Uno no cree en la frase “grandes crisis, grandes oportunidades”, porque por lo general los que más viven la crisis no son quienes más se benefician de la oportunidad. Pero sí podríamos decir que ante una situación adversa siempre puede aprenderse algo que nos ayude a enfrentar la próxima adversidad. La llegada del coronavirus dejó en evidencia la importancia y utilidad de asesorarse con la comunidad científica y académica para tomar decisiones basadas en evidencia (además de beneficiarse del trabajo de científicas y científicos para generar kits de diagnóstico, test serológicos, y un sinfín de aportes materiales y de modelado, comprensión del fenómeno y red de contención). El desafío ahora es ver cómo esa puesta en evidencia de la importancia de la ciencia se acopla a la forma de pensar el país que queremos cuando pase esta fase de la pandemia.

Lo mismo podría aplicarse a lo sucedido ante el nombramiento, en abril de este año, del representante del entonces Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA) ante el Consejo del Instituto Antártico Uruguayo (IAU), persona que además asume el rol de director de Coordinación Científica y Gestión Ambiental del instituto. Según el Decreto 60/18, firmado el 12 de marzo de 2018 y vigente hasta el día de hoy, esa persona “deberá ser integrante del Sistema Nacional de Investigadores [SNI]”. La persona hoy nombrada como representante del MVOTMA, Carlos Serrentino, si bien tiene una trayectoria en el ámbito de la gestión ambiental y otras áreas, no forma parte del SNI.

Más allá de consideraciones y ponderaciones personales y de competencias –aquí no se trata de la persona sino de cómo funcionan nuestras instituciones, es decir, de cómo funcionamos como sociedad–, el no cumplimiento de un único requisito establecido por un decreto regulatorio constituye un apartamiento de la normativa que necesita ser reparado. Y entonces, un error puede servir para mejorar lo que ya existe. Los cambios impuestos por la ley de urgente consideración (LUC), que entre otras cosas quitó lo relativo al medioambiente del MVOTMA, creando para estos aspectos un nuevo ministerio, obliga a modificar el decreto que establece qué ministerio designa a este miembro ante el Consejo Directivo del IAU.

Un pequeño paso para el IAU, un gran salto para la ciencia

Podrá parecer un asunto menor quién ocupa un cargo en una dirección de un instituto. Pero no lo es. En un país en el que más de 80% de la investigación científica se realiza en la Universidad de la República (Udelar), insertar científicos y científicas en otras dependencias del Estado –y fuera de él– no sólo es deseable sino también necesario. No se trata apenas de solucionar un problema ocupacional de un sector, sino que estas personas, altamente capacitadas y en las que se ha invertido tiempo y recursos, son capaces de generar valor basado en conocimiento. ¿Por qué el gobierno recurriría al Grupo Asesor Científico Honorario, el GACH, ante esta pandemia? Porque fue necesario salir a buscar a estas personas valiosas en donde estaban. Y si bien en el Ministerio de Salud Pública y en muchas otras reparticiones hay personas de gran valor, lo que el gobierno precisaba no estaba en los organismos del Estado, sino en la academia (mayormente, en la Udelar) y en los centros de investigación como el Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable, el Institut Pasteur o el Instituto Nacional de Investigaciones Agropecuarias.

En este contexto, el Decreto 60/18 marca un hito: es uno de los pocos ejemplos en que para ocupar un cargo de relevancia científica se fija como requisito formar parte del SNI. El SNI es un sistema que categoriza a quienes se dedican a la investigación en tres niveles, mediante revisiones por pares que se realizan periódicamente. Hoy cuenta con poco más de 1.800 investigadores. Posiblemente sea un sistema perfectible, pero es el único que tenemos en el país que evalúa la investigación en distintas áreas de conocimiento. La designación del representante del MVOTMA ante el IAU, al no cumplir con este requisito, genera preocupación.

“La verdad que no estaba al tanto de eso y en ningún momento nadie trajo este tema a la mesa de la Comisión Honoraria del SNI, pero definitivamente no estoy de acuerdo con perder ese terreno ganado”, dijo Ana Denicola, química biológica de la Facultad de Ciencias de la Udelar, integrante de dicha comisión del SNI y miembro alterno del Consejo Directivo de la Academia Nacional de Ciencias del Uruguay (Anciu), academia que preside el coordinador del GACH, Rafael Radi. “Tenemos que tener gente con un background científico en lugares de tomas de decisión de ese tipo”, sostuvo en referencia al cargo de director de Coordinación Científica y Gestión Ambiental del IAU.

“Tanto la Anciu como la Comisión Honoraria del SNI siempre han reivindicado que el Estado necesita ciencia y que los investigadores tienen que estar en el SNI”, declaró Gerardo Caetano, historiador y hasta hace poco miembro del Consejo Directivo de la Anciu y de la Comisión Honoraria del SNI. Consultado sobre el nombramiento sin cumplir con el requisito del Decreto 60/18, Caetano afirmó: “Me sorprende y la única explicación que hallo para que no haya habido una reacción desde la ANCIU o el SNI es que en el medio de toda la confusión de este año, no haya llegado esa información o no se haya incorporado. Y el anuncio de que va a haber un cambio en la normativa me parece aún más grave”.

Dos pedidos de informes

La diputada Lucía Echeverry elevó un pedido de informes al ahora Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial por la designación del representante ante el IAU. El 6 de noviembre la ministra Irene Moreira respondió a ese pedido de informes adjuntando una misiva de la directora nacional de Aguas, Viviana Pesce, en la que dice que “si bien esta persona no cumple con la totalidad de los requisitos establecidos por el Decreto de Referencia, se trata de un profesional que cuenta con una vasta experticie y acreditada trayectoria en los temas vinculados con el ambiente”, e informa que su contratación fue realizada “con carácter excepcional y transitorio a los solos efectos de poder cumplir con la representación de esta Secretaría de Estado ante el citado órgano”. Por su parte, Moreira agregó en la respuesta que “en la normativa original no es excluyente que el Consejero designado por el Ministerio integre el Sistema Nacional de Investigadores” y acotó que “en el período antecedente se introdujo una modificación al respecto que ese Ministerio no comparte, limitando la asignación del Consejero representante sólo a los integrantes del mencionado sistema”.

Ante estas respuestas, Etcheverry cursó un nuevo pedido de informes, esta vez al Ministerio de Defensa Nacional, donde, entre otras cosas que atañen al funcionamiento del IAU, pregunta nuevamente si todos los consejeros de los ministerios cumplen con las disposiciones del Decreto 06/18.

Cabe aclarar que así como exige que el director de Coordinación Científica y Gestión Ambiental del IAU debe ser miembro del SNI, el decreto también estipula que el consejero del Ministerio de Relaciones Exteriores, que gestionará “la jefatura de la Dirección de Relaciones Exteriores” del IAU, debe “tener jerarquía igual o superior a Ministro Consejero”, un escalafón dentro del funcionariado de esa cartera, o que el presidente del Consejo Directivo del IAU debe ser un miliar, activo o retirado, y debe ser un oficial general.

La visión del IAU

Consultado respecto de este asunto, Carlos Serrentino, que es licenciado y, entre otras cosas, le tocó estar al frente de la Dirección Nacional de Medio Ambiente cuando encalló el buque petrolero frente a las costas de Punta del Este, en febrero 1997, prefirió no entrar en el debate público del tema, ya que es uno de los implicados. Quien sí compartió algunas reflexiones fue el contraalmirante retirado Manuel Burgos, actual director del IAU.

“Me cuesta un poco ser objetivo porque conozco la génesis de la redacción del decreto como está ahora. Una persona del SNI sugiere la redacción de un decreto donde se impone un requisito que él cumple sin ninguna justificación académica”, comentó. “El SNI abarca a todas las ramas de la ciencia, no sólo de las ciencias duras, sino también de las humanísticas. Y lo que hay que aclarar enfáticamente es que el IAU no es un instituto de investigación, sino que es un instituto que se dedica a coordinar las actividades científicas, por lo cual yo no necesito una persona del SNI”, remarcó.

“Yo aspiraría a que el decreto diga que esa persona sea un profesional universitario, lo que garantiza cierto nivel académico que creo que es necesario, y que tuviera experiencia en gestión ambiental. Esa es la aspiración del IAU”, expresó, para luego resumir su postura: “Primer punto: el decreto actual fue hecho por una persona que cumple todos los requisitos. El segundo punto es que el IAU no es un instituto de investigación, por lo que requerir a una persona del SNI me parece un exceso. Otro punto es que el investigador no necesariamente tiene que tener experiencia en gestión ambiental. A mí me puede venir el mejor matemático, pero yo de repente prefiero una persona que sea profesional universitaria con experiencia en gestión ambiental, y no requiero una persona del SNI para eso”.

Le reconozco que no necesariamente un investigador asegura una buena gestión ambiental, pero también sucede lo inverso: no necesariamente una persona con gestión ambiental asegura una buena coordinación de investigación científica. Burgos hace una precisión. “Nosotros tenemos un coordinador científico en el IAU que se apoya en un grupo de expertos, el SCAR [sigla en inglés de Comité Científico de Investigación Antártica], actualmente presidido por Juan Cristina, donde tenemos expertos de primer nivel de todas las áreas”. Le digo que con ese mismo criterio, uno podría poner a cualquier persona en la Dirección de Gestión Ambiental que se apoye en un equipo de expertos de la Dirección Nacional de Medio Ambiente y de la academia. Estamos hablando de espacios de decisión que requieren gente calificada. Puede haber apoyo en expertos de las distintas disciplinas y áreas, pero otra cosa es que haya un experto calificado cuando y donde se toman las decisiones. Entonces le pregunto: ya que se va a modificar el decreto, ¿no sería ideal crear una nueva dirección y separar la coordinación de gestión ambiental de la científica? De esa manera, al coordinador científico se le podría exigir que pertenezca al SNI y al coordinador ambiental que tenga experiencia en gestión ambiental. ¿No estamos en un buen momento para construir algo mejor que lo que tenemos?

“El espíritu siempre es construir algo mejor. Pero en los hechos, la Dirección de Coordinación Científica tiene dos ramas muy claras, una científica y una ambiental. Yo no descartaría generar un espacio para la ciencia y otro para la gestión ambiental. Pero a lo que voy es que no necesito al científico del SNI gestionando, lo que sí necesito es una persona que tenga una formación académica, una experiencia en gestión, y que pueda dialogar con todos los actores. Pero como está hecho el decreto es para buscar un protagonismo de la persona que está en ese cargo. Eso a la larga no es bueno, como se ha comprobado, porque un investigador o científico de primer nivel puede tener una opinión que no es la más ecuánime en cuanto a todas las ramas de la ciencia”, respondió Burgos.

Burgos no lo menciona, pero las modificaciones al funcionamiento del IAU en la pasada administración también crearon la Comisión Asesora Científica (CAC), formada por representantes de todas las instituciones de investigación científica del país. Esa CAC, que es la comisión que establece los lineamientos para el desarrollo de la actividad científica antártica luego coordinada por el director del área, funciona de forma honoraria, por lo que, de haberse agregado ese aspecto, se llamaría CACH, una antecesora del GACH.

Pero además, le confieso que el hecho de que ser un investigador sea un inconveniente para el cargo suena un poco extraño. Los directores científicos de las instituciones similares al IAU de países como Chile, Argentina, Estados Unidos e Inglaterra, por mencionar algunos, son todos investigadores activos que trabajan en la academia. Tras haber conquistado un espacio para investigadores en un órgano de dirección científica, le pregunto si quitar ese requisito ahora nos llevaría a ser casi una excepción a nivel mundial. “En absoluto. Porque yo conozco a varios coordinadores científicos, y sí, son personas que investigan. Pero poner como requisito que pertenezcan al SNI es llevar prácticamente a sesgar el cargo: dejamos un montón de gente excluida muy científica y muy investigadora que no necesariamente pertenece al SNI”, contestó Burgos.

Le menciono que así como en la lógica militar hay escalafones que determinan competencias y posibilidades de acceder a determinados roles, de alguna manera los investigadores encontraron en el SNI una forma de ser categorizados de acuerdo a esa labor que realizan. De que el SNI, que cumplió el año pasado diez años de existencia, es perfectible, no cabe duda. Pero tampoco de que no tenemos, como país, un sistema mejor para relevar y jerarquizar a quienes investigan en Uruguay. Burgos dice que no debe entenderse esto como una crítica al SNI, sino como que pretende “abrir el abanico de personas elegibles”.

Volvemos a lo que debiera importar: mejorar lo que hoy existe. Ya que modificarán el decreto, ¿no es momento de separar ambos roles, la gestión ambiental y la ciencia? “La modificación que se hará ahora del Decreto 60/18 no va a llegar a ese nivel de detalle de cómo se organiza una dirección”, dijo Burgos, que si bien reconoció que sí hay un proyecto de reestructuración del IAU avala “que no es para ahora”. “Hay un tema a más largo plazo, pero lo urgente es cumplir con la LUC, que requiere un par de cambios, como definir que tiene que ingresar el Ministerio de Ambiente”, amplió. “Son dos etapas bien diferentes. La reestructura orgánica del instituto es un proceso mucho más largo que esto de ahora, que es casi una enmienda para cumplir con lo que mandata la LUC: que todo lo relacionado con el medioambiente pasa al Ministerio de Ambiente”, resumió.

En esta modificación del Decreto 60/18 también podría tratarse la vuelta al Consejo Directivo del IAU y al Gabinete Interministerial que lo gobierna del Ministerio de Educación y Cultura (MEC). La LUC asigna al MEC la tarea de encargarse de la política científica del país. Quiero saber si a Burgos le parecería muy alocado pensar que en un futuro no muy lejano la Dirección de Coordinación Científica del IAU podría estar a cargo de un delegado del MEC –perteneciente al SIN– y la Dirección de Gestión Ambiental, de uno del Ministerio de Ambiente. “Eso es muy posible”, respondió Burgos. “No sé si se va a reflejar a nivel del decreto. Lo que se va a cambiar con la entrada del MEC es la constitución del Consejo Directivo, y no descarto que haya un encargado científico que sea del MEC y uno de gestión ambiental que sea del Ministerio de Medio Ambiente, pero no sé si eso sería posible con la estructura actual, en la que son todas direcciones. Esa reestructura más profunda la estábamos trabajando muy bien con la Oficina Nacional de Servicio Civil (ONSC), pero con la llegada de la pandemia y del cambio de autoridades se atrasó un poco”.

Conrado Ramos, director de la ONSC, confirmó que el último contacto entre el IAU y la oficina que ahora dirige se dio en diciembre de 2019, “en una línea muy light, llevándose a cabo un taller y alguna otra actividad”. Consultado respecto de cambios de estructura fue tajante: “niego enfáticamente” que haya habido contacto entre el IAU y la ONSC en 2020”, ya sea antes o durante esta pandemia que, por lo pronto, nos acompañará hasta el año que viene.

Uno puede discrepar con una norma, pero eso no implica que no deba cumplirse. El Decreto 60/18 existía cuando se nombró al actual director de Coordinación Científica y Gestión Ambiental en representación del MVOTMA. Modificar el decreto hoy no implica que su designación no haya estado apartada de la normativa vigente. “No me corresponde a mí opinar sobre este tema, ya que las designaciones son decisiones de cada ministerio. No le podemos dar al IAU potestades que no tiene”, comentó Brugos. Sin embargo, la fijación de la política antártica –y por ende, de los aspectos científicos– es justamente tarea de ese gabinete interministerial integrado por los ministerios de Defensa Nacional, Relaciones Exteriores, Medio Ambiente (en breve), Industria, Energía y Minería, y Educación y Cultura (a incorporarse tal vez en breve o tal vez un poco más adelante). El perfil del coordinador de la actividad científica y de gestión ambiental debiera definirse allí pensando en la estrategia del país como signatario del Tratado Antártico y del desarrollo de sus capacidades.

Volvemos al principio. El tema aquí no es si tal persona se queda o no en su cargo. Ampliar el requisito de que el director de ciencia y medio ambiente del IAU pueda ser o bien integrante del SNI o bien tener una trayectoria en gestión ambiental, lejos de alejar dudas de cargos pensados en base a personas, le hace un flaco favor hasta al actual ocupante de ese cargo. Teniendo en cuenta que es cierto que un buen gestor ambiental no necesariamente sea un investigador y viceversa, mejorar las capacidades y requisitos para el cargo de una de estas dos áreas en detrimento de la otra no parece ser una buena estrategia, al menos no si uno, en vez de pensar en tal o cual persona, piensa en el país. Si el gobierno se dispone a cambiar el Decreto 60/18, tiene la oportunidad de potenciar la ciencia y la gestión ambiental en el continente blanco. Y seguro habrá profesionales categorizados y con trayectoria para ambas áreas. Una vez más, la solución parece ser más y no menos ciencia.