Los hechos siempre tienen la última palabra.

El diccionario de la Real Academia Española define epílogo como: “Última parte de una obra, en la que se refieren hechos posteriores a los recogidos en ella o reflexiones relacionadas con su tema central”.

Haciendo leña...

El lunes pasado publiqué una nota sobre las recientes rebajas impositivas implementadas por el gobierno en nuestro país. Tan sólo dos días después, la realidad ecuatoriana aporta un ejemplo que calza perfectamente con la línea argumental desarrollada en ese momento.

La nota anterior comenzaba de esta manera: “Todo lo que siempre quiso saber sobre el sexo y nunca se atrevió a preguntar es el título de una película de Woody Allen (1972). A lo largo de siete capítulos se da respuesta a las preguntas planteadas en el libro de divulgación sexual en el que se apoya la película. El primero trata de un pícaro que trata de conseguir los favores de la reina con un afrodisíaco. La trama de este primer capítulo puede ser empleada para explicar en pocas palabras la esencia del ciclo tributario electoral. Bastaría con cambiar las palabras “pícaro” por “gobierno”, “reina” por “electorado” y “afrodisíaco” por “rebaja impositiva””. Y sobre final de la nota se decía: “Dime cuál es tu forma de recaudar y gastar y te diré cuáles son tus prioridades. Para terminar, vuelvo al inicio, dado que resulta interesante tener en cuenta la recomendación realizada por el hechicero que le entregó el afrodisíaco al pícaro: ‘Pero sé cauteloso, si su majestad se entera de tu intento, te cortará las piernas, los brazos y la cabeza’”.

El miércoles pasado, en el marco del juicio político que enfrentaba, Guillermo Lasso, presidente de Ecuador, en momentos en que la oposición había obtenido los votos suficientes para su destitución, decidió disolver la Asamblea Nacional (AN) (organismo parlamentario unicameral).

La Constitución de Ecuador establece que dentro de los 90 días de disuelta la AN deberán celebrarse elecciones nacionales a las que el actual presidente puede presentarse como candidato.

La teoría del ciclo tributario electoral indicaría que cabe esperar una rebaja impositiva, que emplee como instrumento aquellos tributos que afectan en forma directa el ingreso de los contribuyentes, así el beneficio es percibido fácilmente. De este modo, surge con claridad que la opción preferida es el abatimiento de la tributación directa, más típicamente la correspondiente a los tributos sobre la renta personal. A su vez, si fuera necesario incrementar la recaudación, la lógica conceptual del ciclo tributario electoral indicaría que sería oportuno incrementar aquellos impuestos cuyo impacto queda disimulado en los precios, por lo que, en este caso, es dable esperar que el aumento de la carga tributaria se realice a partir de la imposición indirecta, por ejemplo, modificando las tasas del IVA.

En Ecuador, en el período comprendido entre la disolución de la AN y las próximas elecciones nacionales, el presidente de la República tiene la facultad de gobernar por decreto. El mismo día que se disolvía la AN, el presidente Lasso firmó su primer decreto ley del período, que establece modificaciones tributarias que suponen una rebaja de la imposición directa. El principal cambio contenido en el decreto es la reducción de la imposición a la renta personal, la que se efectiviza a través de un aumento de los gastos deducibles en la liquidación del impuesto. Los cambios se están procesando tan rápido que si uno entra en la página web del Servicio de Rentas Internas, equivalente a la DGI de nuestro país, encontrará un simulador bajo el título “Conoce cuál será la reducción de tu impuesto a la renta con la ley de Economía Familiar”.

El decreto emitido por el presidente Lasso reduce, también, la imposición a las pequeñas empresas, las que en Ecuador se encuadran en el denominado Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares. Por último, y para estar en sintonía con lo que establece el manual básico del ciclo tributario electoral, en el decreto presidencial se establece, además, el aumento de la imposición indirecta, con la eliminación de la exoneración del IVA a los espectáculos públicos.

Lo acontecido en Ecuador se asemeja bastante a lo sucedido recientemente en nuestro país, cuando el gobierno del presidente Lacalle implementó una rebaja impositiva que benefició a quienes pagan IRPF y IASS, favoreciendo principalmente a los contribuyentes que perciben remuneraciones salariales y jubilaciones más elevadas.

Puede apreciarse que el manual del ciclo tributario electoral, con sus definiciones políticas e ideológicas, no sólo es aplicable a la lógica del accionar político en nuestro país, sino que es una conducta típica de los gobernantes en funciones cuando se aproximan las instancias electorales.

En síntesis, queda en evidencia que el oportunismo tributario se encuentra extendido en diversos países, a pesar de que las intenciones que motivan este tipo de acciones no aseguran que aun los favorecidos por las rebajas tributarias terminen acompañando con su voto a quienes les concedieron los beneficios. En tan sólo 90 días veremos qué suerte corre el presidente Lasso en las próximas elecciones.

Carlos Grau Pérez es economista, investigador del Cinve, docente universitario y máster en Economía por la Universidad Católica de Lovaina, Bélgica.