Buenos días. Les comento algunas noticias que pueden leer hoy en la diaria.

La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) exhortó al Parlamento a acelerar el tratamiento de los dos proyectos de ley sobre paridad de género que tiene a su consideración, a fin de que estén vigentes y se apliquen en las próximas elecciones nacionales. Parece importante reflexionar sobre esto, porque contradice algunas ideas bastante extendidas.

Para empezar, hay que señalar que esta exhortación cumple en forma indiscutible con los cometidos de la INDDHH. La ley que la creó en 2008, aprobada por todos los partidos, establece entre sus competencias las de “emitir opiniones, recomendaciones y propuestas sobre proyectos de ley [...] relacionados con los derechos humanos” y “recomendar a las autoridades competentes la aprobación, derogación o modificación de las normas del ordenamiento jurídico que a su juicio redunden en una mejor protección de los derechos humanos” (artículo 4, literales H e I).

En segundo lugar, resulta oportuno recordar que los actuales integrantes del Consejo Directivo de la institución fueron designados hace casi un año por la Asamblea General con firme respaldo del oficialismo, que incluso forzó la interpretación de la ley antedicha para habilitar que algunos legisladores de la coalición de gobierno realizaran postulaciones.

En tercer lugar, los proyectos para los que se recomendó un “rápido” tratamiento fueron presentados por legisladoras oficialistas, uno de ellos por la senadora nacionalista Gloria Rodríguez, y el otro por la diputada colorada Fátima Barruta. Cabe indicar, además, que la exhortación a la celeridad corresponde, porque están en comisión desde 2021.

Por último, ambas iniciativas buscan, entre otras cosas, evitar prácticas partidarias que claramente burlan las disposiciones de la “ley de cuotas” vigente desde 2009, ya que si bien cumplen formalmente sus disposiciones, lo hacen de tal modo que no se producen los efectos buscados por esa norma.

La más notoria de estas prácticas es encabezar cada lista, como la ley dispone, con una terna de personas en la que hay por lo menos una mujer, pero ubicándola en el tercer lugar. En la gran mayoría de los casos esto le quita, de hecho, la posibilidad de ingresar al Parlamento. El resultado es que la integración de las cámaras sigue muy lejos de la paridad. En el Senado la proporción de mujeres es 29%, y en la Cámara de Representantes, 15,2%.

No se trata de proyectos extremistas presentados por la izquierda o por presuntas “feministas radicales”, y no recomienda que se traten una INDDHH integrada por opositores o que se extralimite en sus pronunciamientos. Son intentos de que la ley vigente dé resultados más cercanos a los que se procuraban cuando se aprobó.

Todo esto indica que, pese al frecuente desvarío en redes sociales, el avance de políticas impulsadas históricamente desde los feminismos no fue una desviación transitoria durante los gobiernos frenteamplistas. Fue el resultado de cambios culturales que la representación popular en el Parlamento va traduciendo en leyes, aunque los partidos apliquen un ingenio digno de mejor causa para contrariarlas.

Hasta el lunes.