El presidente argentino, Alberto Fernández, emitió un decreto que establece que el Registro Nacional de las Personas deberá adaptar las características y nomenclaturas de los documentos nacionales de identidad (DNI) y de los pasaportes para contemplar a las personas que no se identifican dentro del esquema binario femenino/masculino. Argentina se convierte así en el primer país de América Latina en reconocer uno de los principales derechos que reclaman los colectivos de personas no binarias desde hace tiempo en la región.

En concreto, el decreto determina que en el campo referido al “sexo”, las opciones que se podrán elegir son: “F” (femenino), “M” (masculino) o “X”. La “X”, dice el artículo 4, “comprenderá las siguientes acepciones: no binaria, indeterminada, no especificada, indefinida, no informada, autopercibida, no consignada; u otra acepción con la que pudiera identificarse la persona que no se sienta comprendida en el binomio masculino/femenino”. Las personas que consignen en su partida de nacimiento opciones que no sean “F” o “M”, o no especifiquen nada en el espacio de “sexo”, según lo dispuesto por la Ley de Identidad de Género, podrán solicitar que se use la letra “X”.

Fernández hizo el anuncio oficial este miércoles al mediodía en un acto en la Casa Rosada, donde entregó los primeros documentos de identidad a tres personas no binarias: Shanik Lucian Sosa Battisti, Valentine Machado y Gerónimo Carolina González –que en 2018 se convirtió en la primera persona del país en lograr que se expida su partida de nacimiento sin consignación de sexo, mediante un trámite administrativo–.

“Es un paso que estamos dando y que espero termine el día en que en el DNI a nadie le pregunten si es hombre, mujer o lo que sea”, afirmó el mandatario, que estuvo acompañado por la titular del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta, el ministro del Interior, Eduardo de Pedro, y el director del Registro Nacional de las Personas, Santiago Rodríguez. Más adelante, agregó: “Hay otras identidades además de la de hombre y mujer, y deben ser respetadas”.

El decreto busca cumplir con lo dispuesto en la Ley de Identidad de Género, promulgada por Argentina en 2012, según la cual “toda persona tiene derecho al reconocimiento de su identidad de género, al libre desarrollo de su persona y a ser tratada de acuerdo con su identidad de género y, en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad respecto de los nombres de pila, imagen y sexo con los que allí es registrada”, recuerda el nuevo texto en la exposición de motivos.

Pretende además “facilitar la registración material de la consignación en el Documento Nacional de Identidad del ‘sexo’ con carácter no binario, y respetar el derecho a la identidad y a la identificación conforme los términos de la ley en cita y los tratados internacionales a los cuales la República Argentina ha adherido”.

Por otra parte, atribuye al Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad la responsabilidad de dictar capacitaciones para las autoridades y el personal de todos los organismos públicos con competencia en la materia, para que lo dispuesto en el decreto “se aplique en condiciones de respeto a la identidad y expresión de género de las personas y en contextos libres de discriminación por motivos de género”, según se lee en el artículo 10. La cartera define a las personas no binarias como aquellas que “no se encuentran representadas por las mismas posiciones binarias de expresión de la identidad de género y expresión de género (varón o mujer) y resaltan su inconformidad tanto con ellas, así como con el sistema binario de asignación del género”.

El decreto entró en vigencia en la noche del martes, con su publicación en el Boletín Oficial. De ahora en más, el Estado contará con 120 días para realizar las adecuaciones normativas, tecnológicas y de sistemas que resulten necesarias para su efectiva implementación.