La fiscal penal de 1er Turno, Gabriela Fossati, solicitó el procesamiento con prisión de Alberto Fernández, ex dueño de la pesquera Fripur, por violar la Ley de Prenda, al vender más de 1.000 toneladas de pescado que funcionaban como garantía de los préstamos con el Banco República (BROU). Este jueves el empresario declarará ante la jueza Isaura Tórtora, informó este miércoles de mañana el programa radial Todo pasa, de Océano FM.

Luego de declararse en quiebra, la pesquera entró en concurso en 2014 para pagar las deudas a sus acreedores, entre ellos el BROU, el Banco de Previsión Social y UTE. El empresario firmó dos garantías de prenda “sin desplazamiento”, es decir, 1.383 toneladas de pescado conservadas en stock, por una suma de 10,3 millones de dólares. Al no abonar lo adeudado, el BROU inició el juicio para obtener la prenda, pero cuando concurrieron a buscar el pescado “detectaron que gran parte de la mercadería no estaba”, dice el dictamen de la fiscal.

De una deuda de 37 millones de dólares más 2,8 millones de intereses a 2014, el BROU ha cobrado 21.770.000 dólares de lo adeudado, según información de la institución bancaria. Entre las medidas para cobrar lo adeudado, el BROU logró ejecutar una propiedad en Punta Carretas de uno de los ex directores de Fripur, al tiempo que obtuvo dinero por la venta de mercadería prendada, entre otras cosas. Además, en junio ganó un juicio en primera instancia para ejecutar una propiedad en Carrasco de Alberto Fernández, que fue adquirida por intermedio de una sociedad anónima, por un valor de 1,5 millones de dólares.

Si bien la Fiscalía entiende que está debidamente comprobado que Alberto Fernández tenía un cargo destacado en la empresa –Máximo Fernández, su hermano fallecido, era el presidente y él era el vicepresidente–, el indagado declaró ante la Justicia que operó como “vendedor” y que, en realidad, eran “su hermano, sobrina y su familia quienes tomaban las decisiones de la empresa”. Fernández dijo que “alguna vez concurrió al banco enviado por su hermano” y que “ignoraba” que la mercadería estaba prendada. Según dijo, “él sólo firmaba lo que se le decía y punto”, consigna el dictamen de la fiscal.

Sin embargo, la fiscal concluye que está “suficientemente acreditado” que Alberto Fernández no era un “simple vendedor”, sino “socio fundador, integrante del directorio y vicepresidente de Fripur”, por lo que tiene responsabilidad en la desaparición de la mercadería prendada. Según la Ley de Prenda (17.228), la persona que oculta la mercadería prendada o la mueve para “eludir la ejecución” puede recibir una pena de tres meses a cuatro años de penitenciaría.

Por otra parte, la norma establece que los bienes prendados pueden ser vendidos a un comprador, pero previamente se le tiene que pagar al acreedor todo lo adeudado, salvo que exista un “consentimiento expreso” por escrito, en el que se registre el cambio del titular de la prenda. Según la fiscal, el indagado hizo hincapié en la “calidad perecedera de la mercadería prendada”, pero la ley, justamente, plantea que si “pudieron comercializarla”, cumpliendo con el procedimiento de pagarle al acreedor o hacer un cambio de titularidad de la prenda, “dicho comportamiento de los responsables determina por sí solo la criminalidad de su accionar”.