A pedido del fiscal especializado en crímenes de lesa humanidad, Ricardo Perciballe, el viernes el juez de 1º Turno de Canelones, Luis Alberto Sobot, formalizó con prisión preventiva por 120 días a Hugo Guillén, Winston Vitale y Alejandro Ferreira, tres policías retirados que fueron responsables de torturas en el centro clandestino “Los vagones”. La audiencia fue histórica: por primera vez en Uruguay se hizo una instancia pública y abierta vinculada a una causa de delitos de lesa humanidad. Perciballe dijo a la diaria que ahora están armando la acusación, y la intención es presentarla antes de la feria judicial. Dijo que es probable que el juicio se lleve a cabo en mayo.

Con el objetivo de declarar al centro clandestino “Los vagones” un sitio de memoria, la asociación civil Agora-Identidad, Derechos Humanos y Memoria Canaria comenzó a recopilar información y testimonios de personas que fueron detenidas y víctimas de tortura. Al recibir esta información, Valeria Rubino, responsable de la Secretaría de Derechos Humanos de la Intendencia de Canelones, presentó una denuncia ante la Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad, ya que la información que surgía de los testimonios podía configurar delitos de lesa humanidad.

En el fallo fiscal, Perciballe afirma que todas las personas que declararon denunciaron que fueron “ilegítimamente privadas en su libertad, entre 1975 y 1976, en los centros clandestinos Los Vagones, ubicados en una primera instancia en el Parque Artigas, y luego trasladados a un lugar más apartado y periférico del mismo Parque Artigas, en la ruta 5”. En este segundo lugar, las personas recluidas permanecieron “durante varios días y otros durante meses”. Allí fueron sometidos a torturas, golpizas, plantones y simulacros de ejecución, entre otros apremios. Además, fueron “interrogados para que confesaran su pertenencia a las organizaciones prohibidas por la dictadura, así como para que delataran a otros compañeros”, relata el fiscal.

Una vez que las personas recluidas admitían estar vinculadas a algún partido o sindicato, eran puestas a disposición de la Justicia militar, que se encargaba de derivar a recluidos al penal de Punta Carretas, al Penal de Libertad y al Penal de Punta de Rieles. Según sostiene Perciballe en el fallo, los represores formalizados integraban la Dirección de Investigaciones de Canelones y fueron identificados por los sobrevivientes. En particular, la represión de este centro clandestino fue dirigida a militantes del Partido Comunista del Uruguay y de la Unión de Juventudes Comunistas.

La fiscalía solicitó la formalización a los tres imputados por cometer el delito continuado de privación de libertad “específicamente agravado por efectuarse por funcionarios públicos y por superar la privación de libertad de diez días”, un delito continuado de abuso de autoridad contra los detenidos, y un delito continuado de lesiones graves.