En la Unidad 9 del Instituto Nacional de Rehabilitación (INR) están alojadas las mujeres privadas de libertad que viven con sus hijas e hijos. Las mujeres son trasladadas a esa cárcel a partir del quinto mes de embarazo y allí se alojan durante los primeros años de crianza. Se ubica contigua a la cárcel de mujeres, Unidad 5 Femenino, en el barrio Colón, en la sede del ex hospital psiquiátrico Musto. Actualmente hay diez mujeres privadas de libertad con sus hijas e hijos. Según informó Las cosas en su sitio, de Radio Sarandí, durante el turno de la noche del 15 de junio dos enfermeros abusaron sexualmente de una mujer privada de libertad. A cambio de sexo oral, entregaron psicofármacos y alcohol en gel.

Recién el 11 de setiembre se recibió una denuncia que generó una investigación interna en la Administración de Servicios de Salud del Estado (ASSE), de la que depende el Servicio de Atención Integral para Personas Privadas de Libertad (SAI-PPL).

Los dos enfermeros fueron trasladados a una unidad “donde no haya mujeres privadas de libertad”. La coordinadora fue cesada por “un manejo inadecuado, por informar tardíamente sobre el caso”. La demora fue de tres meses. Según informó ASSE, la demora se debió a que estaba de licencia médica y “se la trasladó porque estaba al tanto de los hechos”. Según informó una fuente a Sarandí, “la coordinadora informó verbalmente a la dirección de SAI-PPL, que respondió que ‘no hagan nada’”.

La emisora también entrevistó a Héctor Suárez, director de Salud Mental de ASSE, de la que depende SAI-PPL. El especialista en Gestión de Servicios de Salud, que se definió como vocero por ASSE para este caso, dijo que “no se plantea una denuncia de abuso sexual, porque lo que se plantea es una relación consentida para favorecer el ingreso de medicamentos y otras cosas”.

El delito de abuso sexual estaría dado porque existe una relación desigual entre ambas personas: una mujer privada de libertad bajo la tutela del Estado y un auxiliar de enfermería encargado de asistir la salud en la cárcel y repartir la medicación –que incluye psicofármacos– en el turno de la noche. Cuando se le plantea a Suárez la naturaleza del vínculo, relativiza la situación al responder que no son los encargados, sino “dos funcionarios que trabajan en el turno de la noche”. Consultado sobre por qué no se ha presentado denuncia penal, explicó que “la directora de SAI-PPL se enteró del hecho irregular en el que estaban involucrados dos enfermeros de la noche, y se resolvió el traslado a los enfermeros a unidades penitenciarias donde no hay mujeres”. Apuntó a la institución carcelaria: “Desconozco si las autoridades de la cárcel enteradas del caso hicieron la denuncia”. Al no estar al tanto del caso, no hubo denuncia del INR.

Ante la existencia del delito y la relativización que hizo el jerarca, Mario Spangenberg Bolívar, decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica, consultado por la emisora, certificó que se estaría ante un claro caso de abuso sexual, porque si existe “abuso de poder –intrínseco en este caso por el vínculo–, presión psicológica o intimidación”, se constituye el delito. La Ley 19.580, de Violencia Basada en Género contra las Mujeres, incorpora estos aspectos en los delitos contra la libertad sexual.

Martín Fernández, abogado docente de Derecho Penal de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República, explicó a la diaria que “en las situaciones de privación de libertad vinculadas a estas conductas existe abuso de poder porque se afecta la libertad sexual de la persona privada de libertad. El abuso de poder y el intercambio de cosas en la privación de libertad pueden afectar el consentimiento para actos sexuales. Y eso es afectar la libertad sexual”.

Para Fernández, “esta conducta podría adecuarse típicamente en el artículo 272 bis del Código Penal, que incluso plantea una presunción de violencia cuando el acto es con una persona arrestada o privada de libertad”. Si bien explicó que no se trata de un funcionario a cargo de la custodia de la mujer, se marca una pauta interpretativa para valorar el abuso de poder porque la persona privada de libertad se encuentra en situación de vulnerabilidad. “Hay un prevalecimiento de la situación de poder”, sostuvo, y agregó que “más allá de lo delictivo o no delictivo, claramente es un trato cruel, inhumano y degradante”.

Para este delito se prevén penas privativas de libertad. También existe la obligatoriedad en la denuncia. En caso contrario, podría configurarse un delito de omisión de denuncia de parte de funcionarios públicos, quienes están obligados a denunciar este y otros delitos, así que ante esta situación podrían estar expuestos penalmente.

Marlene Sica, vicepresidenta de ASSE, brindó una entrevista en vivo a Sarandí en la que expresó que “institucionalmente se toma conocimiento asociado a ‘hechos inadecuados’”. La información que maneja ASSE es que “una mujer privada de libertad estaba frente a la puerta del servicio de salud”. “Se encontraban dos enfermeros varones de SAI-PPL, de ASSE, realizando la guardia y se le llama la atención a la persona privada de libertad que se encontraba en la puerta de ingreso del servicio. Eso es lo que se constata”, explicó.

El servicio de salud de la Unidad 9 es de fácil acceso, ya que está situado en la misma ala en la que viven las mujeres privadas de libertad con sus hijas e hijos. “La supuesta irregularidad era que estaban parados frente a ese servicio de atención hablando y no estaba prestando un servicio sanitario. Por eso se determinó una investigación”, dijo. Además de la investigación administrativa, que está en curso todavía, en ese momento se decidió el traslado de los enfermeros.

Sica explicó que “hay una serie de comentarios de funcionarios que aún no se han comprobado y por eso se inicia la investigación”, y que “lo que se relata inicialmente, que es sobre lo que ASSE tiene conocimiento formal, no es mucho más que eso”. Los comentarios hablan de un “presunto intercambio de favores”.

Respecto de los pasos a tomar, Sica fue contundente: “Si en la investigación administrativa se identifica la gravedad y la complejidad mencionadas, sin duda que se va a actuar en consecuencia, tanto desde la denuncia penal correspondiente como a través de las acciones administrativas a los funcionarios”. Dijo que se actuará a nivel administrativo, judicial y penal.

Consultada sobre las declaraciones del jerarca de ASSE respecto del caso, se desmarcó y señaló con firmeza: “Las declaraciones del director de Salud Mental recaen en la responsabilidad de lo que él implica. En lo que respecta al directorio de ASSE, no tenemos esa información. Desde lo personal, profesional e institucional, no se comparte de ninguna manera. No hago propias del directorio las palabras del director de Salud Mental”. También expresó que mañana, en la sesión del directorio de ASSE, se tratará este tema, “no sólo los avances de la investigación, sino los planteos del director de Salud Mental”.

No dudó en decir que claramente se estaría ante un delito, dada la relación de poder existente en el ambiente de reclusión. “Si eventualmente hubiera sucedido, en ningún momento puede haber un relacionamiento consentido de estas características, porque hay una relación de poder entre las personas privadas de libertad y los funcionarios”, explicó.

Mañana se resolverá el futuro laboral del jerarca, y los resultados de la investigación de este caso estarán disponibles en 15 días.

La fiscal Sylvia Lovesio, de la Fiscalía de Delitos Sexuales de cuarto turno, tomó el caso. Se inició un proceso de investigación y se evalúan las citaciones correspondientes para determinar responsabilidades ante este delito.