en el que se analicen “las alternativas jurídicas para la instrumentación del voto por parte de los ciudadanos uruguayos residentes en el exterior, el cual será remitido al Poder Legislativo para su consideración”. También cabe señalar que la aprobación de aquel proyecto en Diputados incluyó una buena dosis de polémica, ya que la oposición señaló que era inconstitucional y se retiró de la sala a la hora de votar.

Antes de presentar la visión de los partidos políticos, la ex jueza Mariana Mota, presidenta de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH), abrió el debate señalando que Uruguay es el único país de América del Sur que todavía no habilitó el voto en el exterior, y agregó que el organismo que preside publicó tres informes en los que se exponen distintos argumentos, basados en la normativa internacional, para recomendar que Uruguay ampare el derecho de votar en el exterior.

Además, Mota destacó las palabras del especialista Héctor Gros Espiell, quien dijo que en términos “estrictamente jurídicos” el derecho al voto de los ciudadanos que están en el exterior deriva directamente de la Constitución, fundamentado en el artículo 77, inciso primero: “Todo ciudadano es miembro de la soberanía de la Nación; como tal es elector y elegible en los casos y formas que se designarán”. Según Gros Espiell, subrayó Mota, la ley solamente puede regular el texto constitucional para ver cómo se ejerce ese derecho, “pero no puede negarlo o concederlo”. La ex jueza argumentó que el plebiscito de 2009 sobre el voto epistolar, que no fue aprobado, “no era sobre el derecho en sí, sino sobre la forma en que se ejercía el derecho”. Por último, Mota señaló que la INDDHH recomienda la aprobación del proyecto que ahora está en el Senado, porque es un “avance en la protección” del derecho al voto en el exterior.

El senador frenteamplista Charles Carrera, presidente de la Comisión de Constitución y Legislación de la cámara alta, señaló que la intención de la bancada de senadores oficialista es aprobar el proyecto en junio. Además, dijo que comparte las recomendaciones de la INDDHH y subrayó que “no hay ninguna norma que prohíba el ejercicio del derecho al voto”, y que en el exterior hay 500.000 uruguayos “de todos los partidos” que están reclamando ejercer ese derecho.

Beatriz Argimón, presidenta del Directorio de Partido Nacional, sostuvo que para el debate parlamentario del proyecto se debería tener en cuenta la palabra de la Corte Electoral, ya que es el organismo que tiene competencia en este tema, que involucra un debate técnico “muy fuerte”. Opinó que hay que enfocar la discusión también en el voto interdepartamental, ya que, por ejemplo, muchos estudiantes que viven en Montevideo subrayan que sólo pueden votar observados en sus departamentos de origen. “Yo no puedo adelantar una posición como partido porque dentro de 15 días vamos a tener un debate por este tema. E independientemente de la posición a la que lleguemos, aspiro a que podamos tener un debate aggiornado a los requerimientos de estos tiempos”, finalizó Argimón.

Gustavo Espinosa Mármol, secretario de Asuntos Intencionales del Partido Colorado (PC), subrayó que la ciudadanía ya se expidió sobre el tema en el plebiscito de 2009, y citó el primer artículo de la Constitución: “La República Oriental del Uruguay es la asociación política de todos los habitantes comprendidos dentro de su territorio”. Luego señaló que “queda claro” que en el texto se excluye a los que viven fuera del país (mientras expresaba esto, Mota hizo reiteradas veces el gesto de negar con la cabeza). Espinosa indicó que el PC tampoco tiene una opinión formal sobre este proyecto, pero que, de todas maneras, “sobre todas las interpretaciones está el poder del elector”, y reiteró que en el plebiscito de 2009 se le dijo que no al voto epistolar. Agregó que personalmente no está de acuerdo con el proyecto de ley que ya tiene media sanción. Por último, el representante colorado informó que el lunes 9 de junio la Convención Nacional del partido tiene previsto adoptar una posición colectiva sobre este tema.