En Mendoza se votará hoy una reforma del Código Contravencional que criminaliza la transmisión de VIH e infecciones de transmisión sexual (ITS). La reforma al código vigente, además, castiga con altas multas económicas, días de arresto y trabajo comunitario situaciones tales como la protesta social y presuntas ofensas a funcionarios públicos, entre otras cosas.

A instancias de la votación, mañana distintas organizaciones se convocarán frente a la legislatura mendocina para repudiar el nuevo texto.

“El artículo 126 del que sería el nuevo código no sólo criminaliza la transmisión de ITS/VIH, sino que dice que se obrará en base al artículo 9 de la Ley Nacional 12.331, que significa hospitalización forzosa de quien transmitiere, para realizar diagnósticos y tratamientos pertinentes”, explicó en diálogo con Presentes Rebeca Rodríguez, presidenta de VIHvo (VIH Positivo) Mendoza. Informó que hoy acercará un petitorio a la legislatura para pedir que este artículo quede sin efecto.

“Sería un retroceso inaceptable en materia de derechos humanos, violatorio de las leyes nacionales y tratados internacionales a los que adhiere la provincia, contrario a las recomendaciones de organismos como ONU Sida y OMS [Organización Mundial de la Salud], y que sólo provocaría mayor estigma y discriminación hacia las personas que vivimos con VIH”, expresa un comunicado de repudio firmado por esta organización junto a otras, como la Red de Adultos Positivos RAP+30 y la Red de Mujeres Positivas ICW de Argentina.

María Laura Chazarreta, presidenta de la asociación civil Mujeres Cotidianas y perteneciente a ICW Argentina, presentó una nota dirigida al presidente de la Comisión de Derechos y Garantías, el diputado Carlos Sosa, y una igual para el presidente de la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, el diputado Jorge Albarracín. Allí se considera urgente la eliminación del artículo 126, basándose en la Ley Nacional de Sida (23.798), que prohíbe los exámenes de VIH compulsivos, y la declaración de Oslo de 2012 que declara que cualquier examen obligatorio de serología es una violación de la ética médica y de los derechos humanos. También cita la Ley Nacional del Paciente (26.529) que garantiza el derecho de autonomía de la voluntad. Chazarreta comentó a Presentes que “el código tiene el repudio de la mayoría de las agrupaciones políticas y sociales del campo popular. Hacemos hincapié en la 126 porque es muy evidente la discriminación hacia las personas VIH+”.

“Violan mi derecho como paciente”

Sergio Ramírez vive en Mendoza y es coordinador nacional de la Red Argentina de Jóvenes y Adolescentes Positivxs (RAJAP). Explicó que el nuevo código está escrito en términos de suposición. El artículo 126 dice “la persona que transmitiere enfermedad venérea o contagiosa” y detalla las sanciones, que van desde lo económico hasta el arresto. El criterio de si existe o no falta, entonces, recae en la autoridad de aplicación.

“Para determinar la transmisión van a tener que violar mi derecho como paciente a resguardar mi información u obligarme a hacerme los análisis. Esto no solamente es una violación a la confidencialidad expresada en la ley actual, sino también a la ley de los derechos del paciente, a la autonomía en temas de salud y más”, dijo Ramírez.

Lucas Ilardo, presidente del bloque Unidad Ciudadana, dijo a Presentes: “En un contexto nacional en que el presidente elimina el Ministerio de Salud y ni siquiera se aplica plenamente la ley de Educación Sexual Integral, se plantea esta situación, que es una discriminación a las personas que viven con VIH. Es una revictimización muy fuerte. Es llamativo que el proyecto haya logrado llegar a esta instancia”.

Proyecto express

El proyecto de reforma fue presentado a finales de mayo por el gobernador de Mendoza, Alfredo Cornejo (Unión Cívica Radical). Durante la presentación de la modificación del Código Contravencional de la provincia, más conocido como Código de Faltas, el gobernador remarcó que “el proyecto presentado se encuentra en sintonía con el plan de modernización del Estado” y con el “plan de seguridad”.

Ilardo agregó que el proyecto salió muy rápido y tuvo poco debate en las comisiones correspondientes. “Desde el bloque Unidad Ciudadana hicimos los aportes para intentar modificar algunos aspectos que realmente eran vergonzosos, pero no fueron aceptados”, dijo sobre el texto que obtuvo la media sanción de los senadores provinciales en agosto.

El Código de Faltas vigente en la provincia de Mendoza es de 1965. Entre sus artículos tiene algunos –como el 54 y 55– que condenan el “homosexualismo” y la “prostitución escandalosa”. Ilardo explicó: “Esta modificación se ha transformado en una que no sólo no suple al código anterior, sino que en muchos casos es un retroceso muy importante en materia de derechos y garantías, sobre todo en términos constitucionales”.

Julieta Antúnez Ríos, activista trans de Diversidad Peronista y referente de la liga de agrupaciones LGBTIQ+ Argentina, dijo a Presentes: “Mañana voy caminando por la calle y por mi vestimenta la Policía puede presuponer que me estoy prostituyendo, puedo ser peligrosa a sus ojos y terminar pagando con días de arresto”.

Persecución a personas LGBTI

Antúnez Ríos contó: “Desde 2010 venimos marchando para eliminar los artículos del código actual que nos discriminan y se oponen a leyes como la de identidad de género y matrimonio igualitario”. Todo esto en una provincia como Mendoza, que recién en 2006 derogó el artículo 80, que castigaba con cárcel a quien “simulara sexo ajeno”.

El artículo 46 de la reforma penaliza a quien en lugar público, o privado abierto al público, ofendiere a un funcionario. Sobre esto, Antúnez Ríos reflexionó: “Yo tengo 36 años y hace 36 años que el Estado provincial me viene agrediendo sistemáticamente, ¿también ese Estado tiene que pagar con días de arresto o pagar la multa? ¿Por qué esa diferencia entre un funcionario y un ciudadano? Considero que hay que mantener el respeto, pero yo tengo la libertad de expresarme y opinar libremente”.

Dentro del título III de la reforma, bajo el que están las llamadas contravenciones contra la moral, buenas costumbres y solidaridad y educación, el artículo 82 penaliza las ofensas al pudor o decoro personal. “Esto da mucho poder de interpretación a la Policía”, dijo Mario Vargas, referente de la organización LGBTI CLIK Mendoza, sobre los criterios que se podrán aplicar al momento de actuar.

Prohibir manifestaciones y reuniones militantes

El nuevo código contravencional de Mendoza, en su artículo 55, condena también la protesta pública, utilizar las redes sociales para organizar encuentros y “organizar manifestaciones o reuniones públicas que convoquen masivamente a personas, en locales cerrados o al aire libre, sin dar aviso a la autoridad competente”. En este contexto no sólo se contradicen garantías constitucionales; también vale preguntarse cómo se volverá a marchar, reclamar, denunciar a funcionarios y hasta cuesta pensar en cómo sería una Marcha del Orgullo 2018 en una Mendoza así.

Otros puntos controvertidos de esta reforma: el uso indebido del sistema de llamadas de emergencia; la figura de merodeo como causante de detención; el cuidado de coches sin autorización legal; la falsa búsqueda que pueda ocasionar gastos al sistema público. Las penas económicas van de 100 a 1.000 dólares y el arresto puede ser de hasta 40 días, según el caso.

Es posible que mañana se vote favorablemente la media sanción restante que necesita este nuevo código contravencional, que los activistas consideran símil a un código penal. Por su parte, distintas organizaciones de la sociedad civil, estudiantes y otros se darán cita el mismo miércoles a las 8.30 frente a la Legislatura de Mendoza para exigir que no se apruebe.

En la ciudad de Buenos Aires, la Columna Orgullo en Lucha convoca a encontrarse a las 15.00 frente a la Casa de Mendoza para repudiar el nuevo código.

Esta nota fue publicada previamente en Presentes.