Por unanimidad, la Junta de Transparencia y Ética Pública (Jutep) archivó la denuncia contra la vicepresidenta Beatriz Argimón por tener a su hermana, Estela Argimón, trabajando como su secretaria mediante un pase en comisión. La denuncia había sido presentada en el sitio web del organismo.

La información fue publicada por El Observador y confirmada por la diaria, y según el organismo la resolución se basó en que el referido pase en comisión se produjo en el marco del artículo 32 de la Ley 15.851 –que establece normas para asegurar el funcionamiento de los servicios estatales– y, por tanto, no contraviene el artículo 36 de la Ley 19.823. Si bien este último prohíbe expresamente la actuación en una misma oficina “del funcionario que se halle vinculado con su jerarca por lazos de parentesco dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad o por ser su cónyuge o concubina”, el mencionado artículo 32 autoriza el traslado de funcionarios de organismos públicos para desempeñar, mediante pases en comisión, “tareas de asistencia directa” a jerarcas como el presidente, los ministros y legisladores, “a solicitud expresa de estos y previa autorización del jerarca del organismo donde el funcionario presta servicios”. Los tres miembros del organismo, incluido el representante del Frente Amplio, aprobaron el archivo de la denuncia.

Con otra integración, la Jutep había emitido un informe en 2018 sobre las contrataciones de familiares por parte de jerarcas de distintos organismos públicos. Allí se alertaba en aquel momento que existían “situaciones que violan las prohibiciones existentes y otras que, sin estar expresamente prohibidas, ‘exteriorizan la apariencia de violar las normas’ y generan fuerte malestar en la ciudadanía en tanto el ejercicio de la función pública aparece influenciado por el interés personal o privado”.

En ese entonces, la Jutep recordó la existencia del artículo 35 del Decreto 30/003, que reglamentaba la Ley 17.060, relativa a “normas de conducta en la función pública”. Dicho decreto prohibía “la actuación dentro de la misma repartición u oficina del funcionario que se halle vinculado con su jerarca por lazos de parentesco dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad o por ser su cónyuge”.