El caso de una mujer en situación de calle que durante la menstruación solía usar trapos o reutilizar toallitas que encontraba en la basura hizo que la Corte Constitucional de Colombia ordenara a las autoridades sanitarias de Bogotá la entrega de estos artículos de manera obligatoria y gratis para “proteger la dignidad” de esta población.

En base a la situación de la mujer en cuestión, los magistrados alegaron “una flagrante violación de la dignidad humana y de los derechos fundamentales a la salud”, dijeron en un comunicado, ya que las mujeres que viven en la calle no sólo “carecen de recursos económicos”, sino que a la vez “se ven obligadas a sobrellevar sus períodos menstruales sin condiciones mínimas de salubridad”. Los integrantes del tribunal también aseguraron que la menstruación ha sido históricamente utilizada para excluir a las mujeres de espacios educativos, laborales y sociales, por ser considerada un tabú, y que la situación es peor cuando la mujer se encuentra en una situación de vulnerabilidad.

La Secretaría Distrital de Salud de la capital colombiana será la encargada de la tarea, según estableció el tribunal. En concreto, el organismo tiene la orden de implementar un “plan de contingencia” mediante el cual se suministren artículos de gestión menstrual “idóneos” para las mujeres que viven en la calle, que incluyan “un sistema de registro adecuado sobre la elección del material y el número de entregas”.

Además de la entrega de toallitas, la Corte Constitucional exigió a la secretaría que habilite espacios donde las mujeres sin hogar puedan cambiarse de manera privada y las veces que sea necesario, acceso a instalaciones con agua y jabón para lavarse y desechar los materiales usados, y educación acerca del ciclo menstrual.

Según el último censo del Departamento Administrativo Nacional de Estadística de Colombia, publicado en marzo de 2018, en Bogotá hay 9.538 personas en situación de calle. De ese total, 1.061 son mujeres. Todas ellas podrían beneficiarse de esta medida, que podría extenderse a otras ciudades del país dado que la corte instó a otras entidades a “revisar sus políticas públicas de salud y de habitanza de calle” y a “actualizarlas mediante la inclusión del componente de gestión de higiene menstrual”.