Las elecciones universitarias de 2022 serán el miércoles 16 de noviembre. La votación se llevará a cabo en el horario de 8.00 a 19.00, en forma presencial, y el voto es obligatorio. En esa instancia, 140.000 estudiantes, egresados y docentes de la Universidad de la República elegirán los integrantes de los consejos de las facultades.

A diferencia de las últimas elecciones, que se realizaron en pandemia, en esta oportunidad la Corte Electoral no permitirá el voto interdepartamental. Sólo se podrá votar dentro del departamento que indique el padrón. Por esta razón se habilitó un período para solicitar el cambio de departamento, que se podrá hacer en la web de la Corte Electoral hasta el 26 de setiembre. Para saber más al respecto, la Udelar publicó un video tutorial con los pasos para realizar el trámite.

¿Quiénes tienen que votar?

En estas elecciones votan los estudiantes, docentes y egresados de carreras de las facultades de Arquitectura, Agronomía, Ciencias, Ciencias Sociales, Ciencias Económicas, Derecho, Enfermería, Humanidades, Ingeniería, Medicina y sus escuelas, Odontología, Psicología, Química y Veterinaria.

No votan en esta elección las comunidades educativas de las Facultades de Información y Comunicación y Artes, porque ya votaron sus autoridades.

Para las personas mayores de 75 años comprendidas en el padrón el voto no es obligatorio de acuerdo con la Ley 15.739.

La elección es por facultad, por lo tanto se debe votar en todas las facultades en las que se integre alguno de los órdenes.

Los estudiantes que están en el padrón son todos los que ingresaron en 2022 y aquellos que hayan aprobado algún curso o rendido examen durante los años 2020, 2021 y hasta la fecha de cierre de los padrones, que fue el 16 de agosto.

Los docentes que tienen que votar son los efectivos o interinos que tengan un año o más de antigüedad hasta la fecha de las elecciones.

Los egresados son los que tienen el título expedido, y no comprende los títulos revalidados de otras universidades.

¿Cómo, cuándo y dónde se vota?

El voto es secreto y obligatorio. Para votar se debe presentar la cédula de identidad.

Cada orden tendrá una hoja de votación diferente, que estará disponible en los circuitos de votación. Según advierte la Udelar, el número de opciones disponibles por cada orden puede variar, dependiendo de la facultad.

Los circuitos estarán abiertos el 16 de noviembre desde las 8.00 hasta las 19.00 y se votará en todo el país. Los estudiantes votan en sus lugares de estudio, los docentes deben votar en el lugar donde trabajan y los egresados en el lugar donde residen.

“En localidades donde no hay comisiones receptoras, se puede votar por correspondencia en los locales de la Administración Nacional de Correos, en calidad de observado por identidad, desde tres días antes de la elección (14, 15 y 16 de noviembre inclusive), siempre y cuando el elector se encuentre en el padrón en una localidad de ese mismo departamento (los electores deben llevar las hojas de votación)”, informa la Udelar.

¿Qué se vota?

Se elige a los integrantes para el Consejo de Facultad. Este es el principal órgano de conducción de cada servicio, se compone por cinco docentes, tres egresados, tres estudiantes y es presidido por el decano o la decana.

¿Hay sanciones por no votar?

En caso de no votar y no justificarlo, los estudiantes serán sancionados con la imposibilidad de rendir exámenes durante dos períodos consecutivos. Los docentes y egresados deberán pagar una multa de cinco Unidades Reajustables, es decir 7.436,50 pesos.

¿Cómo se justifica el no votar?

La justificación se debe tramitar ante la Corte Electoral por alguno de estos tres motivos:

  • padecer una enfermedad o tener una imposibilidad física que impida concurrir a la elección. Se deberá presentar un certificado médico.

  • No estar en el país. Se deberá presentar algún documento que certifique la salida del país.

  • Razones de fuerza mayor. Por ejemplo, encontrarse fuera del departamento en el que le corresponda votar al elector el día del acto electoral, lo que se deberá acreditar mediante prueba documental o declaración jurada.