Buenos días. Les comento algunas noticias que pueden leer hoy en la diaria.
El diálogo sobre protección y seguridad social que el Poder Ejecutivo se dispone a convocar no va a ser solamente una rediscusión de la reforma jubilatoria aprobada en 2023 por los partidos que integraban el gobierno de Luis Lacalle Pou. Ya se trató el asunto en esta columna, pero conviene insistir sobre los amplios alcances del temario para evitar malentendidos, y en la edición de hoy tenemos un ejemplo de cuestiones de protección social –o más bien de desprotección– que afectan a muchas personas en actividad.
El trabajo organizado mediante plataformas digitales ha aumentado notoriamente en Uruguay, pero no está claro a cuántas personas involucra. Las empresas alegan que no se trata de empleados dependientes, sino de gente que realiza tareas en forma autónoma, como “socios” o “cocontratantes”, y por lo tanto no hay registros en planillas de trabajo que permitan sacar la cuenta. De todos modos, sabemos que sólo Pedidos Ya tenía miles de repartidores cuando se llevó a cabo un estudio publicado el año pasado.
Desde el punto de vista de la protección social, el trabajo contratado mediante plataformas deja muchísimo que desear. No se reconocen los derechos a cobertura médica, salarios mínimo y vacacional, aguinaldo o aportes jubilatorios patronales; en una encuesta que formó parte del estudio antedicho, 46% de las personas consultadas trabajaban más de 58 horas semanales, y otro 29%, de 49 a 59 horas por semana, en todos los casos sin los 30 minutos de descanso remunerados que son obligatorios después de las primeras cuatro horas de una jornada laboral que va a continuar.
La presión de un sistema de premios y castigos aplicado por las empresas determinaba que tres cuartas partes de las personas encuestadas cumplieran horarios fijos correspondientes a los picos de demanda, pero en el relato de los empleadores se trata de decisiones individuales libres con las que ellos no tienen nada que ver.
Ante esta realidad, que afecta en especial a la población inmigrante, la Justicia laboral ha rechazado en forma sistemática la narrativa empresarial, dictaminando que se trata de trabajo dependiente, precarizado por patronales que incumplen sus obligaciones. Pese a ello, el anterior Parlamento aprobó, muy poco antes del fin de su mandato, un proyecto de regulación enviado por el Ejecutivo (ver páginas 12 y 13), que no se adecua a los lineamientos de recomendación discutidos en la Organización Internacional del Trabajo, con el objetivo de “hacer realidad el trabajo decente en la economía de plataformas”.
La flamante ley no define la naturaleza del vínculo laboral y otorga niveles de protección por debajo de los que rigen para el resto de la población ocupada: una cobertura específica para accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, la posibilidad de aportar monotributo a la seguridad social y un mecanismo de negociación colectiva que no es tal, porque los convenios se aplican sólo a quienes los firmen.
Si el actual oficialismo no modifica esta norma, negociando para lograr mayoría en la Cámara de Representantes, el nuevo Ejecutivo deberá reglamentarla. He aquí un asunto que merece ser incluido en el diálogo social inminente.
Hasta mañana.